El Máximo Tribunal penal rechazó los recursos interpuestos contra la sentencia del Tribunal Oral Federal de la ciudad balnearia, que en 2018 les había impuesto penas de entre cuatro y nueve años de prisión al considerar que formaron parte de una agrupación destinada a imponer sus ideas y combatir las ajenas por la fuerza y propagar proclamas discriminatorias. También se les imputaron los delitos de lesiones graves y leves, daños y amenazas, motivados por el odio a personas de diferentes colectivos como judíos, personas trans, homosexuales, antifascistas, anarquistas y punks. El MPF había postulado que no correspondía hacer lugar a los recursos.