08 de diciembre de 2025
08 de diciembre de 2025 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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ATAJO de Barracas: minoridad y vivienda
Freno a un desalojo para cuatro familias
Alquilan desde hace quince años una casa humilde, puesta en valor por sus arrendatarios, en el cruce de Bonavena y Perito Moreno. La intervención de ATAJO logró frenar una orden de desalojo, debido a que el juzgado civil que ordenó la medida no había dado la debida intervención a la Defensoría Pública Oficial de Menores. En la propiedad viven cuatro niños, de entre 2 y 17 años, y hay dos mujeres embarazadas.

Son cuatro familias. Las condiciones de vida, la informalidad laboral, la vivienda compartida, la precariedad de todo tipo, hacen que parezcan una sola. Pero “somos cuatro: René, de 60 años, que vive solo; Clide y Raúl, con dos hijos de 14 y 2 y su embarazo de seis meses, más Fernanda y Luis, sin hijos, y yo”, relata Milagros, acompañada de su hija de 17, también embarazada, mientras su otro hijo, Matías, de 5, casi rompe un vidrio de un pelotazo.

Clide y Fernanda también se sientan a la mesa para conversar con Fiscales. Pero la voz cantante en la entrevista es la de Milagros.

Cuarto de alquiler, se ofrece

Firme y precisa en el relato, la mujer cuenta que las familias viven desde hace quince años en una finca muy precaria, de cuatro habitaciones, ubicada en la calle Oscar Natalio Bonavena al 1100, entre Amancio Alcorta y Perito Moreno.

“Primero llegué yo. Soy jujeña, pero vengo de Tucumán, donde nació mi primera hija. Buscaba un cuarto para alquilar, y aquí en la puerta había un cartelito con un teléfono. Llamé y al rato vino un señor, llamado Santiago, que me ofreció una pieza muy chica a cambio de 150 pesos por mes. Acepté. No tenía dónde ir. Ya tenía a mi hija más grande, que entonces tenía 2 años”.

La habitación donde se hace la entrevista es una de las cuatro que componen esa propiedad situada en el impreciso límite entre Nueva Pompeya, Barracas y Parque Patricios, a una cuadra de la villa 21-24.

“Fue en 1999. Santiago decía que era el dueño de la casa, pero nunca mostró una escritura ni nada. Tampoco nos hizo firmar contrato, ni nos daba recibo de alquiler. Eso sí: era muy amable. Al poco tiempo llegaron las demás familias. Le creímos. Todo fue de palabra”.

Durante el primer año, el hombre se presentaba puntualmente para cobrar la mensualidad, que los inquilinos pagaban religiosamente. Hasta que un día no vino más. Según analiza Milagros, el acreedor se ausentó desde el día que “empezamos a reclamarle que nos muestre una escritura, algo, y que nos haga un contrato y nos dé un comprobante de los pagos”.

Desde que Santiago dejó de ir a la vivienda a cobrarles, los inquilinos advirtieron que las facturas de impuestos municipales empezaron a llegar con mora en los pagos. Notaron la deuda y les llamó la atención. Se preocuparon por la situación, pero otras urgencias más vitales (conseguir trabajo, por ejemplo; alimentar a los hijos) distrajeron su atención.

“Cuando llegamos la casa tenía sólo cuatro habitaciones muy chicas. Compartíamos cocina, baño y patio. Teníamos que hacer fila para darnos una ducha. Con el tiempo, mejoramos la propiedad. Ampliamos la construcción, y agregamos metros cuadrados cubiertos. Cada familia tiene ahora su baño y su cocina”.

El patio donde Matías, el hijo más chico de Milagros, casi rompe un vidrio que da a una de las habitaciones, sigue siendo compartido.

“Por eso fue una sorpresa muy triste para nosotros cuando hace dos años, en pleno 2012, recibimos una carta de un juzgado que decía que teníamos una causa”.

Efectivamente, desde fines del año 2011 obra en el Juzgado Civil Nº 89 una demanda por desalojo, en la que el mentado Santiago es la parte actora. Según consta en la copia de la cédula de notificación del “Mandamiento de Lanzamiento” recibida oportunamente, y que los vecinos conservan, el hombre acreditó su propiedad sobre la vivienda mediante una actuación notarial en la que consta su adquisición “en comisión” del inmueble, tras la cesión hecha a él por los herederos de la casa.

Unos meses después de esa cédula, los vecinos recibieron otra en la que se les informaba que la vivienda sería rematada si antes no era pagada la cuantiosa deuda municipal.

“Juntamos entre todos de a poquito y pagamos todo, para poner al día la casa, por más que no figuráramos en ningún lado. Queríamos quedarnos y evitar como sea que nos saquen”, recuerda Milagros.

Una “delicadeza” judicial

Luego de ambas notificaciones no volvieron a tener novedad alguna sobre la situación judicial del inmueble durante los próximos dos años, casi tres. Hasta fines de 2014.

Fue en pleno de diciembre del año pasado cuando “un hombre vino en moto y me dijo a mí, que estaba en la puerta porque se había cortado la luz, que en quince días nos teníamos que ir, porque la orden de desalojo ya estaba firmada”.

Esa persona era un empleado del juzgado civil, que comunicó verbalmente la mala nueva, al tiempo que alertó que si no abandonaban la casa perderían, además de sus viviendas, todas las pertenencias que hubiera en su interior.

La tarea de ATAJO

Cuando se enteraron por una abogada de la villa de Barracas, que en la avenida Iriarte, frente a la Casa de la Cultura, se encontraba una sede del Ministerio Público Fiscal, las familias decidieron acercarse a exponer la urgencia de su situación y buscar una alternativa ante lo que parecía inexorable.

Cuando los vecinos acudieron por primera vez a la agencia ATAJO de Barracas, a fines de diciembre pasado, su equipo interdisciplinario les explicó que su objetivo institucional era defender la legalidad, especialmente en causas y procedimientos judiciales que pueden implicar el desalojo de una vivienda en familias que no tienen otra adonde ir a vivir, aunque sin tomar partido por ninguna de las partes en conflicto.

Debido a la urgencia de la situación, la primera gestión fue comunicarse telefónicamente con el juzgado civil interviniente en la causa de desalojo, donde fue atendido por su secretario.

El funcionario informó que la causa por desalojo efectivamente se encontraba en trámite ante ese tribunal, en el marco del cual el juez había ordenado el desalojo de las familias que alquilaban las habitaciones.

Respecto de la inexistencia de notificación formal, explicó que era totalmente normal el procedimiento de aviso verbal apenas unos días antes de concretar el desalojo compulsivo, “como una delicadeza”, adjetivó.

“Eso fue lo que nos dijo el hombre en la moto: que no había ningún papel todavía, pero que en quince días, cuando vinieran a desalojarnos, vendrían con la orden firmada, y que no habría tiempo de pararlo”, recordó Milagros ante Fiscales.

También, el equipo ATAJO preguntó al secretario si el juzgado había dado intervención a la Defensoría de Menores, dado que en la vivienda próxima a desalojar había niños. “No, porque no son parte en el expediente”, respondió el funcionario.

La respuesta supondría, a priori, la vulneración de un derecho: el cumplimiento de la Resolución 1119/08, dictada por el Ministerio Público de la Defensa.  Ese dictamen, suscripto el 25 de julio de 2008, obedeció a la compleja situación en torno a los desalojos y las causas penales por usurpación, cuando los inmuebles son también habitados por niños, niñas y adolescentes. El resolutorio de la DGN establece que las Defensorías Públicas ante los Tribunales Orales en lo Criminal intervengan en representación de las personas menores de edad en causas penales por usurpación (si bien la causa de marras no es por ese delito), al tiempo que dispuso la intervención de ese Ministerio Público de la Defensa, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 59 del Código Civil, en expedientes de desalojo cuando existan niños, niñas y adolescentes habitando el inmueble en litigio.

Ante esa falta, el equipo ATAJO solicitó al secretario judicial que antes de cumplir con cualquier medida compulsiva, habilitara la intervención de la Defensoría Pública, porque esa era la obligación de la Justicia y también el derecho más elemental de los damnificados.

La presentación del Programa fue acompañada por un informe socio-comunitario realizado por Fernando Juárez, trabajador social del ATAJO, que fue adjuntada a la copia certificada de la resolución de la DGN.

De igual modo, fue presentado un escrito antes la Defensoría General de la Nación, con fecha de ingreso el viernes 19 de diciembre, para ponerla en conocimiento de la vigencia de la causa, su estado, y la inexistencia de la debida intervención del juzgado a la Defensoría Pública Oficial.

Unos días más tarde, un funcionario de la Defensoría informó que ese mismo día solicitaría al juzgado civil la nulidad de todo lo actuado, por cuanto no se le había dado a ese organismo la debida intervención. El empleado expresó, además, que a partir de ese día la Defensoría proporcionaría a los inquilinos la asistencia letrada que no tuvieron durante el proceso, tratándose de niños y adolescentes entre los damnificados.

Déficit habitacional en la CABA

Hasta el momento, la rápida actuación del Programa ATAJO, realizada apenas unos días antes del comienzo de la feria judicial del mes de enero, logró frenar la irregular orden de desalojo, que, hasta la llegada de las familias perjudicadas a la Agencia del MPF situada en Barracas, era inminente. Sin embargo, la problemática habitacional en la ciudad de Buenos Aires excede el drama particular de estas cuatro familias.

La crisis en esta área que presenta la Ciudad constituye una de las problemáticas más acuciantes que todavía no encuentra su debido lugar en la agenda pública local.

Según un informe de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, “el déficit habitacional se ha agravado en los últimos años (...) Ya en el año 2001/2002 se estimaba que entre el 15 y el 20% de la población de la Ciudad se encontraba en una situación habitacional deficitaria”.

Sobre el particular, un trabajo realizado por investigadores del Conicet sostiene que el déficit de viviendas en la CABA se incrementó en un 77,6% entre 1991 y 2010, y el 70% de ese índice se alcanzó durante los últimos 10 años.

La problemática afectaba hacia el final del año 2001 a unos 86.185 hogares (que representaban el 8,4 por ciento del total de los hogares residentes en la CABA); 5.690 hogares más que en 1991, cuando los hogares afectados eran 80.495 (el 7,9 por ciento del total de hogares residentes en la ciudad), según datos de la Dirección Nacional de Políticas Habitacionales de la Subsecretaría de Vivienda y Desarrollo Urbano, en los que se basaron los investigadores.

La problemática se ve agravada debido a la informalidad que existe en la situación dominal de los inmuebles. En ese sentido, una de las demandas más frecuentes de los vecinos que padecen el déficit habitacional es la falta de regularización de los alquileres.

Según la investigadora Mercedes Di Virgilio, integrante del área de Estudios Urbanos del Instituto de Investigaciones Gino Germani (IIGG-UBA), y del Conicet, y autora del trabajo de investigación dado a conocer durante el año pasado, “el Estado debería asumir políticas activas de protección de esas tierras frente a las iniciativas del mercado inmobiliario".

“¿A quién se le da la tenencia del inmueble? ¿Al que lo construyó? ¿Al que vive hace mucho tiempo? ¿A quién lo compró y lo alquila?", se preguntó.

La disyuntiva, de difícil respuesta, excede las disposiciones legales en la materia, muchas veces distantes de la realidad concreta que viven miles de familias porteñas. Esta distancia entre la letra de la ley y el segmento más vulnerable de la estructura social, convierte el drama de la falta de vivienda en una pelea de pobres contra pobres, que el Estado, en particular su sistema de administración de Justicia, debiera aliviar.