25 de abril de 2024
25 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Tiene otras dos sentencias por delitos contra la integridad sexual
Condenaron a un año y ocho meses de prisión efectiva a un hombre que manoseó a una mujer en una estación de trenes
Los jueces Javier Anzoátegui, Luis María Rizzi y Carlos Alberto Rengel Mirat consideraron que Santiago Jorge Andrés Mieres redujo a la víctima “a un simple objeto”. El hombre aceptó su responsabilidad en un acuerdo firmado con el fiscal Fabián Céliz.

El Tribunal Oral en lo Criminal Nº23 condenó a un hombre a un año y ocho meses de prisión de cumplimiento efectivo por “tocarle la cola” a una mujer en la estación Constitución en abril de 2016. Santiago Jorge Andrés Mieres reconoció el hecho en un acuerdo firmado con el fiscal Fabián Céliz, aunque durante la instrucción lo había negado.

El 18 de abril de 2016, cerca de las 15:20, Mieres bajó en el andén 8 de la Estación Constitución de trenes y se acercó a la damnificada, quien esperaba que bajaran todos los pasajeros del tren para poder subir. En ese momento, y sin mediar consentimiento, el hombre la tocó en la zona de sus glúteos. La situación fue advertida por un empleado de seguridad de la empresa de trenes, quien detuvo al hombre y lo puso a disposición de la policía. El hombre está detenido actualmente en el Complejo Penitenciario Nº2 de Marcos Paz.

Los jueces Javier Anzoátegui, Luis María Rizzi y Carlos Alberto Rengel Mirat consideraron que se trataba de un “abuso sexual simple”. indicaron que el “tocamiento” contenía “un indiscutible significado de aproximación sexual”. Y agregaron: “La conducta es abusiva no por su significado o dirección sexual, sino porque se ejerce prescindiendo de la voluntad de la mujer, reduciéndola a simple objeto del tocamiento, y en eso consiste el abuso”.

Si bien el Tribunal sostuvo que no hubo un plan elaborado sino que sólo fue "la propia decisión de cometer el delito y de elegir el momento”, sí tuvo en cuenta que Mieres fue condenado tres veces antes, la última hace cuatro meses. Además, dos de esas condenas fueron por delitos contra la integridad sexual, lo que para los jueces reveló que el hecho no fue una conducta aislada, “sino que indica especificidad criminal”.

El Tribunal dispuso, además, la unificación de penas, ya que Mieres fue condenado el 29 de abril por el Juzgado Correccional Nº6 de Lomas de Zamora a ocho meses de prisión por el delito de “abuso sexual simple”, por lo que deberá cumpli la pena única de dos años y tres meses de prisión.