29 de marzo de 2024
29 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Intervino la Fiscalía General n°3 ante los Tribunales Orales de Menores
Condenaron a penas de 28 y 11 años de prisión a dos imputados por robo e intento de homicidio
El hecho tuvo lugar el 6 de diciembre de 2016 cuando los ahora condenados -uno de ellos por entonces menor de edad- llegaron al domicilio de la víctima para realizar un trabajo de reparación en la cocina y, una vez a solas con ella, le dispararon para robarle dinero y objetos de valor.

En el marco del debate oral en el que intervino la titular de la Fiscalía General N°3 ante los Tribunales Orales de Menores, Patricia Quirno Costa, el Tribunal Oral de Menores N°3 condenó, el miércoles pasado, a dos hombres a las penas de 11 y 28 años de prisión, respectivamente, al considerarlas coautoras penalmente responsables de los delitos de robo, homicidio agravado en grado de tentativa y portación de arma de uso civil.

El hecho

El hecho tuvo lugar el 6 de diciembre de 2016, ocasión en que Federico Loza Vadalá y H.J.K.L. -de 17 años de edad en ese momento- concurrieron a una vivienda que la víctima, de 63 años, tenía para alquiler en el barrio porteño de Parque Chababuco, con el aparente objetivo de realizar una refacción en la cocina, tarea para la cual habían sido previamente recomendados por una empleada doméstica de la víctima, que era pareja de Loza Vadalá.

Una vez a solas con la damnificada, aprovechándose de su estado de indefensión, intentaron darle muerte sobre seguro, “en un marco tal en el que el resultado criminal se viera consolidado y permitiera su impunidad". En ese contexto, mientras Loza Vadalá realizaba una maniobra junto al calefón de la cocina, encontrándose la víctima distraída en su accionar, el menor L. efectuó dos disparos con una arma de fuego calibre .22, uno en la zona de la nuca y otro en la zona temporal derecha. Luego la tomó del cuello, la golpeó y, para ultimarla, intentó asfixiarla y le efectuó tres cortes en el cuello con una navaja, momento en el cual cayó desvanecida.

Acto seguido la despojaron de su cartera, en cuyo interior se encontraban las llaves del domicilio donde vivía la víctima, ubicado a unas diez cuadras. Hacía allí si dirigieron y, una vez en su interior, sustrajeron la suma de treinta y tres mil pesos, tres mil ochocientos dólares estadounidenses y joyas, entre otros objetos de valor. Transcurridas dos horas, la damnificada -que para entonces continuaba desangrándose en el interior del departamento- recuperó la conciencia y dio aviso de lo sucedido a su pareja y a la policía. Al día siguiente, se logró la detención de los imputados en las inmediaciones de la estación de trenes de Constitución.

El juicio

El debate oral –y reservado- se desarrolló entre el 27 de abril y el 30 de mayo pasado.  El Ministerio Público Fiscal, representado por la fiscal Patricia Quirno Costa, acusó a los imputados en orden a los delitos de robo agravado por su comisión con armas en concurso real con el delito de homicidio doblemente calificado por haber sido cometido con alevosía y para consumar otro delito y lograr la impunidad, en grado de tentativa, que se agrava a su vez por haber sido cometido con un arma de fuego en concurso real con el delito de portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal, en calidad de coautores. La Fiscalía solicitó se impusiera a Federico José Loza Vadalá a la pena de 30 años de prisión, y que se declare penalmente responsable al menor H.J.K.L. y, eventualmente, se le impusiera la pena de 21 años de prisión y, aplicándose la reducción prevista en el art. 4° de la Ley 22.278, se lo condenara a la pena de 12 años de prisión.

Al dictar sentencia, el Tribunal Oral de Menores resolvió por unanimidad  condenar a Federico Loza Vadalá a la pena de 28 años de prisión por considerarlo coautor penalmente responsable de los delitos de robo agravado por el uso de arma de fuego consumado, en concurso real con homicidio agravado por alevosía, por haber sido cometido para facilitar otro delito y para procurar la impunidad, y por el uso de un arma de fuego, en grado de tentativa; a su vez agravado por haber intervenido con un menor de edad, y en calidad de autor en orden al delito de portación de arma de fuego de uso civil. Asimismo, declaró penalmente responsable a H.J.K.L. por el delito de robo agravado por el uso de arma de fuego consumado, en concurso real con homicidio agravado por alevosía, por haber sido cometido para facilitar otro delito y para procurar la impunidad, y por el uso de un arma de fuego, en grado de tentativa. En función de ello, lo condenó a 11 años de prisión, accesorias legales y costas, habiéndose aplicado la reducción prevista en el art. 4° de la Ley 22.278, en orden a los delitos por los cuales fuera declarado penalmente responsable. Al unificar la pena con otras condenadas de ejecución condicional dictadas por otros tribunales, los jueces establecieron en 11 años y 9 meses de prisión su condena.

Tal como había sido requerido por la Fiscalía, el tribunal ordenó la extracción de testimonios para que se investigue la presunta participación de una empleada doméstica en el hecho juzgado.

Desde enero de 2007 y en respuesta a un pedido formulado por la Fiscalía de Menores n°3, profesionales de la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas (DOVIC) intervinieron en el caso manteniendo entrevistas y comunicaciones constantes con la víctima, a quien acompañaron tanto durante la etapa de instrucción como de juicio. Tal acompañamiento, que permitió que ésta se mantuviera al tanto de los avances investigación y de la condena impuesta por el Tribunal Oral, continuará durante la etapa recursiva y de ejecución de la condena.