La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a un recurso presentado por la Fiscalía General Nº 2 ante los Tribunales Orales de la Capital y condenó a dos miembros de la Policía Federal Argentina como coautores de secuestro extorsivo agravado, revocó la probation de un tercer agente al que encontró culpable de ser partícipe necesario del delito de falsificación de documento público y ordenó enviar las actuaciones al tribunal de origen para que determine el monto de la pena. Los imputados fueron juzgados y acusados por secuestrar a un hombre que se habría dedicado al narcotráfico y pedir un rescate para liberarlo mientras lo tenían reducido en una plaza de Liniers.
En el marco del juicio oral y público, el Ministerio Público Fiscal había solicitado sentencias de hasta 15 años de prisión por imputaciones por las que ahora Casación le dio la razón, pero el Tribunal Oral Federal N°2 había dictado condenas de tres años por “cohecho pasivo”, definido en el Código Penal como cuando “el funcionario público que por sí o por persona interpuesta, recibiere dinero o cualquier otra dádiva o aceptare una promesa directa o indirecta, para hacer, retardar o dejar de hacer algo relativo a sus funciones”. Ante esa sentencia, el fiscal de juicio -ya jubilado- Raúl Perotti y su equipo interpusieron el recurso, que fue mantenido por su colega interinamente ante Casación Gabriela Baigún. Con la calificación dispuesta por el máximo tribunal penal, la sanción mínima es de 10 años de prisión, mas allá del monto requerido por el MPF.
El caso y las pruebas
De acuerdo a la investigación, el 5 de enero de 2009 la víctima estaba junto a otra persona bajando bolsas que habrían contenido 65 kilos de marihuana frente a su domicilio sobre la calle Manzoni, en el barrio porteño de Villa Luro, cuando “a gran velocidad se acercaron dos automóviles, uno de los cuales estaba identificado con una sirena de las utilizadas en los móviles no identificables de la Policía”. El hombre, ingresó al interior de la vivienda, pero fue sacado de allí a la fuerza y subido a un vehículo. Luego, se lo mantuvo cautivo entre ocho y nueve horas.
Uno de los uniformados ahora condenados, Enrique Omar Zabala, revestía como jefe de Servicio Externo en la Comisaría 44ª y estaba al mando del otro acusado por el secuestro, Héctor Horacio Miño; hubo otros tres miembros de la fuerza de seguridad que llegaron acusados al juicio, pero la Fiscalía solicitó su absolución porque no quedó demostrada su responsabilidad.
Entre las pruebas para la acusación, figuran los testimonios de la víctima, de la ex pareja y un amigo del supuesto narcotraficante, quienes relataron cómo les pidieron reiteradamente 40 mil dólares y la forma en que debían entregarlo. En ese sentido, se identificó el auto en que hicieron el abordaje, registrado a nombre de Zabala; se obtuvieron los registros de las comunicaciones por NEXTEL, y se realizaron peritajes de voz.
La mujer y un amigo de la víctima se pusieron de acuerdo para acudir a la División Asuntos Internos de la PFA, ya que sospechaban que las comisarías de la jurisdicción estaban implicadas en el hecho. Ya en el lugar, la dependencia policial derivó el caso, por orden del fiscal, a la División Antisecuestros de la fuerza, desde donde se solicitó la intervención de diferentes líneas telefónicas a la mencionada empresa de telecomunicaciones.
En ese ínterin, se sucedieron numerosas llamadas en la cuales se les decía a los allegados que se “apuren con la plata” o mataban a Díaz. Entonces, combinaron el encuentro en el cruce de la Avenida General Paz y Beiró para realizar el pago, hacia donde se dirigieron con el respaldo de la División Antisecuestros.
En el lugar, los funcionarios policiales advirtieron a un grupo de personas con los vehículos sindicados, los que se habrían dado cuenta del operativo y se dieron a la fuga, liberando al hombre. Si bien en el momento no se realizaron detenciones, las tareas investigativas reunieron los ya descritos elementos de prueba que llevaron a identificar a los sospechosos.
La interpretación de Casación
La Sala I consideró que el Tribunal Oral Federal N°2 “ha dictado un pronunciamiento realizando una valoración parcializada de las pruebas obrantes en autos, omitiendo realizar un análisis crítico”. De esa forma, descartaron también la versión de los uniformados que habían afirmado que la víctima había ofrecido el dinero, quien era investigado hacía más de cinco meses antes del hecho por la División Operaciones Federales de la Superintendencia de Drogas Peligrosas.