26 de abril de 2024
26 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Interviene la Fiscalía General Nº4 ante la Cámara Federal de Casación Penal
Dictaminan que el ingreso de la fuerza pública a una universidad nacional requiere la orden de un juez
El fiscal general Javier De Luca desistió del recurso presentado por su colega de la instancia anterior, quien había recurrido el fallo de la Cámara de Apelaciones que declaraba la nulidad del ingreso de la fuerza policial, a diversas sedes de la Universidad de Buenos Aires, por no estar dispuesta por el juez. El representante del MPF entendió que estas órdenes judiciales, por más que este delegada la instrucción en la fiscalía, debe ser el magistrado quién determine “de manera fundada si expide o no la orden de allanamiento y pesquisa”.

El titular de la Fiscalía General Nº4 ante la Cámara Federal de Casación Penal, Javier De Luca, desistió del recurso interpuesto por el Fiscal General de la instancia anterior, contra el fallo de la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal que había declarado nula la orden del fiscal de instrucción,  al jefe a cargo de la División Defraudaciones y Estafas de la Policía Federal Argentina, para que realizara tareas en las distintas sedes de la Universidad de Buenos Aires sin haber sido dispuesta por el juez. Se trata de una causa iniciada a raíz de la denuncia de Ricardo Monner Sans por la posible administración fraudulenta a las autoridades de la Federación Universitaria de la Universidad de Buenos Aires “F.U.B.A.”.

Javier De Luca explicó que la sentencia de la Cámara de Apelaciones  tiene fundamentos suficientes y basados correctamente en los hechos y el derecho aplicable. Asimismo explicó que el fiscal de instrucción ordenó el ingreso de personal de la fuerza policial  a diversas sedes de la universidad, pero más allá de la fundamentación de aquella medida, lo real es que “existe una ley especial que exige orden judicial fundada o solicitud expresa de la autoridad universitaria legítimamente constituida”.  El ingreso de cualquier fuerza pública debe ser dispuesto por un juez y será el magistrado quién deberá determinar de manera fundada si expide o no la orden de allanamiento y pesquisa.

La causa se inició a partir de una presentación realizada por el abogado Ricardo Monner Sans en la que denunció por  administración fraudulenta a las autoridades de la Federación Universitaria de la Universidad de Buenos Aires “F.U.B.A.”, sus copresidentes Adrián Lutvak y Julián Ismael Asiner. La instrucción de la causa fue delegada en el representante del Ministerio Público Fiscal quien, entre otras medidas investigativas, ordenó al jefe a cargo de la División Defraudaciones y Estafas de la Policía Federal Argentina, la realización de tareas en las distintas sedes de la Universidad de Buenos Aires con el objetivo de determinar si existían espacios gratuitos cedidos a la Federación que estuvieran siendo explotados comercialmente.

La defensa de uno de los imputados  había solicitado la nulidad del allanamiento con sustento en lo dispuesto por el artículo 31 de la Ley de Educación Superior (Ley 24.521), en cuanto establece que: “La fuerza pública no puede ingresar en las instituciones universitarias nacionales si no media orden escrita previa y fundada de juez competente o solicitud expresa de la autoridad universitaria legítimamente constituida”. El juez federal rechazó la petición por considerar que la autonomía de la universidad debía ser interpretada de la forma más amplia posible, teniendo en cuenta su independencia y los antecedentes parlamentarios de la norma.

La defensa presentó un recurso de apelación, la Sala II de la Cámara revocó la resolución y declaró nula la medida requerida oportunamente.