El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°12 condenó el miércoles a prisión perpetua a un integrante de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires por el homicidio del remisero Claudio Romano, ocurrido en octubre de 2019 en el barrio porteño de Villa Crespo. En el juicio, intervino la Fiscalía N°12 ante los Tribunales Orales en lo Criminal y Correccional, a cargo de la fiscal María Ángeles Ramos.
Los jueces Luis Oscar Márquez, José Pérez Arias y Darío Medina condenaron a la pena máxima al oficial primero Ramón Darío Pérez al considerar que era responsable del delito de homicidio agravado por su comisión con arma de fuego y por haber sido cometido abusando de sus funciones como miembro de la Policía de la Ciudad.
Por otra parte, a las otras dos imputadas, la inspectora Beatriz Manzanelli y la oficial Daniela López, las condenaron a seis años de prisión por el delito de lesiones graves agravadas por su comisión con arma de fuego y por haber sido cometidas abusando de sus funciones como miembro de la Policía de la Ciudad. En su alegato, la fiscalía había reclamado también para ellas la pena de prisión perpetua.
El y las condenadas habían llegado libres al debate y así continuarán, pero el tribunal ordenó que deben presentarse cada mes de forma presencial y que, en caso de que se verifique un intento de salida del país, la fuerza de seguridad correspondiente deberá detenerlos de forma inmediata. Los fundamentos se conocerán el próximo 25 de septiembre.
El caso
De acuerdo con lo expuesto por la fiscal Ramos en su alegato, la mañana del 1° de octubre de 2019, la oficial López cumplía funciones en la esquina de Malabia y Castillo cuando un móvil de la Comisaría Vecinal 15B se acercó a la zona. Allí iban el oficial primero Pérez en el rol de conductor y la inspectora Manzanelli. La agente de calle se acercó al patrullero, habló con sus colegas y luego se alejó. Instantes después, cerca de las 11.07, frenó detrás del móvil un auto color azul, que era manejado por la víctima. Toda la secuencia quedó registrada en videos de dos cámaras de seguridad de la cuadra que fueron prueba clave para la causa y el debate oral.
“Los tres oficiales eran personas que estaban atentas a lo que estaba pasando y pudieron haber realizado acciones para neutralizar físicamente a Romano de otra manera distinta y no lo hicieron”, afirmó la representante del MPF.
Según lo que se pudo reconstruir, Romano descendió con sus manos y abdomen ensangrentados. Llevaba con él un cuchillo de hoja curva conocido con el nombre de “Kerambit”. Caminó hasta el patrullero y a la altura de la puerta delantera, el remisero introdujo dos veces su mano con el cuchillo en la ventanilla y le produjo al policía Pérez tres lesiones: una en el brazo izquierdo, otra en el cuello y la última en un dedo.
Tras esto, Romano cruzó por delante del móvil velozmente, momento en el cual la inspectora Manzanelli bajó y disparó dos veces: una impactó en el muslo del hombre y otra en la puerta del acompañante.
Romano quedó tendido en el suelo: de acuerdo a lo explicado por la fiscal, si bien el hombre -con el cuchillo aún en la mano- intentó moverse para sentarse, nunca se incorporó. En esa situación, de espaldas y rodeado por los policías, Pérez le propinó una patada en la cabeza que lo tumbó nuevamente. De acuerdo a los videos exhibidos en el debate, el hombre volvió a moverse con el “Kerambit” en su poder. Ante esto, los tres oficiales efectuaron al menos cinco disparos, producto de lo cual Romano falleció por hemorragia interna y externa.
El alegato de la fiscalía
“Entiendo que existió un abuso funcional por parte de los oficiales”, aseguró durante su alegato la fiscal Ramos y explicó que ninguno de los imputados adoptó las medidas debidas ni tampoco el procedimiento establecido para neutralizar la agresión.
Afirmó que “no le quitaron el arma, no lo redujeron, sólo le pegaron una patada en la cabeza” y agregó que todo esto se hizo con superioridad numérica por parte de los agentes y ante un escenario de debilidad de la víctima a partir del tiro que había recibido en una de sus piernas.
Ramos también sostuvo que, de acuerdo a los elementos analizados en el debate, no se pudo sostener ni acreditar que existiera una “decisión suicida previamente asumida” por parte de la víctima, tal como plantearon los acusados. “Incluso ante la hipótesis de que se hubiese querido suicidar, la acción debida de estos tres oficiales debió ser otra”, cuestionó.
Pérez y Manzanelli “hicieron lo que tenían que hacer” cuando Romano se acercó con el cuchillo, pero que “el problema es lo que vino después”. En ese sentido, señaló “la bronca exteriorizada de Pérez” en la patada que le propinó a la víctima en la cabeza y en “la forma en que le dispararon los tres al unísono”.
“Debieron hacer otra cosa porque son oficiales policiales y no empleados de un comercio”, recalcó la fiscal Ramos en su alegato.
Durante su exposición, la fiscal exhibió los videos que muestran la secuencia y dividió el accionar en distintos tramos. Marcó que tras dejarlo en el suelo, no se acercaron a reducirlo y que incluso tardaron mucho tiempo en acercarse a chequear su condición post disparos.
“La prioridad no era la víctima, la prioridad eran ellos”, consideró Ramos y estableció que actuaron con desprecio hacia el hombre. En esa misma línea, afirmó que los efectivos podían neutralizar el accionar de Romano de otra forma que no fuera dispararle cinco veces cuando ya estaba en el suelo.
Para la representante del Ministerio Público Fiscal, Pérez y Manzanelli “hicieron lo que tenían que hacer” cuando Romano se acercó con el cuchillo, pero que “el problema es lo que vino después”. En ese sentido, señaló “la bronca exteriorizada de Pérez” en la patada que le propinó a la víctima en la cabeza y en “la forma en que le dispararon los tres al unísono”.
“No se puede justificar eso en el miedo. Debieron hacer otra cosa porque son oficiales policiales y no empleados de un comercio”, recalcó. Citó las modulaciones que se consiguieron en la causa y que, a su criterio, mostraron “la misma situación de desprecio hacia la víctima” y que evidenciaron “esa ventana de tiempo que podría haberle salvado la vida” a Romano. “La acción de los tres imputados fue una acción típica con resultado relevante para el derecho penal, un resultado buscado y querido por los tres por igual”, opinó.
Repasó también los testimonios de las personas que se encontraban aquella mañana en la calle y los comparó con lo observado a través de los videos. “No hay una conducta previa tendiente a evitar la menor violencia posible contra una persona que además estaba disminuida en sus capacidades, pues estaba tirada en el piso y herida”, señaló y remarcó que el y las policías se corrieron de su deber legal y su función.
Explicó entonces que, en el caso, se debía aplicar el protocolo de uso de la fuerza, donde se establecen las prioridades a la hora de neutralizar agresiones y donde se señala que el último recurso es el arma de fuego. A ello le sumó que los imputados no realizaron ninguna acción para alejar el elemento peligroso que tenía la víctima a pesar de que los tres tenían incluso chaleco antibalas.
“Los tres oficiales eran personas que estaban atentas a lo que estaba pasando y pudieron haber realizado acciones para neutralizar físicamente a Romano de otra manera distinta y no lo hicieron”, afirmó la representante del MPF.