24 de octubre de 2024
24 de octubre de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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La condena a diez años de prisión aún no está firme
Confirmaron la detención de un hombre condenado por abusar sexualmente de su pareja
La Cámara Nacional de Casación declaró inadmisible el recurso de Sergio Luis Barrios, detenido después de la sentencia, tal como había solicitado la Fiscalía.

Los jueces Luis García, Horacio Días y María Laura Garrigós de Rébori confirmaron la detención de un hombre condenado a diez años de prisión por abusar sexualmente de su pareja. La Fiscalía, representada por María Luisa Piqué, sostuvo lo que el fiscal Ariel Yapur le había solicitado al Tribunal Oral en lo Criminal Nº5 en mayo pasado, cuando pidió que detengan a Sergio Luis Barrios porque había riesgo de que eluda la justicia.

En la audiencia, la defensa de Barrios solicitó la excarcelación del hombre ya que consideraba que siempre se mantuvo a derecho y que las razones por las cuales se había ordenado la detención eran arbitrarias. Recalcó también que la condena no está firme. La representante del MPF replicó que, si bien la expectativa de pena no justifica por sí sola el dictado de la prisión, en este caso ya no se trataba de una pena en abstracto.

Piqué retomó lo que el fiscal Yapur había argumentado durante el juicio: que Barrios habría tenido “influencia” sobre ciertos testigos, por lo que en caso de concederle la libertad, se podría frustrar el futuro cumplimiento de la pena. También, tuvo en cuenta que el tiempo que lleva de detención no es desproporcionado si se tiene en cuenta la pena impuesta y que el recurso de la defensa por la condena ya se encuentra en la Cámara.

En el voto del juez García, al que adhirieron Días y Garrigós de Rébori, se declaró inadmisible el recurso de la defensa. Expuso que si bien el imputado tiene derecho a que se revise su detención en la medida en que se produzca un cambio decisivo, afirmó que en este caso no lo hubo.

El caso

Barrios convivía con la víctima en un departamento de Palermo. Hacia fines de 2014, intentó abusar de ella mientras la joven dormía, pero ella despertó y lo alejó. Semanas después, el 31 de enero de 2015, el hombre la amenazó con un cuchillo y dijo que iba a matarla. Luego, la forzó a mantener relaciones sexuales con él. La agresión sexual, física y verbal fue corroborada por los dichos de la víctima, el informe de la Oficina de Violencia Doméstica y el de la Brigada Móvil de Atención a Víctimas de Violencia Sexual. En el escrito de la OVD, se describió la situación como de “altísimo riesgo”, no sólo para la mujer sino también para la hija que tienen en común, que en el momento de la agresión tenía dos años.

En la sentencia, los jueces Adrián Perez Lance, Rafael Alejandro Oliden y Fátima Ruiz López habían calificado el relato de la víctima como “ordenado, coherente y verosímil y que tuvo sustento en el resto de la prueba incorporada al debate”. Consideraron que trasmitió con “claridad” lo que le sucedió y que le produjo una “una profunda tensión y un gran temor”. Indicaron que esa misma impresión fue la que percibieron dos de los testigos que la vieron luego de la agresión: el médico del hospital donde fue atendida y el agente de la Policía que le tomó la denuncia sostuvieron que se la veía nerviosa y atemorizada. Incluso tomaron en cuenta que la damnificada no quería venir a declarar al juicio porque había perdonado al acusado, por lo que descartaron que hubiera un afán de perjudicar a Barrios como sostuvo la defensa.

Tanto para el fiscal Yapur como para los jueces, lo sucedido constituyó “una clara actitud delictiva de violencia de género y revelan una concepción que lejos de respetar a la mujer reconociéndole autonomía y libertad la reduce a una mera posesión, un objeto bajo su esfera de control”. Sostuvieron que Barrios utilizó a la víctima para satisfacer sus deseos sexuales “sin importarle lo que ella pensaba o sentía”.