26 de abril de 2024
26 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Intervino la Fiscalía General N°2 ante el TOF de Salta
Concedieron la probation a dos mujeres que estafaban a adultos mayores en sus trámites jubilatorios
Así lo dispuso el Tribunal Oral Federal N°2 de Salta, por el término de un año, durante el cual deberán realizar tareas comunitarias. Las imputadas –una de las cuales es abogada- contrataba créditos a nombre de las víctimas, valiéndose de la documentación que éstos le habían entregado para que les tramitara sus beneficios previsionales ante la ANSES.

En línea con la opinión del titular de la Fiscalía General N°2 ante el TOF de Salta, Francisco Snopek, el Tribunal Oral Federal N°2 de dicha jurisdicción –conformado unipersonalmente por el juez Abel Fleming Figueroa- concedió la suspensión del proceso a prueba, por el término de un año, en favor de la abogada Alicia Mercedes Abán y de Silvia Estela Leal, como coautora y cómplice, respectivamente, del delito de estafa por abuso de firma en blanco, en perjuicio de seis personas.

Ambas mujeres ofrecieron una reparación de daños a las seis personas damnificadas, al tiempo que el juez les estableció como reglas de conducta fijar residencia, someterse al cuidado del patronato y  la realización de tareas comunitarias por el término de un año consistentes en dieciséis horas mensuales de servicio en el comedor comunitario Manos Abiertas, de la ciudad de Salta.

El caso

La investigación se inició a raíz de una denuncia anónima presentada el 18 de febrero de 2008, que daba cuenta que en la Delegación Salta de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) se otorgaban ilícitamente jubilaciones a personas extranjeras, identificadas con documentación falsa y que en la maniobra estaría involucrado un estudio jurídico ubicado cerca de las oficinas de ANSES donde la abogada Alicia Mercedes Abán era quien realizaba las gestiones para conseguir la documentación apócrifa.

En febrero de 2011 se presentó en la Fiscalía un hombre que denunció que dos años antes había iniciado los trámites ante la ANSES para obtener su jubilación, la cual le fue denegada. Personal de la misma ANSES le recomendó que contactara a Abán para hacer la gestión. Así, contactó a la abogada, pero ésta nunca le inició el trámite administrativo –que sí terminó efectuando otra letrada y por la cual le entregaron la jubilación- aunque le cobró honorarios. Como el hombre no tenía el dinero para pagarle, la mujer le refirió que podía hacerle un plan de pagos a través de una cooperativa.

La maniobra efectuada por Abán consistía, con la excusa de iniciarles el trámite ante ANSES para obtener sus beneficios jubilatorios, en requerir la documentación de las víctimas, la cual utilizaba para contratar créditos a nombre de los damnificados en una cooperativa –obteniendo ella el dinero en concepto de honorarios- y los cuales eran cancelados, en cuotas que eran descontados de los haberes percibidos en la ANSES por las víctimas. La operatoria ilícita se repitió en seis casos.

Asimismo, durante el año 2008, Abán habría contado con la colaboración de Silvia Leal, quien recepcionaba la documentación de potenciales jubilados en la ciudad de Cafayate, y les hacía firmar en blanco papeles de la Gran Cooperativa, que luego eran utilizados para contratar los referidos créditos.

En base a las pruebas colectadas, en octubre de 2015, el titular de la  Fiscalía Federal N°1 de Salta, Ricardo Rafael Toranzos, solicitó la elevación a juicio de la investigación contra Abán como autora del delito de defraudación por abuso de firma en blanco reiterado en seis oportunidades y, en el caso de Leal, como cómplice del mismo delito en perjuicio de una sola persona.

Probation

La defensa de las imputadas solicitó al Tribunal Oral Federal N°2 de Salta la concesión de la suspensión del proceso a prueba, ofreció una reparación económica a las seis víctimas consistentes en donar la suma de $500 pesos mensuales y la realización de tareas comunitarias.

El fiscal Francisco Snopek consideró insuficiente el ofrecimiento efectuado y requirió que se reformule la proposición en miras del bien público, lo cual fue efectuado por la defensa y allí se consintió su aplicación. En virtud de ello, el juez a cargo les suspendió el proceso a prueba por el plazo de un año, tuvo por ofrecida la reparación de los daños a las víctimas (por un monto equivalente a cuatro jubilaciones mínimas -$ 46.113,76-), les fijó como tareas comunitarias –por igual término- consistentes en la realización de prestaciones de dieciséis horas mensuales en el comedor comunitario Manos Abiertas debiendo presentar la acreditación mensual de cumplimiento, como así también la obligación de fijar residencia, someterse al cuidado de un patronato por idéntico plazo y avisar al Tribunal cualquier cambio de domicilio.