27 de julio de 2024
27 de julio de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
Menu
Se trata de las penas más altas por este tipo de delitos en la historia de esa jurisdicción
Corrientes: condenas de hasta 14 años de prisión en una causa por narcotráfico
Para el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes los cinco imputados integraban una organización dedicada al tráfico de estupefacientes. Luego de tareas de inteligencia desarrolladas por Gendarmería Nacional, se logró el secuestro de ocho toneladas de marihuana proveniente de Paraguay. El fiscal general Carlos Schaefer destacó la importancia de haber podido juzgar “a los organizadores del tráfico de estupefacientes de esta magnitud”.

El Tribunal Oral Federal de Corrientes condenó a cinco personas con penas de hasta catorce años de prisión por el tráfico de ocho toneladas de marihuana, en el juicio con las condenas más altas en la historia de esa jurisdicción. Las penas se acercan a lo solicitado en el alegato por el fiscal general, Carlos Schaefer.

Juan Marcelo Seivane y Darío Gabriel Leal fueron condenados a la pena de catorce años de prisión y a multas de doce mil pesos por haber sido considerados organizadores de una banda dedicada al tráfico de estupefacientes, agravado por la participación de tres o más personas. Rafael Eduardo Gauto fue condenado a la pena de doce años de prisión y multas de ocho mil pesos por ser considerado coautor del mismo delito que Seivane y Leal. Por otro lado, el Tribunal condenó a Juan Elías Riquelme a la pena de siete años de prisión y multas por tres mil pesos por el delito de transporte de estupefacientes, y a Juan Isidro Galarza a la pena de cuatro años de prisión y dos mil pesos de multa por el mismo delito.

Los jueces Víctor Alonso, Lucrecia Rojas de Badaró y Fermín Cerolemi dispusieron también el decomiso de autos, celulares y otros bienes vinculados a la actividad delictiva de la organización.

Los hechos

La causa se inició a raíz de las investigaciones realizadas por la Unidad Especial Antidrogas de Gendarmería Nacional. A partir de distintas escuchas telefónicas se realizaron dos procedimientos. El primero se realizó el 24 de abril de 2013, en el que se detuvo un camión en el Paraje Rincón Ombú Chico, a la altura del km. 1317 de la Ruta Nacional N°12, el cual era conducido por Juan Elías Riquelme. La finalidad era cargar el estupefaciente que había sido dejado a la vera del Río Paraná, proveniente de Paraguay. Personal de Gendarmería secuestró 5051 panes que alcanzaban un total de 4873 kilos de marihuana.

También a raíz de distintas escuchas telefónicas, personal de la Unidad Antidrogas realizó un operativo de similares características el 3 de julio del mismo año, en el que se detuvo un camión conducido por Juan Isidro Galarza, en cuyo interior se encontraron 3688 panes, por un total de 3272 kilos de la misma sustancia.

De las tareas de inteligencia realizadas se pudo determinar que otros integrantes de la organización se encontraban en la zona al momento de realizarse el operativo. Así fue como se pudo dar con Seivane y Gauto, a la vez que se detuvo en su domicilio a Leal, todos ellos organizadores de las actividades ilícitas.

Un juicio histórico en Corrientes

En diálogo con Fiscales, Carlos Schaefer destacó la importancia de las condenas en un hecho de estas características. El representante del Ministerio Público manifestó que “la importancia que tuvo la severa condena se debe al nivel de las personas involucradas en el hecho delictivo, siendo pocas las oportunidades que se tiene para juzgar a los organizadores del tráfico de estupefacientes de esta magnitud”.

Schaefer destacó “la excelente investigación realizada por la Unidad Antidrogas de la Gendarmería Nacional, que vino a confirmar la sospecha que siempre tenemos en los casos donde se juzga a los últimos eslabones de la cadena de tráfico (transportistas): que detrás de los mismos existe una gran organización montada para cometer estos hechos, que utiliza documentación falsa, personas, bienes, entre otras cosas”.

Respecto de las penas impuestas por el Tribunal, resaltó que se tuvo en cuenta “el gran desprecio hacia la vida y libertad de quien hacía de chofer del transporte, y que fue detenido en el primer procedimiento, dado que a los organizadores les interesaba únicamente que el chofer -como se dice vulgarmente- ‘no cante’; es decir, que no cuente los pormenores de esta gran organización delictiva”. En otras palabras, “no les importa el hecho de que sea el transportista el que enfrente el procedimiento de las fuerzas de seguridad, lo que incluso podría desencadenar en un hecho más violento o con un resultado perjudicial contra la vida de quien lleva la mercadería; sólo les importa el negocio que van a realizar”, agregó el fiscal.

Por último, el representante del MPF destacó que se tuvo en cuenta “el grave perjuicio que ocasiona este tipo de hechos a la salud y a la seguridad pública, siendo este tipo de cargamento extraordinario el que abastece a los grandes centros de consumo en las principales ciudades, el cual termina siendo distribuido en la forma conocida como narco-menudeo, que tantos problemas de convivencia genera en nuestra sociedad, y que generalmente son los hechos que juzgamos cotidianamente”.