El fiscal Ramiro González, a cargo de la Fiscalía Criminal y Correccional Federal Nº7, solicitó nuevas medidas de prueba en la causa donde se investigan los derrames de cianuro ocurridos el 12 y 13 de septiembre de 2015 y el 8 de septiembre de 2016 en Jáchal, provincia de San Juan. Ello, a partir de una presentación realizada por los abogados de la querella “Asamblea Jáchal No se Toca”, Enrique Viale y Diego Seguí, donde solicitaron el cierre judicial de la mina Veladero, como así también que se determinen las posibles responsabilidades de los funcionarios del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA) y del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación –y por consiguiente de la ex Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación- por su desempeño en el marco de la aplicación de la ley 26.639 en la zona de influencia de la empresa Barrick Gold.
Asimismo, los letrados manifestaron “una flagrante violación de la ley 26.639 (…) refirieron que una correcta y debida aplicación de la mencionada ley hubiese significado el inmediato cese de la actividad de dicho emprendimiento, evitándose de ese modo los derrames ocurridos durante el 12 y 13 de septiembre de 2015 y el 8 de septiembre de 2016”.
El representante del MPF señaló en su dictamen, en relación al pedido de cierre de la mina Veladero, que debe tenerse en cuenta lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Esto es, “toda medida judicial relativa al cierre del emprendimiento que se encuentre estrictamente relacionada con el derrame ocurrido durante los días 12 y 13 de septiembre de 2015 y 8 de septiembre del corriente año, resultará resorte exclusivo de las autoridades judiciales de Jáchal”.
Sin embargo, Ramiro González solicitó nuevas medidas de prueba en relación al planteo de los querellantes respecto a que la explotación minera estaría afectando glaciares y ambientes periglaciares. En este sentido, el fiscal federal entendió que “la actividad minera habría sido actualmente suspendida por orden de los organismos administrativos provinciales” y por ello resulta de importancia llevar adelante medidas para comprender cómo está rigiendo la aplicación del actual Régimen de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial (Ley 26.639).