28 de marzo de 2024
28 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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En la etapa recursiva intervino el Área de Asistencia ante la Cámara Nacional de Casación Criminal y Correccional del MPF
Confirmaron la condena a 20 años de prisión a un hombre por el intento de femicidio de su ex pareja
Los hechos juzgados, ocurridos en marzo de 2017 en Villa Pueyrredón, incluyeron también la tentativa de homicidio de su hijo y las amenazas a tres vecinos que intentaron detenerlo.

La Sala I de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional confirmó la condena a 20 años de prisión a un hombre que intentó asesinar a su ex pareja, en marzo de 2017. Luis Palavecino fue condenado, además, por haber intentado matar a su hijo y por haber amenazado a tres vecinos con un cuchillo, todo luego de la agresión inicial contra su ex. En la etapa recursiva intervino el Área de Asistencia ante la Cámara Nacional de Casación Criminal y Correccional del Ministerio Público Fiscal, representada por el fiscal Leonardo Filippini.

En el fallo del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°21, integrado por los jueces Diego Barroetaveña, Liliana Barrionuevo y Horacio Barberis, se explicó que el 12 de diciembre de 2016, Palavecino empujó, escupió y amenazó a su ex con colgarla del televisor si ella insistía en echarlo de la casa que compartían. El temor que le generó a la víctima hizo que la mujer se fuera automáticamente de la casa. Lo relatado fue corroborado por sus dos hijos, quienes explicaron cómo se fue su madre sin siquiera agarrar alguna de sus pertenencias. La hija contó, además, que mientras le preparaba una valija con ropa, el imputado se enojó con ella acusándola de “traicionera” y le aseguró que esas prendas no saldrían de la casa.

Meses después, el 24 de marzo de 2017, cerca de las once de la mañana, Palavecino se presentó en la casa donde vivía su ex, en el barrio porteño de Villa Pueyrredón, lugar del que había sido excluido veinte días antes por orden del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 85. En ese momento, la víctima junto con otros vecinos estaban en el patio ordenando algunas de las cosas que había dejado el acusado.

Palavecino sorprendió a su ex pareja, la tomó de sus cabellos, la colocó contra una medianera y, girándole la cabeza, le clavó un cuchillo cinco veces en el cuello y en el cuerpo. Luego, el hombre arremetió contra su hijo diciéndole “ahora te toca a vos hijo de puta”. El joven logró esquivar los puntazos que intentó asestarle su padre pero cayó sobre un cantero. En ese momento, tres vecinos intentaron detenerlo pero él los amenazó también con el cuchillo.

Minutos más tarde, Palavecino fue detenido a unas cuadras de allí por varios oficiales de la Policía de la Ciudad, a quienes agredió con el cuchillo. La ex pareja del acusado fue trasladada de manera urgente al hospital, donde fue operada y permaneció en terapia 25 días.

Palavecino fue condenado en diciembre de 2017 por los delitos de “homicidio agravado por haber sido cometido a su ex pareja y por mediar violencia de género en grado de tentativa”; homicidio calificado por haber sido cometido contra un descendiente en grado de tentativa”; “amenazas coactivas con armas en tres ocasiones”; y “resistencia a la autoridad en concurso ideal con lesiones”; y “amenazas coactivas”. El fiscal de juicio Fernando Fiszer había solicitado también 20 años de prisión, en línea con la investigación que llevó adelante el fiscal Eduardo Rosende.

Ante el fallo, la defensa presentó un recurso donde cuestionó varios aspectos de la resolución judicial. El fiscal Filippini, al presentar un escrito ante Casación, analizó los fundamentos que utilizaron los jueces para llegar a una condena. Tomó en cuenta la congruencia de los testimonios de los hijos de la víctima en el hecho donde su madre fue amenazada, quien contaron que también fueron amenazados. Esa situación fue clave, según contó la víctima, para presentarse ante la Oficina de Violencia Doméstica, de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN). La dependencia elaboró un informe donde consta la problemática de violencia de género.

Sobre el intento de femicidio, el fiscal marcó que era claro que la relación de pareja que vinculó a víctima y victimario por tanto tiempo colocó a Palavecino en una posición privilegiada y que facilitó la agresión. Resaltó que el hecho fue en la casa donde había vivido hasta hacía un mes y que sorprendió a la mujer a plena luz del día y cuando estaba totalmente desprevenida.

Retomó también lo expresado por los jueces en su fallo sobre el contexto en el que se dio el intento de asesinato. Allí, se valoró la distribución desigual de poder evidenciada por los hechos previos de violencia y el desprecio a su vida y la de sus hijos.

La actuación de Casación
En el voto del juez Gustavo Bruzzone, al que adhirieron Patricia Llerena y Jorge Luis Rimondi, se analizaron primero las amenazas que sufrió la mujer en diciembre de 2016. Se explicó que los argumentos del tribunal para condenar a Palavecino no fueron arbitrarios sino que en el fallo se indica cuál fue el hecho que llevó a la víctima a irse de su casa y como el relato de sus hijos, aunque no estuvieron presentes en ese momento, coincidió con lo expresado por su madre.

Con respecto al intento de femicidio, indicó: “cuestionar que éste no sería un caso de violencia de género, linda con lo ridículo y hasta constituye una falta de respeto a la inteligencia, frente al correcto desarrollo que, producto de la inmediación, llevó a cabo el tribunal en la sentencia. Lo que se propone como crítica al fallo, tildándolo de arbitrario, es una tergiversación de lo que ocurrió, que de ninguna manera afecta las conclusiones a las que se llegó respecto de todas las imputaciones recaídas”.

“Cuestionar que éste no sería un caso de violencia de género, linda con lo ridículo", enfatizó la Sala I.

Para Bruzzone, el elemento violencia de género se encuentra constatado debidamente. Enumeró que, de acuerdo a la sentencia, varias veces Palavecino agredió a su pareja y que incluso llegó a quemarle el auto con sus prendas. También tomó como ejemplo lo sucedido en diciembre de 2016 como antecedente inmediato de la situación de violencia de género a la que era sometida la mujer.

Sobre el monto de la pena

Con respecto a la graduación de la pena, repasó los argumentos que tuvo el tribunal y marcó que la mujer estuvo en terapia intensiva 25 días e internada después dos meses más. Como consecuencia del ataque tuvo que someterse a varias intervenciones, entre ellas una traqueotomía y que durante el debate todavía se encontraba bajo tratamiento. Además, se valoró que, debido a esta situación, el hijo del imputado decidió mudarse hacia otro país.

Para convalidar el monto de la pena se tuvo en cuenta que la mujer estuvo en terapia intensiva 25 días,   internada dos meses más y que fue sometida a varias intervenciones.

“Estamos ante un caso en que el acusado se presentó en la vivienda de su ex pareja, habiendo sido excluido del domicilio por orden judicial, y la atacó con un cuchillo tipo navaja con puntazos en el cuello, para luego agredir con el mismo elemento a su hijo; luego, soltó puntazos en dirección hacia los vecinos que intentaban impedir su accionar, a quienes también amenazó; a su vez, se resistió a la detención de los policías intervinientes, que al tratar de reducirlo resultaron lesionados”, concluyó Casación.

Además, de acuerdo a lo que el Tribunal había fallado y la Fiscalía había sostenido, consideraron que Palavecino debía ser condenado por las dos agravantes previstas dentro del artículo 80 del Código Penal: el inciso 1 por la relación de ex pareja que tenía con la víctima y por el inciso 11, el que se configura cuando un hombre ataca a una mujer mediando violencia de género.