23 de abril de 2024
23 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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El caso fue denunciado en la agencia ATAJO de la villa 31
Ordenan a la Dirección Nacional de Migraciones que permita el reingreso al país de un hombre deportado por error
Lo dispuso la jueza María José Sarmiento. El hombre había sido deportado por equivocación a Paraguay, tras una detención producida por agentes de Gendarmería en el barrio Carlos Mugica.

La titular del juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal Nº 11, María José Sarmiento, ordenó a la Dirección Nacional de Migraciones que “se inhiba de actuar impidiendo el reingreso al país” de un migrante de la nacionalidad paraguaya, vecino de la villa 31 de Retiro, que fue deportado por error a ese país, luego de una detención ocurrida durante un procedimiento de rutina.

La resolución dictada en el expediente Nº 810145/08, fue notificada a la Defensoría Oficial interviniente y dispuso “poner en conocimiento de la autoridad competente en el paso fronterizo Iguazú, provincia de Misiones, esta decisión dentro del plazo de 48 horas”.

La magistrada subrayó que el tribunal de alzada había considerado que la orden de expulsión que la gendarmería adujo para deportar al hombre “carece de firmeza y ejecutoriedad en los términos del artículo 82 de la ley 25871”.

Antecedentes

El pasado 2 de agosto, la esposa del ciudadano paraguayo Rigoberto Bernal denunció en la sede de la agencia territorial del MPF de la villa 31, la desaparición de su pareja ocurrida cuatro días antes. “Esperé desde las 18 horas a que llegara del trabajo, pero nunca llegó”, relató Mercedes Penayo, quien cursa un avanzado embarazo de mellizos. Ante esa situación, la mujer se comunicó cerca de las 12 de la noche con un compañero de trabajo de su marido, quien le confirmó que Rigoberto “se había retirado a la misma hora que todos los días”.

Desesperada, la mujer se dirigió en las primeras horas del día siguiente a la comisaría 46ª de la PFA “y como no tenían registrado su nombre me recibieron una denuncia por desaparición de personas”. Recién a las cuatro de la tarde de ese día recibió un llamado telefónico de su marido, quien le explicó que “se encontraba en la casa de su madre en Ciudad del Este, debido a que el día anterior había sido detenido por agentes de la Gendarmería Nacional Argentina, quienes lo incomunicaron y lo deportaron” a esa localidad paraguaya.

Según reconstruyó la esposa, Rigoberto fue detenido, llevado a una comisaría donde lo mantuvieron preso e incomunicado durante toda la noche, y a la mañana siguiente, sin siquiera mediar una comunicación telefónica con su mujer embarazada, fue subido a una camioneta y trasladado fuera del país.

La detención se produjo cuando Rigoberto, en el camino a su casa luego del trabajo, ingresó a una farmacia a comprar un medicamento para su mujer. Los gendarmes lo demoraron porque en sus registros figuraba erróneamente que sobre el hombre pesaba una orden de expulsión del país, resuelta en el expediente abierto en la Dirección Nacional de Migraciones en el que solicitaba su radicación definitiva en la Argentina.

Sin embargo, la resolución de expulsión fue judicializada y se encuentra actualmente suspendida por un tribunal de alzada, a instancias de la presentación realizada por la defensoría oficial que asiste a Rigoberto. Desde que se produjo la deportación, el hombre quiso regresar a la Argentina por el puesto fronterizo de Iguazú, portando una copia de la suspensión de la expulsión, pero el ingreso le fue igualmente denegado.

Tras la recepción de la denuncia, los operadores de ATAJO se comunicaron la Comisión del Migrante que funciona en el ámbito del Ministerio Público de la Defensa, para que tomara debida nota del hecho en forma inmediata e informara a la Defensoría Oficial que ya venía actuando en el caso.

En su relato, la mujer manifestó que su marido tiene una hija de cuatro años de edad, y que su empleo en la construcción constituye la única fuente de ingresos del hogar. “No entiendo por qué fue deportado, y no le otorgan a él su DNI, como a mí y su hija”, situación que “le impide ejercer plenamente su paternidad, rompiendo el vínculo familiar”.