Tras la investigación llevada adelante por el fiscal federal Franco Picardi, el Juzgado Criminal y Correccional Federal N°11 procesó hoy al extitular de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), Diego Spagnuolo, al considerarlo líder de una asociación ilícita que, desde el Estado, generaba millonarias ganancias a partir de la adjudicación indebida de contrataciones públicas en el ámbito farmacéutico. La resolución abarca otros 18 procesamientos, entre los cuales se encuentran cinco exfuncionarios.
“Una agencia que fue pensada para asegurar el derecho a la salud y bienestar a personas con discapacidad, madres con más de siete hijos, mayores de setenta años en situación de pobreza, entre otros, se convirtió en una oportunidad de rápido enriquecimiento ilícito del grupo que la dirigió, a costa de los fondos públicos que debían garantizar aquellos derechos esenciales”, indicó el juez Sebastián Casanello en su resolución, donde hizo foco en los hallazgos y la investigación que llevó adelante el MPF.
“La agencia fungió como una ventanilla de pagos millonarios, permanentes y direccionados, adjudicados en procedimientos fuera del marco legal que no garantizaban los principios de concurrencia, publicidad ni transparencia; como una ventanilla de pagos con sobreprecios en beneficio de proveedores con vínculos con los/as funcionarios/as al mando; y, además, como una ventanilla administrada y/o co-gestionada por agentes externos/as con fuerte influencia en el sector de salud, especialmente droguerías y firmas de insumos de alto costo”, había marcado el fiscal en el pedido de indagatorias que había realizado en noviembre del año pasado.
El detalle de los procesamientos
Además de señalarlo como jefe de la asociación ilícita, Spagnuolo fue considerado autor de los delitos de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública; defraudación por administración fraudulenta agravada por haber sido cometida en perjuicio de la administración pública nacional y cohecho pasivo. En esa línea, se le fijó un embargo de 202.828.725.464 pesos.
Daniel María Garbellini, quien se desempeñó como Director Nacional de Acceso a los Servicios de Salud de la ANDIS, fue procesado por negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública y defraudación por administración fraudulenta agravada por haber sido cometida en perjuicio de la administración pública nacional, además de haber sido considerado también jefe de la asociación ilícita. Fue embargado por 202.247.451.393 de pesos.
Además, fueron procesados los exfuncionarios Diego D´Giano, Roger Grant, Eduardo González y Lorena Di Giorno por los mismos delitos que Garbelli. En el caso de González y Di Giorno, se le sumó la acusación por cohecho. A todos se les fijaron embargos de entre 171.922.464.409 y 172.087.568.067 pesos.
Por otra parte, se consideró como jefes de la asociación ilícita a Miguel Ángel Calvete y a Pablo Atchabahian, además de ser señalados como partícipes necesarios de los delitos de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública y defraudación por administración fraudulenta agravada por haber sido cometida en perjuicio de la administración pública nacional. A Calvete se lo procesó también por cohecho activo y se lo embargó por 203.072.992.394 de pesos mientras que el monto embargado a Atchabahian fue de 202.247.451.393.
La trama de corrupción
“La investigación llevada adelante hasta acá permitió reconstruir un entramado de corrupción institucional que tuvo su núcleo en el funcionamiento irregular de la Agencia Nacional de Discapacidad, con operadores externos y funcionarios que ocupaban los cargos de máxima autoridad actuando en forma mancomunada en contra del interés general y a favor de negocios privados ilícitos. La Agencia fue cooptada y empleada como vía de enriquecimiento para los miembros de la organización, en claro desmedro de la finalidad pública que debía guiar su actuación: la protección y cuidado de las personas en situación de discapacidad”, señaló el juez Casanello.
En ese sentido, recordó el dictamen del fiscal Picardi, quién había señalado que la agencia habría funcionado entre diciembre de 2023 y octubre de 2025, como “el centro de operaciones” de diversas actividades ilícitas. “Como una ventanilla de pagos millonarios, permanentes y direccionados, adjudicados en procedimientos fuera del marco legal que no garantizaban los principios de concurrencia, publicidad ni transparencia; como una ventanilla de pagos con sobreprecios en beneficio de proveedores con vínculos con los/as funcionarios/as al mando; y, además, como una ventanilla administrada y/o co-gestionada por agentes externos/as con fuerte influencia en el sector de salud, especialmente droguerías y firmas de insumos de alto costo”, había remarcado el representante del MPF.
“El fiscal también identificó, como parte de aquellas actividades delictivas, la existencia de pagos indebidos a funcionarios/as de la agencia a cambio de asegurar, gestionar y garantizar la ejecución de las maniobras expuestas”, agregó el juez.
“Una agencia que fue pensada para asegurar el derecho a la salud y bienestar a personas con discapacidad, madres con más de siete hijos, mayores de setenta años en situación de pobreza, entre otros, se convirtió en una oportunidad de rápido enriquecimiento ilícito del grupo que la dirigió, a costa de los fondos públicos que debían garantizar aquellos derechos esenciales”, indicó el juez Casanello en su resolución.
Luego, analizó y consideró que las contrataciones presuntamente amañadas se vincularon con procesos de compra o adquisición de medicamentos e insumos de alto costo y baja incidencia, conocidos como PACBI, que se caracterizan por tener un costo económico elevado o un tratamiento prolongado, como las prácticas quirúrgicas de alta complejidad que se realizan una vez, los medicamentos biológicos para enfermedades “raras” y/o graves y otros nuevos medicamentos de administración crónica.
“La organización estuvo abocada a generar millonarias sumas de dinero para sus integrantes de manera ilegal, en detrimento del erario público y en particular de la población con discapacidad y especialmente vulnerable. Para ello utilizó un sistema irregular de contratación de insumos y medicamentos, PACBI, que contravino la normativa vigente y que permitió el direccionamiento de los procesos de compra, la cartelización, la discrecionalidad en la distribución de pagos y la violación de los principios legales que deben guiar toda contratación pública (publicidad, transparencia y concurrencia de oferentes), con la inclusión de personas ajenas a la agencia en la toma y ejecución de decisiones”, puntualizó.
Explicó después que se manipularon las contrataciones en beneficio de determinadas droguerías y firmas proveedoras de insumos vinculadas a los miembros de la organización delictiva, “lo que les significó la obtención indebida de millonarias sumas de dinero”.
“La maniobra se completó con pagos indebidos a determinados funcionarios públicos de ANDIS, como contraprestación a que se digitaran -en favor de intereses particulares ajenos a los de la administración- las contrataciones y se garantizaran agilidad y prioridad en el cobro”, indicó.
Según la investigación, para poner a funcionar la operatoria ilícita, se posibilitó que personas ajenas a la ANDIS tuvieran intervención directa en el Programa Incluir Salud, en las contrataciones PACBI del organismo e intervinieran en la administración de los recursos dinerarios de la agencia para obtener beneficios económicos. Entre otras maneras, ello se logró al permitir el acceso de actores privados al Sistema Integrado de Información y Administración de Prestaciones, implementado en la agencia en junio de 2024.
“Así, merced al aporte de funcionarios infieles, Pablo Atchabahian y Miguel Ángel Calvete -junto a otros integrantes de esta organización- pudieron intervenir en las decisiones del organismo, influenciando indebidamente y haciendo valer sus vínculos estrechos con las droguerías beneficiarias y laboratorios”, especificó el juez y agregó: “bajo la dirección del organismo por parte de Spagnuolo, el grupo de empresarios vinculado a las droguerías operó directamente y participó de la dirección de la voluntad de la administración a través de los funcionarios infieles quienes se presume resultaron beneficiarios de contraprestaciones indebidas por las acciones ilícitas que desplegaron a través de sus cargos”.
Análisis de evidencia
Durante la investigación, la fiscalía contó con la colaboración del personal de la Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (DATIP), a cargo de Romina Del Buono, y de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA), cuyo titular es el fiscal nacional Sergio Rodríguez, tanto para la apertura y análisis de los elementos encontrados en los teléfonos de los imputados como para llevar evaluar los procesos administrativos que ANDIS no cumplía.
En esa línea, el juez destacó que el mecanismo de contratación de las PACBI implementado en la órbita de la ANDIS presentaba “múltiples irregularidades desde la óptica de la normativa vigente y los principios rectores en la materia, que fueron aprovechadas para beneficiar económicamente a actores privados privilegiados en perjuicio de las rentas del Estado y de un servicio público de calidad pensado para un sector de alta vulnerabilidad y expuesto a desigualdades estructurales”.
“En palabras de la PIA, ‘tenía y tiene la posibilidad de proyectar una norma reglamentaria específica que se adaptara a las necesidades a cubrir de modo urgente, dando intervención obligatoria y previa a su emisión a la Oficina Nacional de Contrataciones’, siempre y cuando acreditase las circunstancias objetivas que evidencien aquella situación. No lo hizo: en su lugar, prefirió recurrir a una puesta en escena”, recalcó el juez.
“La reconstrucción de los hechos permitió comprobar que la base de prestadores se armaba de manera absolutamente arbitraria, se ocultaban los criterios de invitación a compulsar precio o elegir oferta, se ocultaba el inicio, avance y finalización de los procesos, se omitía dejar registro sobre los antecedentes de los proveedores para evitar comparaciones y escrutinios”, enumeró, en otras irregularidades.
“La agencia fungió como una ventanilla de pagos millonarios, permanentes y direccionados, adjudicados en procedimientos fuera del marco legal", había indicado el fiscal Picardi al solicitar las indagatorias.
“En lugar de buscar mayor eficiencia en un contexto caracterizado por la escasez de fondos, el gasto se incrementó de modo extraordinario durante la gestión de Spagnuolo, al punto que la intervención posterior pudo alcanzar ‘descensos abruptos de precios, con brechas identificadas de hasta un 838%’. No eran gastos para mejorar el servicio, sino sobreprecios para enriquecer a unos pocos”, agregó el magistrado.
Los líderes
Tal como había señalado el fiscal, Spagnuolo fue considerado como Casanello como el líder de la asociación ilícita. “Además de haber colocado en puestos claves a personas que respondían a intereses ajenos a la administración -los de la organización delictiva-, articuló y supervisó el direccionamiento de las compulsas de precios en beneficio de determinadas droguerías, a cambio de sobornos”, puntualizó.
Recordó, además, el testimonio que brindó el presidente de una droguería, quien declaró bajo juramento que había informado al exfuncionario de los que estaba sucediendo en ANDIS.
“En efecto, como contrapartida por su actuación antinormativa, ha podido reconstruirse -al momento- que el funcionario recibió importantes sumas de dinero -tanto en efectivo como en especie- que le fueron suministradas, directamente y según la necesidad, por el propio Calvete a través de la estructura de personas y empresas que manejaba”, sostuvo el magistrado.
“Es importante señalar que durante el período bajo investigación Spagnuolo incrementó su patrimonio de modo considerable en comparación con los ingresos legítimos declarados”, marcó al momento de analizar los ingresos y como no se correspondían con los gastos que tenía.
Garbellini también fue indicado como líder: “Desembarcó en el Estado para -con abuso funcional y traicionando la confianza depositada en él como funcionario público- hacer negocios privados”. Como había planteado el MPF, el juez coincidió en que el exfuncionario fue quien se encargó de ejecutar y supervisar el direccionamiento de las adjudicaciones, “valiéndose de las competencias propias de su cargo para impartir las directivas tendientes a asegurar que los eslabones principales de la cadena ejecutaran el sistema de compulsas especiales a favor de las empresas en cuestión”.
“En paralelo, introdujo y representó el interés privado, conservando un contacto fluido con los operadores externos (en particular, con Atchabahian y Calvete) para ser su instrumento dentro de la agencia y permitirles incidir en la toma de las decisiones propias de su cargo”, agregó el juez.
En relación a Calvete, sostuvo que fue quien dirigió, sin tener un cargo formal, las contrataciones del Programa Federal Incluir Salud en beneficio de sus propias empresas y de otras firmas del sector, “ejerciendo un enorme nivel de influencia sobre funcionarios de todas las jerarquías del organismo”.
“A su vez, traficaba información sobre designaciones dentro del organismo y respecto de los procesos de compra, exhibiendo su diálogo directo con Spagnuolo y Garbellini. Producto de su alto nivel de vínculo con los funcionarios de la ANDIS y el grado de organización instaurada, contó con información privilegiada para desplegar y articular el esquema ilegal descripto”, puntualizó.
Con respecto a Atchabahian, se lo señaló como una persona con extensa experiencia en el sector, tanto desde el Estado como desde el ámbito privado. Sin un nombramiento formal, habría dirigido “la selección y otorgamiento de beneficios indebidos a las empresas vinculadas al grupo que operaban como prestadoras de la agencia”.
“A pesar de no formar parte del organismo, además de impartir directivas sobre su integración y conducción (por ejemplo, en lo que hace al despido de las personas que podrían poner en riesgo el control del organismo y, por ende, sus planes delictivos), intervino en los procesos de compra de las PACBI (la invitación o no de determinadas empresas, la adjudicación o no, y en el pago o su demora)”, concluyó el juez.