La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó los procesamientos y embargos dispuestos por la titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°6, Alejandra Provítola, respecto de 14 personas acusadas de integrar una asociación ilícita -incluido el bailarín de la cantante Tini Stoessel, Axel Brian Egestti- que realizó fraudes a través de redes sociales en perjuicio de, al menos, 894 víctimas y por un monto que ascendería a 8 millones de pesos.
El tribunal revisor analizó los recursos interpuestos por las defensas de las personas imputadas y resolvió en línea con los planteos de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°38 y la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia (UFECI), que encabezan los fiscales Juan Pedro Zoni y Horacio Azzolin, respectivamente, cuya presentación fue mantenida en la instancia por el titular de la Fiscalía General N°3 ante la esa instancia, Mauricio Viera.
El caso
A partir de abril de 2021, la UFECI comenzó a compilar reportes de personas que indicaban que habían sido estafadas al comprar muebles a través de la cuenta de Instagram @OtokiDeco. La Unidad Especializada contactó a las víctimas y dispuso la creación del perfil @otokideco_estafa donde interactuó con más damnificados. Así, se judicializaron un total de 71 casos.
Posteriormente, la UFECI recibió nuevos reportes sobre otros perfiles en esa red social, donde ofrecían los mismos productos, tenían “looks and feels” similares, al igual que las tiendas donde redirigían para concretar las compras.
Ante el incremento de los casos, durante 2022 la UFECI realizó 17 investigaciones preliminares y trabajó coordinadamente con la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°38 para dar con los perpetradores.
De acuerdo con la investigación, la organización creaba diversas cuentas en Instagram, las cuales simulaban ser comercios oficiales de venta de muebles para el hogar, artículos gamer, tiendas de zapatillas, ropa para bebés y entradas para espectáculos. Para ello utilizaban los usuarios @otokideco; @linihome.ar; @denisiahome; @ronna_hogar; @ronnahogar.ar; @lohaupgaming; @pechestienda; @blastdeco.ar; @gamestreet.21; @gamerstreet.ok; @gamerplace.store; @mafiadigital.ok; @tomtohome; @tomtohome_; @todomodernoba; @studiomoderno.tu; @kapitaldeco; @tribusillas; @macu.express; @clubgaming.shop; @versusgamingarg; @wearegamers.ar; @deco.homeshop; @Arenagamingshopp; @Arenagaminarg; @tugameshoponline; @tugamingshoparena; @Mastergamingarg; @etiopiashoparg; @decoplus.home; @homeplusdecoracion; @mundosilla.arg; @ciudadgamer_; @ciudadgamer.arg; @bsasciudadgamer; @decomueblesarg_ ; @decoracionmueblesarg_ ; @decoracionmuebleshome ; @progamingar ; @progamingshop_; @gamingproarg; @planetabebe.ar; @zapasimportadas.arg; @lotushomedeco_; @altaszapasimport; @exclusiveshoesimport; @tutalleideal_; @gamerzone_ar; @gamerzonestudio; @deltatecharg y @ticketpoin.ar.
La Cámara Nacional en lo Criminal y Correcional destacó “la gravedad de la imputación formulada, ya que los causantes integrarían una asociación ilícita que se dedicada a la comisión de maniobras defraudatorias, con el empleo de medios informáticos y de diversas técnicas de engaño, dirigidas hacia personas físicas”.
Las víctimas llegaban a las cuentas por publicidades de Instagram pagas, que los redirigían a tiendas virtuales alojadas en Shopify, donde se terminaban de concretar las compras. Las personas damnificadas abonaban los productos, pero los supuestos comercios jamás se los entregaban.
También se estableció que la organización habría estafado a 24 personas en la compra de entradas para recitales musicales, entre los que se incluye el show de Stoessel, en el que Egestti era bailarín.
El cruce de las direcciones IP, las transferencias efectuadas desde las cuentas de destino a otras billeteras virtuales administradas por los imputados -con saldos altamente millonarios- y las propias relaciones en sus redes sociales que la UFECI pudo documentar, junto a las tareas investigativas que el fiscal Zoni ordenó a la División de Investigaciones Especiales de la Policía Federal, derivó en el desbaratamiento de la organización.
Así, a instancias de la fiscalía y la unidad especializada, la jueza ordenó 19 allanamientos simultáneos en los que se detuvo a nueve personas, mientras que otras dos permanecen prófugas.
Posteriormente dispuso el procesamiento con prisión preventiva de Egestti y otras ocho personas, como coautores de los delitos de asociación ilícita -en calidad de jefes, organizadores y miembros- y estafas reiteradas en 894 oportunidades. Por los mismos ilícitos, procesó -pero sin prisión preventiva- a otras cinco personas.
Cuatro de las personas imputadas también fueron procesadas por lavado de activos agravado por haber sido cometido como miembro de una asociación formada para la comisión continuada de hechos de esa naturaleza, al tiempo que trabó embargos por la suma de $250.000.000 y dispuso el decomiso preventivo de diversos vehículos de alta gama, entre ellos un BMW 078 y un Audi A3.
La decisión fue recurrida por las defensas de los imputados, pero la Sala I confirmó el decisorio, en línea con lo planteado por los fiscales Viera y Azzolin, quienes intervinieron de forma conjunta ante esa instancia.
En tal sentido, los camaristas sostuvieron que “las versiones de ajenidad que introdujeron las respectivas defensas de los encausados, lejos de resultar plausibles, se han visto ampliamente desvirtuadas por los elementos colectados en el legajo, siendo estos el resultado del denodado trabajo asumido tanto por la fiscalía especializada a cargo del Dr. Azzolin, en la que se inició la pesquisa al radicarse denuncias aisladas que luego confluyeron en este expediente, como por las diferentes divisiones de la Policía Federal Argentina”.
La Cámara también entendió que debía mantenerse la prisión preventiva de Egestti y los otros imputados, dada “la gravedad de la imputación formulada, ya que los causantes integrarían una asociación ilícita que se dedicada a la comisión de maniobras defraudatorias, con el empleo de medios informáticos y de diversas técnicas de engaño, dirigidas hacia personas físicas”. El tribunal de alzada agregó que “desde abril de 2021, en el seno de esa organización se habrían cometido -como se dijo- ochocientos noventa y cuatro eventos dañosos que habrían irrogado un perjuicio superior a los ocho millones de pesos. Además, a efectos de dar apariencia de licitud a las maniobras, se habrían valido tanto de una sociedad comercial legalmente constituida como de un domicilio ubicado en el barrio de Puerto Madero”.
Los camaristas concluyeron que “a partir de las conductas desplegadas por algunos imputados, se evalúa la posibilidad de que hayan insertado o puesto en circulación en el mercado parte del provecho o dinero obtenido, con el fin de que adquieran apariencia lícita”.
Por otra parte, la UFECI y la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°38 continúan la investigación respecto de otras personas involucradas en la organización y por otros casos atribuibles a ella.