19 de abril de 2024
19 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Intervino la Fiscalía General Nº3
Confirmaron el procesamiento y la prisión preventiva de uno de los acusados por los incidentes en el local de la Comuna 4
Rodolfo Corzo, empleado del Gobierno de la Ciudad, fue procesado por el delito de tentativa de homicidio, acusado de apuñalar a un integrante de la agrupación “Boca es Pueblo”, en mayo de este año.

Los jueces Julio Marcelo Lucini y Luis María Bunge Campos confirmaron el procesamiento y la prisión preventiva de Rodolfo Corzo (h), acusado de apuñalar a Matías Scinica, integrante de la agrupación “Boca es Pueblo” en mayo de este año. En esa línea, se había expresado el titular de la Fiscalía General Nº3 Mauricio Viera durante la audiencia de apelación realizada ayer.

La Sala IV de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional detalló en su fallo lo ocurrido el 4 de mayo pasado mientras se realizaba la primera reunión del año del Consejo Consultivo de la Comuna 4. Aproximadamente, 150 personas se encontraban en el lugar, ubicado en la Avenida Del Barco Centenera 2906, entre vecinos e integrantes de agrupaciones sociales como “Boca es Pueblo”, “Descamisados”, “Los Pibes” y “Patria es grande”.

El padre del imputado (apodado como “el Cordobés”) lideraba el grupo donde estaba Corzo que, desde el inicio de la reunión mediante agresiones y amenazas, se oponían a los temas que se iban a tratar, especialmente lo relacionado a la venta de terrenos linderos al predio de “Casa Amarilla” al Club Atlético Boca Juniors.

Cuando uno de los integrante de la agrupación “Los Pibes” planteó su oposición a la transferencia de esos terrones al Club, se produjeron los incidentes: el grupo de Corzo se abalanzó sobre él. En ese momento, Corzo hijo sacó un cuchillo tipo tramontina y lesionó a Scinica en el cuello mientras el resto arrojaba sillas y hierros, lo que causó las heridas de Fernando Abal Medina, que también se investigan en la causa.

Para la defensa del imputado, se trató de una lesión leve la que sufrió el damnificado, en respuesta a una supuesta agresión a su padre y no una tentativa de homicidio, imputación por la que fue procesado. Para los jueces, ese argumento no se vio acreditado ni en los testimonios ni en las filmaciones que constan en el expediente.

La Fiscalía tuvo en cuenta en su exposición el contexto donde ocurrió el ataque y la idoneidad del elemento utilizado para agredir: un cuchillo que sacó de entre sus ropas, es decir, que había llevado al lugar y no que lo encontró en el piso como había expresado. También, destacó la zona vital donde lo hirió, lo que le permitía sostener, por lo menos por esta etapa, el dolo de matar de Corzo.

La Sala IV retomó este argumento y consideró que la agresión fue sin ningún tipo de justificativo, ya que en los videos no se observaron agresiones previas a sus familiares. Incluso resaltaron que los que amenazaban eran los del grupo de Corzo. “El contexto de violencia en que se desarrolló su acción autoriza a sostener que conocía el peligro concreto que ello generaba”, agregó.

Con respecto a la prisión preventiva del imputado, los jueces consideraron la postura que tuvieron tanto Viera como la abogada querellante María del Carmen Verdú, quienes manifestaron su rechazo a la excarcelación. La fiscalía sostuvo que la situación no varío de cuando le rechazaron la exención de prisión, luego de que se librase el orden de detención contra él, en mayo. Recalcó, además, que la situación no era desproporcionada si se tenía en cuenta la gravedad de la acusación y el corto tiempo que lleva detenido, ya que fue arrestado desde el 1 de septiembre.

En esa misma línea, los jueces afirmaron: “no es menor el tiempo que estuvo prófugo, pues a pesar que sabía que se había ordenado su detención y rechazado su exención de prisión no se presentó voluntariamente sino que fue aprehendido en un control poblacional”. La Cámara citó un informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde al tratar el peligro de fuga, se sostiene: “la seriedad del delito y la eventual severidad de la pena son dos factores que deben tenerse en cuenta para evaluar la posibilidad de que el encausado intente fugarse para eludir la acción de la justicia”.

Durante la audiencia, el abogado del imputado dijo que, como empleado estatal, Corzo firmó durante estos meses su asistencia a las oficinas de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Por esta declaración, la abogada querellante pidió investigar porque no fue buscado por la Policía Metropolitana ni denunciado por el Gobierno de la Ciudad si tenía una orden de captura. En su fallo, Lucini y Bunge Campos ordenaron enviar una copia del audio a la Sala de Sorteos de la Cámara de Apelaciones para que se determine el juzgado que deberá intervenir en el delito de acción pública denunciado.

En la investigación dirigida por los fiscales a cargo de la Fiscalía de Distrito de los Barrios de Nueva Pompeya y Parque Patricios, Adrián Giménez y Marcelo Munilla Lacasa, se encuentran imputados todos los agresores, entre quienes se encuentra el padre de Corzo.  Interviene el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N°23, a cargo de Roberto Ponce.