26 de abril de 2024
26 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
Menu
Los acusados habían sido absueltos por el Tribunal Oral de Formosa
Dictamen del fiscal De Luca sobre el derecho a revisar una condena dictada por la Cámara Federal de Casación Penal
El representante del Ministerio Público Fiscal propuso una solución acorde a la doctrina de la Corte Suprema, que estableció que los fallos condenatorios de ese tribunal deben ser revisados por una Sala distinta a la que se expidió, y la garantía del “doble conforme”  reconocida por la  Convención Americana sobre Derechos Humanos.

 

El fiscal ante la Cámara Federal de Casación Penal, Javier De Luca, dictaminó para que se aplique la doctrina “Duarte”, sostenida recientemente por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en un caso en el que tres personas fueron absueltas por un tribunal oral y luego condenadas por la Sala IV de ese fuero.

La citada doctrina señala que le corresponde a la propia Casación Penal realizar una revisión amplia de las condenas por ella dictadas, a través de una sala distinta. “La situación es que, si los imputados fueron absueltos por un Tribunal Oral y luego condenados por la Cámara Federal de Casación Penal, el derecho al doble conforme reconocido por la Convención Americana sobre Derechos Humanos en el art. 8.2.h no puede ser cumplido a través del recurso extraordinario federal”, tal como lo habían hecho las defensas, señaló el titular de la Fiscalía General N°4.

A fin de no hacer decaer el derecho a la revisión, De Luca propuso como solución: 1) que se suspenda el trámite del recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa de los imputados y tenerlo presente como reserva de caso federal; 2) remitir el expediente a la Secretaría General de la Cámara Federal de Casación Penal para que se sortee qué Sala deberá seguir interviniendo; y 3), una vez definida la nueva Sala, se opte por (a) correr traslado a la defensa para que fundamente el recurso de casación contra la sentencia que dictó la condena, o (b) se tenga por presentado el escrito original -es decir, el recurso extraordinario federal- como si fuera uno de casación, y se le de intervención nuevamente al Ministerio Público Fiscal para que se pronuncie sobre el fondo de la cuestión.

Antes de llegar a esta instancia, el Tribunal Oral de Formosa había absuelto a tres personas. Pero en mayo de 2014, la Sala IV dictó condenas de prisión en suspenso por el delito de tentativa de contrabando de exportación, agravado por el número de personas y mediante la comisión de otro delito; asimismo, impuso penas de inhabilitación para ejercer el comercio, ser miembro de las fuerzas de seguridad y para desempeñarse como funcionario o empleado público, entre otras.