La titular de la Fiscalía Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 41, Silvana Russi, elevó a juicio la investigación seguida contra Jesús Calderón Acero, por el abuso sexual reiterado y agravado de la hija de su pareja, a la que además contagió una enfermedad de transmisión sexual incurable. Según estableció la fiscal en su requerimiento, el acusado intentó “acceder carnalmente a la niña (…) aprovechando su calidad de guardador y la situación de convivencia previa, producto de lo cual la menor se contagió una enfermedad de transmisión sexual grave que no tiene cura, herpes genital”
La denuncia fue efectuada, en la Comisaría N°28 por el abogado del Consejo de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes de la Ciudad de Buenos Aires, Jorge Antonio Ojeda, quien tomó conocimiento del hecho por un llamado de personal del Hospital Garrahan, donde la niña fue internada a causa de la infección. Los hechos investigados por Russi ocurrieron las noches del 13 y 14 de diciembre de 2013 en la pieza que Calderón Acero, su concubina y la pequeña ocupaban en la Villa 1-11-14.
Una semana después, la hermana mayor de la niña observó que la chiquita lloraba cuando orinaba. Al preguntarle qué le pasó, la nena le dijo que se había tropezado con un palo de escoba y que se había caído en el baño de su casa. Sin embargo, cuando su hermana mayor la revisó, pudo advertir “que tenía la zona vaginal inflamada”. Luego, la chiquita dijo que su padrastro la había abusado.
Cómo las dolencias de la niña no cesaban, la hermana le contó a la madre del abuso y decidieron llevarla al Hospital Garrahan, donde quedó internada desde el 24 de diciembre de 2013 hasta el 6 de enero de 2014. Durante la internación, se pudo establecer que el Calderón Acero le contagió herpes vaginal, una enfermedad sexual incurable que se transmite por contacto directo con la persona infectada.
En su requerimiento, la fiscal consideró que “Calderón Acero resulta penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal reiterado en dos oportunidades, agravado por haber ocasionado a la víctima menor de 13 años un grave daño en su salud física y por aprovechar la calidad de guardador y la convivencia preexistente”.
Asimismo, sostuvo que si bien el examen ginecológico no revelaba desgarros en la zona vaginal de la niña, ello “no impide considerar al ilícito como consumado, pues es violación inmediatamente después que la penetración se produce aunque sea imperfecta o parcial”.
Con toda la prueba recolectada, la fiscal dio cierre a la investigación y solicitó al Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N°23, a cargo de Roberto Ponce, la elevación a juicio de las actuaciones.