16 de abril de 2024
16 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Informe de la Unidad Fiscal AMIA
AMIA: El FBI informó el resultado del cotejo del perfil genético de una muestra hallada en el Laboratorio Químico de la PFA que había sido requerido por los fiscales
El laboratorio de la institución estadounidense informó que el perfil genético analizado no se corresponde con el de un supuesto hermano del atacante suicida del atentado a la sede de la mutual. Los fiscales presentan el detalle de las tareas periciales y de investigación llevadas a cabo desde el hallazgo del material biológico hasta las gestiones internacionales que permitieron concretar las medidas de prueba.

En diciembre de 2016, la UFI AMIA anunció el hallazgo de material biológico en el Laboratorio Químico de la Policía Federal Argentina (PFA), entre el que se encontró un fragmento de tejido cuyo perfil genético no correspondía a ninguna las víctimas fatales registradas del atentado. Con la colaboración del Cuerpo Médico Forense (CMF) y el Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF) y autoridades de EE.UU., los fiscales consiguieron obtener una muestra del hermano del supuesto atacante suicida y que se realice un cotejo entre ambos perfiles. El 6 de noviembre el Laboratorio del FBI entregó a la UFI AMIA el resultado del examen de ADN nuclear y mitocondrial practicado que concluye que la muestra encontrada “no pudo haberse originado de un pariente paterno o materno […] para incluir a un hermano o medio hermano”.

Luego de concretarse el hallazgo de material biológico hasta entonces desconocido en el Laboratorio Químico de la PFA en diciembre de 2016 y realizar un cotejo con la colaboración del CMF, el EAAF y el Laboratorio de Huellas Genéticas de la Facultad de Farmacia y Bioquímica de la UBA que permitió determinar que un fragmento de tejido no correspondía a ninguna de las víctimas fatales registradas, la UFI AMIA emprendió una serie de acciones para reconstruir su cadena de custodia y dispuso medidas en el ámbito de la cooperación internacional para intentar cotejar el perfil obtenido con muestras de familiares del individuo sospechado que residen en los Estados Unidos de Norteamérica.

Concretamente, el 17 de febrero de 2017 los fiscales mantuvieron una teleconferencia en la sede del Ministerio de Relaciones Exteriores con representantes del Departamento de Justicia de EE.UU. (DOJ) en la que las autoridades norteamericanas se comprometieron a contactar a los dos hermanos del supuesto atacante para consultarles si estarían dispuestos a aportar las muestras solicitadas. Una vez conseguida, se realizó la comparación con el perfil de la muestra en poder de la UFI.

El 6 de junio de 2017 personal de esta unidad mantuvo una reunión con el agregado jurídico del FBI en el país a fin de transmitirle una serie de consultas técnicas sobre la muestra obtenida –hisopado bucal- y las posibilidades de instrumentar su análisis de conformidad con los requisitos exigidos por nuestra legislación. En los días subsiguientes se mantuvo una serie de comunicaciones con las autoridades norteamericanas y el 22 de junio de 2017 se realizó una nueva teleconferencia de la que participaron los fiscales y personal de esta unidad, el Ministerio de Relaciones Exteriores, el CMF y el EAAF, el DOJ y el FBI. El 30 de junio el Agregado Jurídico del FBI informó que el FBI había aceptado realizar el estudio comparativo de ADN en base al perfil genético obtenido por el EAAF y el CMF, evitándose así el envío de la muestra.

En este contexto el 5 de julio de 2017 la Unidad Fiscal ordenó la remisión de una copia del perfil genético y requirió al FBI que i) realice una comparación genética entre el perfil de ADN de la muestra recogida en la investigación y la extraída en Estados Unidos bajo la hipótesis de hermandad completa o media hermandad, ii) informe y remita el resultado del estudio comparativo junto con la documentación de respaldo, iii) remita toda la documentación labrada por dicha agencia en relación a la obtención de la muestra de parte del hermano del supuesto atacante, iv) practique un cotejo entre el perfil genético enviado y las frecuencias poblacionales que posea en sus bases de datos y v) efectué una búsqueda en la base de datos cargada en el sistema CODIS.

El 12 de julio de 2017, los fiscales también solicitaron a la División Asuntos Internacionales del Departamento Interpol de la PFA que determine si el perfil genético obtenido de la muestra biológica registraba coincidencias con alguno de los incorporados en las bases de datos de ADN que posea y/o tenga acceso y que de detectarse una correspondencia se remita copia del perfil de referencia, los datos filiatorios completos de su titular y cualquier otra información que pueda existir en sus registros. El 9 de agosto, no obstante, Interpol informó que su base sólo puede detectar parejas de perfiles de manera directa y que no está configurado para detectar otras posibles parejas con posibles familiares biológicos.

En forma paralela, se obtuvo la nómina de personal de la División Laboratorio Químico de la PFA al año 1994 y se recibió declaración a 43 de sus integrantes a fin de reconstruir el origen y cadena de custodia del material recuperado. Los fiscales también mantuvieron una serie de reuniones con científicos del Conicet especializados en análisis de isotopos estables y análisis por activación neutrónica y profesionales del Laboratorio de Histopatología de la Morgue Judicial a fin de analizar los procedimientos a disposición para obtener la mayor cantidad de información posible del material hallado, y el 10 de octubre de 2017 ordenaron la realización de un peritaje sobre las muestras biológicas que empleando técnicas de espectroscopía raman o infrarroja intentará determinar si éstas contienen restos de los explosivos utilizados en el atentado contra la sede de la AMIA.

Finalmente, el 6 de noviembre de 2017 el laboratorio del FBI entregó su reporte a los fiscales en el que explicó que luego de practicar la tipificación de ADN de STR autosómico, Y-STR y mitocondrial del supuesto hermano del atacante y realizar la comparación con el perfil genético enviado se determinó que éste último “no pudo haberse originado de un pariente paterno o materno […] para incluir a un hermano o medio hermano”.