La frase que titula esta nota es la que muchos afiliados al PAMI alguna vez escucharon al momento de ir en búsqueda de la atención y cuidado de su salud, y resume una modalidad que se extiende hace tiempo y afecta directamente a quienes más lo necesitan. Es la usualmente conocida como “cobro de plus”. Los jubilados (víctimas de este tipo de maltrato institucional de parte de profesionales y establecimientos médico-asistenciales) sufren un condicionamiento para acceder a los servicios ofrecidos. La práctica consiste en exigir el pago de una suma de dinero extra en base a argumentaciones que no se ajustan a la realidad, como la no cobertura de la atención práctica requerida o la falta de pago por parte del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP). Así, estos actores abusan de la confianza y vulnerabilidad de los adultos mayores, logrando despertar en ellos el temor al desamparo y la incertidumbre por las posibles consecuencias en su salud en caso de no acceder a tales exigencias.
El accionar alcanza a numerosos servicios médicos, sociales y especiales: al momento del otorgamiento de turnos al paciente, consultas, realización de estudios de laboratorios, exámenes de alta complejidad, intervenciones quirúrgicas y provisión de prótesis, entre otros casos por los cuales toma intervención la Unidad Fiscal que investiga delitos cometidos en el ámbito del INSSJP, a cargo de Pablo Piqué. Frente a esas situaciones, los afiliados se ven obligados a abonar un servicio o práctica que, en la mayoría de los casos, está cubierta íntegramente por la obra social nacional. En algunas situaciones ocurre que el médico involucrado cobra dos veces por la prestación brindada: un pago exigido ilegítimamente al afiliado y el otro abonado por PAMI, que para ello utiliza fondos públicos provenientes del Tesoro Nacional, de aportes de los trabajadores en actividad y de los jubilados.
Las conductas identificadas por la Unidad Fiscal no solamente afectan a los destinatarios directos de la atención, sino que repercuten negativamente en el acceso a la cobertura de los servicios de salud declarados de interés público por la Ley N° 19.032 de creación del Instituto, cuya gestión se encuentra encomendada a sus autoridades.
Chaco
La Unidad Fiscal recibe denuncias e interviene en casos que tienen lugar en todo el país. Sus integrantes concurrieron a las localidades de Presidencia Roque Sáenz Peña y Villa Ángela de Chaco, al identificarla como una de las zonas más afectadas por las prácticas llevadas a cabo por gran parte de los prestadores locales.
Durante los encuentros, el personal de la dependencia del Ministerio Público Fiscal tomó nota de todo tipo de situaciones. Los afiliados se veían obligados a abonar cada consulta que hicieran a su médico de cabecera, o a afrontar la totalidad del costo de una operación de cataratas a la que debían someterse, pese a que ello formaba parte del Programa Médico. Para la Fiscalía, estos casos expuestos a modo de ejemplo alcanzan “para ponderar los efectos nocivos de estas prácticas inescrupulosas de los profesionales de la salud, que lejos de ubicarse en su posición de garantes con sus pacientes, llevan a cabo una modalidad de maltrato al no brindar la respuesta esperada en ese vínculo médico-paciente donde debe primar la confianza”. Se prevé repetir la experiencia en otras ciudades y pueblos de la Argentina.
Una mirada judicial del problema
La Fiscalía destacó que la importancia de entender que lo ofrecido por la obra social son servicios de interés público, y las consecuencias que generan en los adultos mayores las trabas que se les impone al momento de atender su salud y poner en riesgo su vida, fue abordado por la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Garbó. En un dictamen señaló que “las exigencias ilícitas conocidas comúnmente como cobro de plus comportan una práctica sistemática que afecta a gran parte de los beneficiarios de los servicios que presta el INSSJP, generando en ellos una indebida incertidumbre acerca de la atención médica que costea la obra social y la amenaza de no ser atendidos a pesar de tener derecho a una prestación gratuita. Esta práctica denota la existencia de una modalidad que afecta negativamente los objetivos y las acciones encomendadas por la ley 19.032 al INSSJP” (in re “S.C. Comp. 730, L.XLVIII, L. Oscar y otros”).
Visibilizar estas conductas de maltrato a los ancianos es el primer paso para reconocer, tratar y prevenir su aparición. Pero reconocer el problema no significa solamente sancionar, sino que por el contrario implica alertar a la sociedad sobre su existencia, para indagar sobre ellas y buscar soluciones. La UFI-PAMI remarcó lo indispensable de estas tareas para que las personas de la tercera edad “puedan encontrar el apoyo y la información necesaria” para advertir, sobrellevar y denunciar estas exigencias ilícitas.
¿Cómo hacer la denuncia?
Por correo electrónico: ufi-pami@mpf.gov.ar
Por teléfono: línea gratuita UFI: 0800-555-3368, o en los números (011) 4328 7361/8634/4952/7376/6096/7132
Por correo: Sarmiento 657, entrepiso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Código Postal 1041.
Personalmente: En la sede de la Unidad, en el horario de atención de 9 a 15 hs.