08 de mayo de 2024
08 de mayo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Será ante el Tribunal Oral en lo Criminal N° 29
Comenzó el debate por la detención ilegal de Walter Bulacio
Desde hoy y durante ocho jornadas, en las que declararán 27 testigos, el ex comisario Miguel Ángel Espósito será juzgado por la privación ilegal de la libertad del joven detenido el 19 de abril de 1991 cuando concurrió a un recital de Los Redonditos de Ricota. Bulacio fue golpeado en la comisaría y murió en un hospital.

Con la intervención del titular de la Fiscalía General N° 27 ante los Tribunales Orales Criminales, Horacio Fornaciari, hoy comenzará a ser juzgado el comisario Miguel Ángel Espósito, acusado de haber privado ilegalmente de la libertad al joven Walter Bulacio. El hecho ocurrió en abril de 1991, luego de un recital de Patricio Rey y Los Redonditos de Ricota en el Estadio del Club Obras Sanitarias. En el juicio también estará presente el fiscal Abel Córdoba, titular de la Procuraduría de Violencia Institucional (Procuvin).

Espósito será sometido a juicio oral y público, ya que oportunamente hizo uso de la opción -permitida por la ley- para ser juzgado bajo las previsiones del actual Código Procesal Penal de la Nación, que entró en vigencia en septiembre de 1992. En razón de ello, Fornaciari, en su calidad de representante del Ministerio Público Fiscal, y los miembros del Tribunal Oral ajustarán la acusación -oportunamente formulada por la entonces titular de la Fiscalía de Instrucción N° 16, Mónica Cuñarro-, a la circunstancia que privó ilegalmente de su libertad a Bulacio.

Como se trata de un hecho ocurrido durante la vigencia del anterior Código Procesal Penal (de corte inquisitivo), pero que debe adecuarse a las exigencias del actualmente vigente (de características mixto), el rol del fiscal se limitará a verificar que las pruebas que se produzcan en el debate sirvan al sostenimiento de la acusación que formulara la fiscal de instrucción en el momento de requerir la elevación a juicio. Asimismo, sólo se podrá solicitar una pena que, dado el delito imputado, privación ilegal de la libertad simulando autoridad pública u orden de autoridad pública (previsto en el artículo 142, inciso 4° del Código Penal), no podrá superar los seis años de prisión.

El debate se sustanciará a lo largo de ocho jornadas -desde hoy y hasta mediados de octubre- ante el Tribunal Oral en lo Criminal N° 29, integrado por los jueces María Deluca Giaccobini, Gustavo Rodolfo Goerner y Alejandro Litvack.

Durante las audiencias declararán veintisiete testigos, los cuales en su mayoría fueron aportados por Fornaciari y por la querella que encabeza María del Carmen Verdú, abogada de la familia Bulacio e integrante de la Coordinadora contra la represión policial e Institucional (Correpi).

Por su parte, el ex comisario Espósito llega libre al debate, pero por problemas de salud su abogado defensor, Pablo Argibay Molina, solicitó que sea dispensado de asistir a las audiencias y las presencie a través de videoconferencia. El Tribunal, sin embargo, aún no se expidió sobre este aspecto.

Se estima que los alegatos de Verdú, Fornaciari y Argibay Molina se realicen en las audiencias fijadas para los días 10, 15 y 17 de octubre, respectivamente. A su vez, se espera que tras las últimas palabras de Espósito, el Tribunal dicte sentencia al finalizar el mes. Esto se debe a que el Código Procesal Penal de la Nación estipula que, una vez clausurado el debate, el tribunal cuenta con diez días hábiles para brindar su veredicto.

Los hechos

El 19 de abril de 1991, alrededor de las 22.00, durante un concierto de Patricio Rey y Los Redonditos de Ricota en el Estadio Obras Sanitarias de la Nación, Bulacio y otras personas habrían sido detenidas por orden de Espósito -entonces a cargo de la Comisaría N° 35 de la Policía Federal Argentina-, quien comandaba el operativo de seguridad.

La detención se produjo por personal policial en las canchas de hockey del club, bajo la excusa de que no tenían entradas para el recital. Sin labrar ningún acta ni comunicarlo a un juez, el joven fue privado de su libertad y subido a un colectivo de la línea 151, que lo trasladó a la Comisaría 35°. Tampoco intervinieron asistentes sociales ni médicos legistas. Bulacio permaneció detenido hasta las 10 de la mañana del 20 de abril. En ese momento, se descompuso, se le paralizó una parte del cuerpo y perdió el equilibrio. A raíz de ello, se decidió su traslado al Hospital Pirovano, sin que en la comisaría quedara constancia de nada.

Las primeras actuaciones policiales datan recién del 21 de abril, cuando un oficial de la Comisaría 7° asiste al Sanatorio Mitre. Allí, el médico de guardia le informa que Bulacio presentaba un cuadro de traumatismo de cráneo y hematoma cerebral que lo había dejado en coma grado tres. También le informan que había llegado, alrededor del mediodía, desde la Comisaría N° 35.

La mayoría de los testigos que declararon en el expediente -entre los que se cuentan autoridades del Club Obras Sanitarias, comerciantes de la zona, policías y otros jóvenes detenidos en el recital-, concordaron que Espósito estaba a cargo del operativo con el que se privó ilegalmente de la libertad a setenta y tres personas.

Asimismo, de la prueba aportada, el Libro “Registro de Detenidos” de la comisaría revela que Bulacio fue ingresado a las 0.15 horas del 20 de abril por infracción a la ley 10.903, y se retiró a las 11.25 de ese mismo día. Sin embargo, del libro “Memo 40”, surge que Bulacio fue entregado a su padre a las 2 de la mañana del 21 de abril.

Oportunamente, el acusado Espósito manifestó que entre el 19 y el 20 de abril ordenó la detención de setenta y tres personas, de los cuales tres eran menores a los que se les aplicó el “Memorandum 40°" (una orden policial ya derogada que facultaba entonces para detener a menores de edad sin dar aviso a las autoridades judiciales). También dijo que sólo daban intervención judicial cuando el menor infringía algún edicto, o cuando estaba fugado del hogar, perdido, extraviado o en situación de desamparo.

La investigación judicial

La causa en la que se investiga la detención ilegal de Bulacio, que desencadenó en su muerte por los apremios sufridos durante su alojamiento en la Comisaría N° 35, se inició hace más de veintidós años. Desde entonces, ya contó con la intervención de veintisiete jueces.

Asimismo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación también intervino en el trámite en dos oportunidades. La primera fue en el 2002, en ocasión del planteo de prescripción de la acción presentado por la defensa de Espósito. La segunda fue para dar cumplimiento al fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que condenó al Estado argentino a reabrir la investigación por la muerte del joven. Luego de dos postergaciones a causa de diversos planteos del defensor Argibay Molina, finalmente la causa llega a debate oral.

El juicio comenzará hoy con las lecturas de la acusación efectuada por la querella y la entonces fiscal de instrucción, Mónica Cuñarro.