30 de marzo de 2024
30 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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El imputado reconoció durante el juicio la autoría del hecho
Condenaron a un hombre a 16 años de prisión por el homicidio de un empresario
El Tribunal Oral en lo Criminal Nº27 coincidió con la pena solicitada por el fiscal Guillermo Pérez de la Fuente. En agosto de 2013, André Conrado Espinoza había apuñalado 40 veces a Roberto Nicolás Adamo y luego huyó del edificio, ubicado en Las Cañitas.

Los jueces Javier Esteban de la Fuente, Jorge Horacio Romero y Federico Marcelo Salvá condenaron a 16 años de prisión a un joven de 23 años de nacionalidad brasileña por los delitos de “homicidio simple en concurso real con hurto simple”. El fiscal de juicio Guillermo Pérez de la Fuente había reclamado la misma pena para André Conrado Espinoza, actualmente detenido en el Complejo Penitenciario Federal Nº1 de Ezeiza.

El domingo 18 de agosto de 2013, entre las 11:40 y las 12:06, Espinoza asesinó al empresario Roberto Nicolás Adamo con dos cuchillos que había en la vivienda. Según la autopsia, el ataque le produjo a la víctima cuarenta lesiones ubicadas en el rostro, cuello, tórax y brazos. El ahora condenado huyó del domicilio con una valija de Adamo donde había una computadora y un teléfono celular. En el juicio, declaró el encargado del edificio de Las Cañitas donde vivía el empresario, quién reconoció a Espinoza y recordó haberlo visto aquel día.

La noche anterior al homicidio, Espinoza había concurrido al domicilio de la víctima junto con otros dos hombres. Los tres trabajaban como “escorts”. Luego de una serie de encuentros sexuales, las otras dos personas se retiraron. Durante el juicio, el acusado admitió haber matado a Adamo luego de una discusión que tuvieron pero aclaró que no fue su intención “hacerlo sufrir”.

Además de la “confesión” del acusado, el fiscal valoró las cámaras de seguridad del edificio; la investigación relacionada con llamadas telefónicas realizadas por los dos hombres que estuvieron la noche del 17 de agosto en el departamento y sus testimonios en la causa. El Tribunal tomó en cuenta la prueba enumerada por el representante del Ministerio Público y destacó el resultado de los peritajes efectuados por la División Laboratorio Químico de la Policía Federal que analizaron un perfil genético encontrado en el departamento. Ese material coincidió con el perfil de la muestra de sangre del acusado.

Si bien la causa había sido elevada a juicio por el delito de “homicidio agravado por haber sido cometido con ensañamiento”, el fiscal durante su alegato explicó porqué debía descartarse ese agravante. Para Pérez de la Fuente, “no existió certeza para afirmar que Espinoza haya buscado aumentar en forma deliberada el sufrimiento a la víctima”. Explicó que no puede precisarse el orden o secuencia de las 40 lesiones, por lo que no podía probarse que el victimario haya querido matar y generar un sufrimiento innecesario. En su fallo, el Tribunal coincidió con el fiscal e indicó que no se puede afirmar que Espinoza haya utilizado deliberadamente los cuchillos para matar a Adamo con la finalidad de “hacerlo sufrir”.

El representante del Ministerio Público descartó, además, el agravante por alevosía. “No se pudo probar que la víctima hubiese estado distraída o que haya sido muerta a traición” describió y sostuvo que el empresario tenía lesiones defensivas, por lo que tuvo “alguna posibilidad de defensa”. También, explicó que no podía imputarle la muerte para ocultar otro crimen (en este caso, el hurto de la computadora y el celular) “pues todo indica que la decisión de apoderamiento se tomó con posterioridad a la muerte”. En esa misma linea, se pronunciaron los jueces, quienes explicaron que en la casa quedaron varios objetos de valor (la billetera con dinero, por ejemplo) por lo que podría considerarse que Espinoza decidió llevarse los dos elementos que creyó que podían incriminarlo.