28 de marzo de 2024
28 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Delitos contra el medio ambiente
Casación resolvió que la justicia federal debe investigar a la firma Atanor S.C.A. por la presunta contaminación del río Paraná
Así lo dispuso la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal a raíz de un recurso interpuesto por la querella y la Fiscalía General ante la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario. La compañía fue denunciada por verter efluentes líquidos contaminantes sin el debido tratamiento ni el aval de la autoridad competente.

La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal resolvió hacer lugar a los recursos presentados por el titular de la Fiscalía General ante la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, Claudio Palacín, y el abogado querellante Fabián Maggi, contra el fallo de la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de dicha jurisdicción que confirmaba la declaración de incompetencia dictada por el Juzgado Federal N°2 de San Nicolás para intervenir en una investigación contra la firma Atanor S.C.A. por la presunta contaminación del curso del río Paraná.

La firma Atanor S.C.A., dedicada a la producción de químicos para la agroindustria, fue denunciada ante el Juzgado Federal N°2 de San Nicolás, por verter efluentes líquidos contaminantes sin el debido tratamiento ni el aval de la autoridad correspondiente, en el cauce del Río Paraná, que constituye un límite entre las provincias de Buenos Aires y Entre Ríos.

El juez interviniente dictó su incompetencia para entender en la cuestión, decisión que fue confirmada el 22 de junio de 2015 por la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario que dispuso la remisión de la investigación a la justicia de la Provincia de Buenos Aires. Dicha resolución fue recurrida por la querella y por el fiscal Palacín.

En su presentación, el representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo que se había efectuado una errónea valoración de la prueba y cuestionó la resolución por inobservancia de las normas procesales. Además, citó jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de la que se desprende que debe ser la justicia federal la que debe entender en la cuestión, dado que se trata de un curso de agua que cruza la extensión de dos provincias.

Por su parte, la querella consideró que los delitos ambientales denunciados no eran hechos aislados, sino que la empresa contaminó y continúa vertiendo desechos en el río, al tiempo que destacó la ocurrencia de escapes gaseosos de gran magnitud, que causaron cefaleas, irritación visual y de las vías respiratorias a varios vecinos del Barrio Química.

Un estudio de la Universidad Nacional de La Plata determinó que el mecanismo utilizado por Atanor para volcar sus desechos líquidos consistió en la sobrexplotación de las aguas subterráneas, que utilizaba en forma irracional, para lisa y llanamente diluir los contaminantes y así volcarlos al curso de agua. Asimismo, se estableció que los tratamientos que la firma decía hacer eran falsos, que consumía 120.000 litros por hora, que no contaba con autorización para sobrexplotar el agua y que poseía tendidos de cañerías clandestinos para llevar adelante el vertido.

La querella también señaló la existencia de la causa “Asociación Civil Protección Ambiental del Río Paraná y otro c/ Atanor S.C.A. s/ amparo ambiental” en la que la Justicia Civil tuvo por acreditado el riesgo de la salud pública y la verosimilitud en el derecho invocado y la interjurisdiccionalidad del daño.

El abogado también cuestionó que en otro hecho similar, el Juzgado Federal N°2 de San Nicolás se declaró competente, “lo que lleva a preguntarse porqué en el caso Atanor S.C.A. se declara incompetente”.

La Sala III, presidida por Eduardo Riggi e integrada por Liliana Catucci y Juan Carlos Gemignani, hizo lugar a los recursos interpuestos por el Ministerio Público Fiscal y la querella y ordenó la remisión de las actuaciones al Juzgado Federal correspondiente para que continúe con la investigación.

En su voto, al que adhirieron sus colegas, Riggi sostuvo que “siendo de público y notorio conocimiento que el Río Paraná constituye el límite natural entre las provincias de Entre Ríos y Buenos Aires, el vertido de residuos tóxicos en su aguas, se trata claramente de un supuesto que potencialmente podría afectar a las personas o al ambiente más allá del territorio de la provincia en el que fueron producidos, circunstancia que hace necesario que los sucesos que motivaron la apertura de las presentes actuaciones necesariamente deban ser investigados en el fuero federal”.