18 de abril de 2024
18 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
Menu
Fiscalía en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo Federal N°7
Dictaminan que se ordene al PEN y al GCBA analizar un protocolo presentado para que los abogados de la CABA sean exceptuados del aislamiento
Así se expidió el fiscal federal Miguel Ángel Gilligan, en el marco de una acción de amparo y medida cautelar postulada por el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal ante la falta de respuesta sobre el protocolo presentado para que quienes integran la matrícula porteña puedan circular y asistir a sus estudios jurídicos.

En el marco de una acción de amparo interpuesta por el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF) contra el Poder Ejecutivo Nacional (PEN) y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA), el titular de la Fiscalía en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo Federal N°7, Miguel Ángel Gilligan, dictaminó en favor de que se ordene a las autoridades de dichos poderes públicos a dar tratamiento al protocolo presentado oportunamente para que las y los abogados sean exceptuadas/os de las medidas del aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO), y se les permita circular a fin de concurrir a sus estudios jurídicos y oficinas, para desempeñar su profesión.

El caso

El 22 de abril pasado, el CPACF solicitó al Poder Ejecutivo Nacional la implementación de medidas necesarias para que durante la vigencia del ASPO -dispuesto por el Decreto de Necesidad y Urgencia N°297/20- se permita a los abogados concurrir a sus estudios y oficinas. Asimismo, el 29 de abril, presentaron una solicitud similar al Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Sin embargo, ante la falta de respuesta de ambos, el 7 de mayo las autoridades del Colegio presentaron una nueva solicitud al Jefe de Gabinete de Ministros, Santiago Cafiero, y al Jefe de Gobierno de la Ciudad, junto con la sugerencia de un protocolo y medidas de higiene y seguridad concretas para estudios jurídicos unipersonales o de más abogados.

Ante la falta de respuesta, el CPACF interpuso una acción de amparo -con una medida cautelar en igual sentido- a fin de que se exceptúe a los abogados del aislamiento social y la prohibición de circular, para así “poder acceder a sus oficinas donde se encuentran todas sus herramientas de trabajo y disponibilidades tecnológicas necesarias para desempeñar su profesión”.

Al responder la presentación, el Estado Nacional planteó la falta de legitimación pasiva de los accionantes, argumentando que “el procedimiento expresamente previsto en los decretos para autorizar la habilitación de nuevas actividades con sus respectivos protocolos, deben ser solicitados por los Gobernadores de las Provincias y por el Jefe de Gobierno de la C.A.B.A., al Jefe de Gabinete de Ministros de la Nación, cuando así lo consideren apropiado”. Por su parte, el GCBA planteó la incompetencia del juez para intervenir en el caso ya que, a su entender, debían ser los Tribunales Contencioso Administrativos de la Ciudad quienes se expidan por tratarse de un pedido de excepción de circulación.

El dictamen fiscal

Tras analizar el caso, el fiscal federal Miguel Ángel Gilligan opinó que debía rechazarse la medida cautelar intentada, por cuanto su objeto coincide con el de la medida principal, tornándola inadmisible en los términos del artículo 3° de la Ley 26.854 de “Medidas Cautelares en las que el Estado es Parte o Interviene”.

Sin embargo, el representante del Ministerio Público Fiscal recordó que dicha norma también establece que “el juez o tribunal, para evitar perjuicios o gravámenes innecesarios al interés público, podrá disponer una medida precautoria distinta de la solicitada, o limitarla, teniendo en cuenta la naturaleza del derecho que se intentare proteger y el perjuicio que se procura evitar”.

Así, atento a la demora en la respuesta por parte de las autoridades nacionales y porteñas, y “tomando en cuenta la finalidad perseguida por la norma y las facultades que expresamente la ley de medidas cautelares contra el Estado Nacional le permiten al Tribunal", la Fiscalía dictaminó que correspondería que "se disponga una mutación en el alcance de la medida requerida a fin de que se avance en la cuestión impetrada, ordenando que los accionados den tratamiento al protocolo propuesto por el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal“.-