Seis años después, el crimen de Gustavo Buffa quedó esclarecido. Según los jueces Luis María Rizzi y Marcela Mónica Rodríguez (en disidencia, votó el presidente del Tribunal Oral Criminal N°30, Javier Esteban de la Fuente) fueron Sergio Rubén Chazarreta y Luis Córdoba quienes mataron de siete balazos al empresario, en agosto de 2008. Un anónimo que llegó a la fiscalía de instrucción meses después del crimen fue determinante para el avance de la causa.
Chazarreta, un ex empleado del Servicio Penitenciario Federal y Córdoba, ex suboficial de la Comisaría 5° de La Cañada, fueron condenados a 15 años de prisión por “homicidio simple”. La fiscal de juicio Alejandra Patricia Perroud había solicitado prisión perpetua por el “homicidio agravado por su comisión con el concurso premeditado de dos o más personas (artículos 45 y 80, inciso 6 del Código Penal).
Además, ambos habían sido sentenciados por el Tribunal N°2 de Quilmes en octubre de 2012, por robar varios supermercados chinos entre diciembre de 2008 y febrero de 2009. En base a esto, en los fundamentos del veredicto, el Tribunal estableció “la pena única” de 19 años y 6 meses para Chazarreta y 17 años y 6 meses para Córdoba. Ambos están detenidos, el primero alojado en la cárcel de Marcos Paz y el otro en la Unidad N°31 del Servicio Penitenciario de la Provincia de Buenos Aires, en Florencio Varela.
Los hechos
El 8 de agosto de 2008, Buffa esperaba en Pringles al 1300 que su mujer, María Wang, terminara de cerrar la empresa que tenían en Palermo. Estacionado con las balizas puestas, el hombre recibió ocho balazos. “Universe Electronic S.R.L.” era el nombre de la firma de la que eran propietarios Buffa, su mujer y el hermano de ella, Roberto Wang, tenían en Palermo. La relación entre cuñados habría terminado en “malos términos”, luego de la compra de la firma.
Según relato María Wang, mientras ella cerraba el local “escuchó unos estallidos muy seguidos", no pensó nunca que fueran disparos, y luego "un ruido de una moto que arrancaba a mucha velocidad”. Al salir, un joven le relató que “de repente” habían disparado contra la camioneta de su marido. La moto, según se estableció, dobló luego hacia la avenida Córdoba.
La jueza Rodríguez indicó que, “difícilmente” podría haberse advertido quién era la persona que estaba dentro del auto, ya que las ventanillas estaban cerradas. “Salvo que precisamente los datos de su vehículo, la ubicación de su empresa y la hora de su habitual retiro hubieran sido conocidos por sus atacantes”, expresó. Hizo hincapié, además, en que ningún elementó permitió suponer que podría haber sido de un intento de robo.
Días antes de su muerte, la víctima había manifestado “cierta inquietud” por su seguridad, tal como lo relataron dos testigos durante el juicio: un amigo con el que fue a comer dos días antes del crimen y el encargado de su edificio. En su voto, la jueza Rodríguez se explayó sobre el testimonio de la mujer, donde reforzó la teoría de la que muerte de su pareja podría relacionarse con sus actividades empresariales y comerciales.
En el requerimiento de elevación a juicio, realizado por Betina Vota, a cargo de la Fiscalía de Instrucción N°38, se había imputado a los dos hombres por homicidio agravado “por su comisión con el concurso premeditado de dos o más personas” (artículos 45 y 80, inciso 6° del Código Penal), por los que debían responder en calidad de coautores.
“Quiero denunciar a los malos elementos de esta policía que a su vez son malos camaradas”
Así comenzaba el “anónimo” que recibió la Fiscalía de instrucción el 21 de octubre de 2008. Allí, se refería al hecho y apuntaba contra Córdoba y contra “Sergio”, que resultó ser el otro condenado. Realizaba una descripción física y de su vida personal y detallaba los números telefónicos de ambos. Las defensas de los imputados habían planteado la nulidad de esta prueba, algo que el tribunal rechazó.
Junto con el escrito había una caja de fósforos marca “Fragata”, que tenía en su interior tres plomos y dos vainas. La División Balística de la Policía Federal constató que fueron disparados por la misma arma que causó la muerte de Buffa. “Esta denuncia la hago de esta forma, porque como integrante de esta fuerza no merecen ser integrantes de la misma, y por temor a que corra riesgo mi vida, o la de mi familia (…) sumado a que ingresé a esta institución por vocación de servicio y no para mercenario” concluía el anónimo.
De ahí en más, comenzaron a realizarse investigaciones tendientes a confirmar o descartar la participación de Chazarreta y Córdoba en el hecho. En el juicio se exhibieron la lista de llamadas realizadas entre los acusados aquél día, efectuadas por la División Antisecuestro de la Policía Federal Argentina. “De esos registros surgen conexiones que inciden de un modo relevante y decisivo en la elucidación del hecho y que prueban (en el marco de un examen integral y armónico de todos los elementos de juicio) la intervención de los encartados en el suceso examinado”, sostuvo Rodríguez.
El juez Rizzi, en su voto, además de concordar con su colega, explicó que los teléfonos de los imputados se comunicaron entre sí varias veces: primero por la mañana, en las cercanías de la Comisaría de Quilmes en la que ambos estaban vinculados, y luego minutos antes y después del homicidio, en la zona donde se produjo este. “Ello es así, pues fueron captados por las antenas circundantes al lugar donde este fue cometido” sostuvo.
Para la jueza Rodríguez, “la rapidez, precisión y certeza con la que impactaron los disparos –al menos ocho- en la ventanilla del vehículo sólo podía haber sido obra de personas con conocimiento especial en el manejo de armas de fuego”.
Se explayó también sobre la imposibilidad de determinar quién de los dos fue quién efectivamente disparó: “la acción rápida y certera que desarrollaron exigía una coordinación precisa en la que el paso de la moto que trasladaba a uno de ellos como acompañante se efectuara en el momento en que Gustavo Buffa se ubicara como blanco seguro, situación que debía ser comunicada al ejecutor”.
Por último, Rizzi sostuvo que desconocer el motivo del homicidio no significa que no haya existido: “es evidente que Buffa no murió víctima de un hecho de los llamados al voleo, sino que cabe suponer que alguien desconocido y por razones desconocidas, se interesó y procuró su muerte”.