29 de marzo de 2024
29 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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En el juicio intervino la Fiscalía General Nº16 ante los Tribunales Orales Criminales y Correccionales
Confirmaron la sentencia de un hombre que abusaba de su nieta
Así lo resolvió la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional. Los jueces consideraron que las pruebas eran contundentes contra el imputado, aunque modificaron la calificación legal por la que había sido condenado.

La Sala I de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional confirmó la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº16 que condenó a un hombre que abusó sexualmente de su nieta durante diez años. En la causa intervino el fiscal general Fernando Fiszer, a cargo de la Fiscalía General Nº16 ante los Tribunales Orales Criminales y Correccionales.

Si bien los jueces Luis García, María Laura Garrigós de Rébori y Gustavo Bruzzone consideraron que las pruebas rendidas en el juicio eran “contundentes” para sostener la condena del hombre, modificaron la calificación legal que le había fijado el Tribunal, por lo que finalmente la pena fue de ocho años de prisión.

El caso

De acuerdo al fallo condenatorio, el hombre de 84 años abusó sexualmente de su nieta desde sus siete hasta sus diecisiete años. Para los magistrados que realizaron el juicio, las acciones del condenado implicaron un “sometimiento gravemente ultrajante, con daño en su salud mental y afección de su desarrollo psico-sexual”.

Los hechos ocurrieron en la casa del imputado, en el barrio de Villa Urquiza. Cuando la víctima era una niña, iba a almorzar después del colegio y allí el hombre se aprovechaba. Los abusos continuaron durante la adolescencia, hasta que en junio de 2013 la joven intentó suicidarse. Su madre lo impidió y llamó a un psiquiatra, a quién la víctima le confesó lo que ocurría con su abuelo. Tanto la fiscalía en su alegato como los jueces en su sentencia destacaron el testimonio de la damnificada y el de su madre. Además, contaron con informes psiquiátricos y psicológicos.

Consideraron que los dichos que efectuó su progenitor, quién optó por no creerle a su hija y sí a su padre, “no resisten el menor análisis y si se quiere, resultan una respuesta absurda ante la evidencia que surge de los restantes elementos de prueba antes enunciados”. Para el fiscal, la damnificada tenía miedo a contarlo “porque por un lado nadie le iba a creer y por otro provocaría una ruptura familiar”.

El fallo de Casación

La defensa del hombre presentó un recurso ante la Cámara por considerar que la sentencia resultaba arbitraria y que no había valorado correctamente el informe que hicieron los peritos de parte.

Para los jueces de la Casación, el tribunal de juicio “llevó adelante una adecuada reconstrucción de los sucesos materia de debate”. Afirmaron que compatibilizaron los relatos de los testigos con toda la prueba desplegada en las audiencias, por lo que se llegó a una “fundada conclusión” acerca de la existencia de los hechos y la participación del imputado. Con respecto al informe, los magistrados consideraron que fue analizado y plasmado en la sentencia pero no en el sentido en que la defensa pretendía.

Con respecto al delito por el que fue condenado, los jueces citaron el alegato que realizó el fiscal Fiszer, donde acusó por “abuso sexual cometido en la modalidad de gravemente ultrajante por su duración, agravado por el vínculo” y había pedido diez años de prisión. No obstante, el Tribunal lo condenó por “corrupción de menores agravada por el vínculo” con la misma pena.

La Fiscalía consideró en su exposición que el hombre cometía los abusos con el fin de “satisfacerse a sí mismo” y que “no había atención en la repercusión que en ella pudiera tener”. La Cámara coincidió con este criterio: “el imputado no puede ser incriminado por el delito de corrupción de menores, puesto que si bien involucró a la víctima en su proyecto sexual, el fin de corromper no fue el que habría guiado sus acciones, como planteó criteriosamente la fiscalía”.