04 de noviembre de 2024
04 de noviembre de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
Menu
En el juicio, intervino el fiscal Martínez Burgos
Condenaron a dos años de prisión en suspenso a un hombre que amenazó de muerte a su pareja
Según un fallo del Tribunal Oral en lo Criminal N°22, Diego Cáceres deberá permanecer alejado de la víctima y tendrá que hacer un curso de Derechos Humanos y de la Mujer. El fiscal de juicio Marcelo Martínez Burgos había solicitado tres años de cárcel.

Los jueces Sergio Paduczak, Gabriel Nardiello y Patricia Cusmanich condenaron a dos años de prisión en suspenso a Diego Cáceres por amenazar de muerte a la pareja durante una discusión. En su alegato, el fiscal de juicio Marcelo Martínez Burgos había solicitado tres años de cárcel. Según el fallo del Tribunal Oral en lo Criminal N°22 y en línea con lo pedido por el representante del Ministerio Público, Cáceres no podrá acercarse a la víctima en un radio de 300 metros. Además, tendrá que realizar el curso de Derechos humanos y de la Mujer que dicta el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y deberá abstenerse de consumir alcohol y estupefacientes.

El 15 de marzo de 2012, Cáceres y su pareja discutieron dentro de la casa donde vivían, en Villa Lugano. En ese momento, el hombre la amenazó: “Si te vas a vivir a la casa de tu mamá, no te voy a dejar tranquila y te voy a seguir por todos lados (…) te voy a matar, te voy a sacar los chicos, no me importa la justicia”. Durante el juicio, la víctima relató que las discusiones eran constantes y que comenzaron cuando tuvo a su hija. “Todo era una discusión y yo tenía la culpa siempre”, dijo y recordó que en una oportunidad, él le escupió la cara.

Tanto para los jueces como para el fiscal, se trató de un caso de violencia de género. El Tribunal tuvo en cuenta el testimonio de una trabajadora social de la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema de Justicia, quién recibió a la víctima. La profesional explicó que la situación en la que se encontraba la mujer era de “alto riesgo” debido a la existencia de amenazas de muerte y el estado de “profunda angustia” que tenía la víctima por estos episodios.

En su alegato, Martínez Burgos sostuvo que lo ocurrido no fue un hecho aislado sino que había un contexto de “violencia insostenible” que llevaron a que la vida de la víctima y de sus hijos “fuera un tormento”. En esa misma línea, los jueces indicaron que todos los testigos coincidieron en que las situaciones de violencia eran reiteradas y que ello hizo que la personalidad de la víctima “fuera menguando”.

Además, consideraron que lo dicho por Cáceres “tiene la suficiente entidad como para generar en la víctima de que se produzca ese daño inminente”.  El fiscal tuvo en cuenta el miedo de la mujer, que fue percibido por la profesional de la OVD.

Los jueces citaron en su fallo la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW) y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belem do Pará).  También, recalcaron la sanción de la Ley 26485 de “Protección Integral a las mujeres para prevenir, erradicar y sancionar la violencia contra las mujeres en todos los ámbitos donde desarrollan sus relaciones interpersonales”. Para los magistrados, este caso se encuadra en un marco de violencia de género dentro de la violencia doméstica, “una de las violaciones de derechos humanos de las mujeres que más se ha visibilizado en los últimos años, como tal y como problema social”.