27 de julio de 2024
27 de julio de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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La solicitud fue realizada por la fiscal Silvina Ávila
Chubut: procesaron a una mujer acusada de explotar laboralmente a una víctima durante 30 años
Además, los jueces ordenaron  trabar un embargo sobre los bienes de la acusada hasta cubrir la suma de 200  mil pesos. La dueña de la estancia "La Cautiva" habría trasladado con fines de explotación laboral a una joven en situación de vulnerabilidad que sufre un padecimiento mental para trabajar en su propiedad sin ningún tipo de contraprestación.

El titular del Juzgado Federal de Esquel, Guido Sebastian Otranto, procesó a una mujer por el delito de trata con fines de explotación laboral del que fue víctima otra mujer de 55 años en situación de vulnerabilidad y con retraso mental que trabajaba realizando tareas domésticas en la estancia de la acusada. La imputada habría trasladado y mantenido en condición de servidumbre a la víctima durante 25 años, entre 1985 hasta 2014, de manera ininterrumpida sin pagarle salario alguno, ni seguro médico ni otorgarle horarios de descanso.

Además, el juez ordenó embargar los bienes de la acusada por 200 mil pesos y decretó la prohibición de salir del país.

Asimismo, la imputada deberá depositar mensualmente la remuneración correspondiente para la víctima así como la presentación mensual de una copia del recibo de pago del salario, certificar el pago mensual de los aportes y contribuciones correspondientes al empleador de trabajadores de casas particulares.

Según la resolución, desde el momento del traslado, la víctima paulatinamente fue quedando desvinculada de su hogar de origen y de su familia siendo la imputada su núcleo inmediato y su único vínculo social. Asimismo, se constató que carece de condiciones para manejarse con autonomía debido al padecimiento mental que padece, lo cual acentuaba la subordinación a la voluntad de la ahora procesada.

En ese sentido, durante la declaración testimonial, aseguró que a lo largo de esos 30 años no recibió ningún tipo de tratamiento o asistencia para sobrellevar los obstáculos producto de su discapacidad, ni un seguimiento de su salud en general. Además, obtuvo su documento de identidad recién en octubre de 2014, casi no salía de la casa sola y, si lo hacía, era solo para realizar compras o realizar pagos. A su vez, habría recibido como única vestimenta la que ya no usaban en la familia y la alimentación habría estado basada en los restos de la comida bajo condición de no demorarse en sus tareas.

Finalmente, Otranto ordenó la intervención a la Asesoría de Familia del Ministerio de la Defensa Pública de la Provincia del Chubut con asiento en esa ciudad así como también al Área Trata y Tráfico de la Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia del Ministerio de la Familia y Promoción Social de la Provincia del Chubut -punto focal de articulación nacional y provincial en materia de trata de personas- a fin de que asista a la víctima para iniciar un proceso de reinserción social y familiar. El juez a su vez instruyó a la Delegación Esquel de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para que se determine y ejecute la deuda que se hubiere generado en torno al incumplimiento de la obligación de la procesada de realizar aportes y contribuciones como empleadora de personal de casas particulares.

La causa se había iniciado el 7 de agosto de 2014 luego de una denuncia recibida en la Fiscalía Federal de Esquel. Luego de llevar adelante diversas medidas de prueba, se consideró indispensable recibirle declaración testimonial a la víctima. En la entrevista, ordenada por el Juzgado Federal, participó personal del Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento a las Víctimas del Delito de Trata de Personas y se comprobó que, la víctima consideraba a la imputada como su “madre” y se refería a ella como la patrona.

Según su relato, la imputada viajó en 1985 junto a su marido -ya fallecido- al paraje Pocitos de Quichaura, ubicado en la provincia de Chubut, donde residía la víctima y la familia. En esa oportunidad, la pareja  se encontraba en busca de personal de servicio doméstico para su vivienda y su casa de la Estancia “La Cautiva”, ubicada en el Paraje de las Sierras de Tecka, en la misma provincia. En esa ocasión, se contactaron con el padre de la joven y, valiéndose de la situación de vulnerabilidad socioeconómica, la trasladaron hasta la vivienda para que realizara tareas de servicio doméstico sin recibir a cambio ningún tipo de contraprestación.

A partir de ese momento, la víctima, que por entonces tenía 25 años de edad, no habría recibido formación educativa formal y no estaba al tanto de lo acordado, quedó desvinculada totalmente de su grupo familiar, le fue cercenada la posibilidad de generar cualquier nuevo vínculo o actividad por fuera de la casa de la imputada, recibir educación formal básica, realizarse controles clínicos de rutina y recibir atención médica y/o psicológica.

Además, no se le hacían aportes, no tenía la llave de la casa, no salía sola del domicilio a menos que fuera a comprar pan, nunca se tomó vacaciones y dormía en la habitación de la acusada, así estaba disponible las 24 horas del día.