27 de julio de 2024
27 de julio de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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El fiscal Marcelo Martínez Burgos había solicitado cinco años de cárcel
Condenaron a tres años y medio de prisión a un hombre que golpeó y amenazó a su ex pareja
El Tribunal Oral en lo Criminal Nº 22 consideró a Facundo Daniel Torriani culpable por los delitos de “lesiones graves, agravadas por haber sido ocasionadas a una persona con la que había mantenido un relación de pareja y por haber mediado violencia de género” y amenazas coactivas.

Los jueces Patricia Cusmanich, Ángel Gabriel Nardiello y Sergio Paduczak condenaron a Facundo Torriani a tres años y medio de prisión por ocasionarle tres fracturas en el rostro a su ex pareja y amenazarla. El fiscal Marcelo Martínez Burgos había solicitado en su alegato una condena de cinco años. El hombre se encuentra detenido desde diciembre de 2014, cuando se presentó ante el juzgado de instrucción que llevaba adelante la causa.

El 17 de septiembre del 2014, Torriani fue a buscar a la víctima a la salida de su trabajo, cerca de Plaza de Mayo, y la siguió hasta una estación de subte mientras la agredía: “no servís para nada, te voy a matar”. En ese trayecto también le dirigió frases como “perdoname, volvé conmigo”. Una vez dentro de la estación, la mujer tuvo miedo de ser arrojada a las vías por lo que se dirigió hacia las escaleras para salir. En ese momento, el hombre la insultó, le pegó en su rostro, cerca del ojo derecho y salió corriendo.

Minutos después, la llamó por teléfono y la amenazó: si lo denunciaba “le iba a prender fuego la casa y la iba a cagar a tiros a ella y a su casa”. Durante su declaración en el juicio, la víctima relató que recibió varias llamadas desde la cárcel, que “sentía miedo” y que por eso debió desconectar los teléfonos. También contó que actualmente se encuentra bajo tratamiento psicológico y que aún tienen secuelas del golpe.

Durante su alegato, el fiscal ponderó el relato de la víctima, describió la situación en la que se encontraba luego del golpe: “estuvo shockeada, nadie la ayudó, fue en taxi hasta Temperley y estuvo tres días internada en una clínica”. Citó un informe de la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema donde se detalló la gravedad de las lesiones y la vulnerabilidad de la mujer.

“Había acoso, amedrentamiento, celotipia, violencia indiscriminada, él practicaba artes marciales, portaba y trabajaba con armas. Todos elementos de riesgo, según la OVD”, detalló Martínez Burgos. Para los jueces, “el imputado la siguió con el claro y único propósito de agredirla, intención que finalmente concretó, conociendo acabadamente la magnitud de los daños que con ese golpe podía ocasionarle”.

El representante del Ministerio Público hizo hincapié en los múltiples llamados que el acusado le hizo a su ex pareja ese día antes de la agresión. Los jueces sostuvieron, en esa misma línea, que debido a la cantidad de llamadas registradas “no era difícil inferir el grado de ansiedad y violencia que lo dominaba”. Concluyeron que había “una escena clara de persecución violenta que finalizó con el golpe que recibió la mujer”:

El Tribunal citó en su fallo a la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW), con jerarquía constitucional en nuestro país; la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belem do Pará); y la Ley 26.485 de “Protección Integral a las mujeres para prevenir, erradicar y sancionar la violencia contra las mujeres en todos los ámbitos donde desarrollan sus relaciones interpersonales”.

Destacaron que la conducta de Torriani estuvo orientada a “cercenar el ámbito de libertad” de su ex pareja mediante “dichos y actitudes”. Los jueces sostuvieron que para el imputado la víctima era, según su visión, “un ser inferior por su condición de mujer”.