18 de abril de 2024
18 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Curso organizado por la Escuela de Servicio de Justicia
El sistema acusatorio y el rol de las partes en cada una de las etapas
El fiscal general de la provincia de Santa Fe, Jorge Baclini, y el fiscal de la Unidad Especial de Homicidios, Florentino Malaponte y la jefa del equipo de litigación oral, María Laura Riccardo, ambos del Ministerio Público de la Acusación de Rosario, relataron sus experiencias y los cambios en la provincia de Santa Fe luego de la implementación, en 2014, del sistema acusatorio.

Como parte de la capacitación programada para este año, la Escuela de Servicio de Justicia (ESJ) organizó el 7 y 8 de junio pasado el curso “El sistema acusatorio y el rol de las partes en cada una de las etapas”, dirigido a toda la comunidad.

En la primera jornada del ciclo, el fiscal general de Santa Fe, Jorge Baclini, relató las experiencias y el cambio que significó en la provincia la implementación del sistema acusatorio en reemplazo del viejo código procesal penal.

“En la Provincia de Santa Fe, hasta el año 2007, funcionó un sistema procesal  inquisitivo y se estableció un Código de procedimientos acusatorio de avanzada. En 2009 se promulgaron las leyes complementarias y hasta el 2014 se trabajó en la implementación y puesta en funcionamiento, con concursos de funcionarios y organización de recursos. Finalmente, el 10 de febrero de 2014 se puso en marcha el nuevo sistema penal”, explicó  el fiscal.

Baclini señaló que “teníamos un sistema donde el juez investiga y juzga, y con una escasa estructura en las fiscalías. Había pluralidad de jueces y de políticas de persecución, una estructura de juzgados que desaprovechaba los recursos humanos. La investigación era secreta, escrita y formal sin control de las partes. Tampoco se daba respuesta a las víctimas”.

“Los resultados no fueron buenos”, dijo, ya que “se perseguían todos los casos por igual, no se manejaba la carga horaria de trabajo. Teníamos un índice de prescripción y archivos del 80%, 50% NN con mínima respuesta y una alta cifra negra de delitos, 70%, que no se denunciaban. Había muchas víctimas insatisfechas y esto provocaba que la comunidad descrea en el sistema”.

En el nuevo código, agregó el fiscal, trazando los lineamientos básicos del nuevo sistema, “investiga el acusador público: fiscal, defensa e imputado tienen plena intervención. Los jueces son terceros imparciales que deciden sobre lo pedido por las partes, desaparece el modelo de juzgado”, señaló.

“En cuanto a la investigación es informal, ágil y rápida, se resuelve en audiencia oral y pública y las víctimas tienen amplios derechos de intervención”, sintetizó.

Baclini finalizó la jornada con una descripción detallada de la investigación penal preparatoria, etapa donde se recopilan los medios de prueba de cargo que luego sirven al fiscal para sostener la imputación formal que recae sobre el acusado.

Etapa intermedia y Juicio Oral

En la segunda jornada, el fiscal de la Unidad Especial de Homicidios del Ministerio Público de la Acusación de Rosario, Florentino Malaponte y la jefa del equipo de litigación oral de esa institución, María Laura Riccardo, expusieron sobre la etapa intermedia y el juicio oral.

La etapa intermedia constituye el conjunto de actos procesales cuyo objetivo consiste en la corrección de los requerimientos o actos conclusivos de la investigación, que deben cumplir con ciertas formalidades y cuyo sentido es buscar precisión en la decisión judicial; por ejemplo, se debe identificar correctamente al imputado, se debe describir el hecho por el cual se pide la absolución o la apertura a juicio, se debe calificar jurídicamente ese hecho.

La exposición de los docentes abarcó las etapas del juicio oral, con el inicio de la audiencia, cuestiones previas, alegatos de apertura, producción probatoria, alegatos de clausura y sentencia; el ingreso de información al debate, a través del examen directo y contra examen; y la preparación del juicio, con el estudio de la teoría del caso, análisis de testigos y entrevistas de preparación.

Por último, respecto de las diferencias con el sistema anterior, ambos funcionarios coincidieron en destacar la publicidad, la celeridad, el control de las partes y el derecho de defensa como garantías en la estructuración del proceso penal.