26 de abril de 2024
26 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Interviene el fiscal federal Fernando Domínguez
Confirmaron el procesamiento de ex directores de TBA por el descarrilamiento de una formación de la línea Mitre
La medida también alcanza al empresario Sergio Cirigliano. Lo resolvieron los jueces de la Sala I de la Cámara Federal de San Martín a partir de los planteos de los abogados defensores.

La Sala I de la Cámara Federal de San Martin confirmó el procesamiento, sin prisión preventiva, de la los directores de la empresa TBA Mario Darío Moroz; Guillermo Alberto D´Abenigno; Esteban Pont Verges; Carlo Michele Ferrari; Antonio Marcelo Ricardo Suarez; Victor Eduardo Astrella; Francisco Adalberto Pafumi y Jorge Alberto de los Reyes y del accionista de esa firma Sergio Claudio Cirigliano por el descarrilamiento de un vagón –artículo 196 segundo párrafo del Código Penal-,  de una formación de la línea Mitre (ramal Retiro-Tigre),  que provocó lesiones en el guarda del tren y la cancelación del servicio público de transporte. También, se trabaron embargos por 200.000 pesos a los imputados. Los jueces encuadraron su decisión en el marco del artículo 196 segundo párrafo del Código Penal que prevé penas de uno a cinco años de prisión a quien "por imprudencia o negligencia o por impericia en su arte o profesión o por inobservancia de los reglamentos u ordenanzas, causare un descarrilamiento, naufragio u otro accidente"

Se trata del  hecho ocurrido el 25 de julio de 2010 cuando, en horas de la tarde, una formación de la línea Mitre (Ramal Retiro-Tigre) de la  empresa Trenes de Buenos Aires SA (TBA) se detuvo a metros de la Estación terminal ubicada en el partido del Conurbarno boonaerense, a raíz del descarrilamiento de uno de sus seis coches, debido al desprendimiento del boogie trasero. Como consecuencia de ello, el guarda del tren, José Luis Delgado, sufrió lesiones y  se produjo la interrupción del servicio público de transporte.

La Sala I consideró que la decisión de la jueza federal Sandra Arroyo Salgado se encuentra debidamente fundada y guarda relación con los antecedentes de la causa. En ese sentido, los camaristas entendieron que las presentaciones de las defensas sobre arbitrariedad en el fallo de la magistrada es una “mera disconformidad subjetiva con lo resuelto”. Además, resolvieron que no tenga favorable acogida los planteos de los letrados  vinculados a que los imputados, no ocupaban cargo alguno en el directorio de TBA, al momento de los hechos.

Por otra parte, del fallo de la Cámara se desprende: “Teniendo en cuenta lo ya destacado en cuanto a la desidia que presentaba la concesión de TBA, no cabe duda que los nombrados desentendieron las tareas de conservación y cuidado que le fueron impuestas en el contrato de concesión. Si bien, como sostiene la mayoría de los recurrentes, sus defendidos no tenían como obligación directa el control de las vías, es del caso señalar que dentro de organizaciones estructuradas, como lo era TBA, el cargo que ostentaban implicaba asumir un control de sus dependientes. De lo contrario, no se entendería la razón por la que se los colocó en ese puesto, que no haya sido otra que la de velar por el desarrollo de tan importante actividad, como lo es el transporte masivo de pasajeros.”

La jueza federal de San Isidro, Sandra Arroyo Salgado, entendió que “el siniestro se produjo por deficiencias no atribuibles a factores ajenos o a terceros, así como también las advertencias que sobre ello venían haciendo los organismos de control, es posible afirmar (…) que el siniestro fue consecuencia directa de la negligencia en el desempeño de sus funciones y la inobservancia de las obligaciones y los deberes a su cargo –por parte de todos los imputados, cada uno dentro de su campo de competencia”.

El dictamen de la Fiscalía

El fiscal federal Fernando Domínguez había solicitado el procesamiento de Mario Darío Moroz; Guillermo Alberto D´Abenigno; Sergio Claudio Cirigliano; Esteban Pont Verges; Carlo Michele Ferrari; Antonio Marcelo Ricardo Suarez; Victor Eduardo Astrella; Francisco Adalberto Pafumi, y Jorge Alberto de los Reyes, en calidad de responsables de la empresa Trenes de Buenos Aires S.A. durante el hecho investigado, por el delito que se encuadra en los artículos 45 y 196 del Código penal incisos 1 y 2, por haber omitido el mantenimiento adecuado de las instalaciones ferroviarias de la estación Tigre, lo que generó que un vagón de una formación de la línea Mitre descarrilara y provocara lesiones en una persona, y la cancelación del servicio.

Según surge del  documento de la Fiscalía, los imputados formaban parte del directorio de la compañía, o bien resultaban ser accionistas de la misma  (Cirigliano, mediante Cometrans S.A.). Según la fiscalía, “eran quienes detentaban el control operativo, técnico, jurídico y contable de la mencionada empresa, como cabeza de la misma”, y Moroz en calidad de responsable de la “Jefatura de Vías” (área encargada de controlar el mantenimiento y seguridad de cambio de vías ADV N°72, ubicado en el ingreso a la estación Tigre del Ferrocarril General Mitre) de la empresa TBA S.A.

Asimismo, el representante del MPF entendió que los imputados “a raíz de la negligencia en su profesión, y la inobservancia de los reglamentos u ordenanzas que les correspondían  -contrato de concesión- provocaron que la formación de la línea  Mitre (ramal Retiro-Tigre) compuesta por seis coches,  descarrilase” generando lesiones en José Luis Delgado (lo que le impidió trabajar por más de 30 días). En este sentido, el representante del MPF explicó que si se hubiese dado cumplimiento al correspondiente mantenimiento de las formaciones no se hubiera provocado el hecho.

Oportunamente, la Fiscalía pidió la indagatoria de los imputados argumentando, entre otras cuestiones, que “ dado el cargo que revestían, debían cumplir con las obligaciones impuestas en el contrato de concesión firmado con el ex Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos”, en relación al mantenimiento  de la totalidad de bienes inmuebles y muebles afectados a la concesión, como así también la realización de programas de inversiones;  con la finalidad de “ofrecer un mejor servicio de transporte público ferroviario de pasajeros, que sea a la vez eficiente, confiable y seguro”.

Fernando Domínguez sostuvo en su pedido que la falta de mantenimiento de la vías era una “constante y que las deficiencias apuntadas por la CNRT”  fueron provocando un deterioro estructural y progresivo con fallas irreversibles.