05 de diciembre de 2024
05 de diciembre de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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En línea con la opinión del Ministerio Público Fiscal
Casación revocó la excarcelación de una mujer acusada de tráfico de estupefacientes
La Sala IV entendió que había un elevado riesgo de entorpecimiento de medidas probatorias y dejó sin efecto la decisión de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, que había concedido el beneficio.

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a la queja presentada por el Ministerio Público Fiscal y revocó la excarcelación dispuesta sobre una mujer acusada de tráfico de estupefacientes. Claudio Palacín, a cargo de la Fiscalía General ante la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, había advertido que ese tribunal valoró de manera arbitraria las condiciones personales de la imputada a fin de tener “por desvirtuado el alegado peligro procesal”.

La Sala B de la Cámara Federal rosarina, en octubre de 2018, había concedido la excarcelación bajo la caución real que fijara el juez de primera instancia, con prohibición de salida del país y el cumplimiento de las reglas de conducta. Esta decisión fue recurrida por el MPF, pero su recurso fue denegado. Tras la queja, la Sala IV de la CFCP abrió la vía recursiva.

La acusación

La imputada integraría una organización criminal montada por lo menos desde noviembre de 2016 hasta la actualidad, con distribución de roles, destinada primordialmente a ejecutar actos relacionados con el tráfico ilícito de estupefacientes en el barrio La Tablada de Rosario y en Funes, tales como fraccionamiento, comercialización y distribución de distintas clases de narcóticos.

En la queja contra la resolución de la Cámara de Apelaciones, por denegación del recurso de casación, el MPF señaló los compromisos asumidos por el Estado nacional en la lucha contra el narcotráfico e hizo alusión a la gravedad y severidad de la pena prevista para el delito que se le imputa a la mujer. En ese sentido, se consideró la posibilidad de que intentará evadir la acción de la justicia ante el pronóstico de una futura pena grave y de efectivo cumplimiento.

Asimismo, explicó que la resolución impugnada se fundó en una valoración arbitraria de las condiciones personales  de la imputada con el fin de tener por “desvirtuado el alegado peligro procesal”.

La resolución de Casación

La Sala IV  de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a la queja del MPF y revocó la decisión del tribunal revisor de Rosario. Así, se remitió el expediente al Juzgado Federal Nº4 para que continúe la investigación.

El camarista Javier Carbajo hizo un recorrido por los actos procesales del caso: describió que en mayo de 2018 el Juzgado Federal Nº4 de Rosario había denegado la excarcelación argumentando que la imputada ocupaba los peldaños intermedios de la organización ilícita, lo que determinaría, entre otros elementos, “un elevado riesgo de que eventualmente pudiere en el futuro entorpecer medidas probatorias”.  La defensa de la acusada apeló la decisión y la Cámara Federal de Apelaciones de  esa jurisdicción resolvió, por mayoría, revocar la resolución del juez y conceder la excarcelación valorando las  características de los hechos y las condiciones personales de  la mujer.

Sin embargo, en su voto, Carbajo tuvo opiniones opuestas a los argumentos esgrimidos por sus colegas de la instancia anterior. Y dijo: “La resolución recurrida contiene fundamentos aparentes, que se  basan en cuestiones que desatienden las circunstancias objetivas de la causa y además, por revelar una autocontradicción, luce prematura”. En línea con la presentación del MPF, también destacó el compromiso asumido por Argentina al ratificar la Convención de Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas que impone la obligación de investigar, enjuiciar y eventualmente sancionar los hechos relativos al narcotráfico.

En la misma línea votó el juez Mariano Borinsky, quien advirtió, también siguiendo la presentación del fiscal general, que los magistrados no valoraron la totalidad de las circunstancias  y en particular “la gravedad del delito imputado”.

A su turno, Gustavo Hornos entendió que los argumentos para conceder la excarcelación no encuentran justificación en el conjunto de pautas objetivas, que configuradas definen la razonabilidad del mantenimiento de la prisión cautelar de la imputada.