20 de diciembre de 2025
20 de diciembre de 2025 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Interviene la Fiscalía Federal Nº8
El fiscal Ramiro González solicitó medidas de prueba en la investigación por los hechos ocurridos durante el acto por Santiago Maldonado
El representante del MPF requirió ante el juez federal Marcelo Martínez de Giorgi que se efectúe un relevamiento de las cámaras privadas ubicadas en las inmediaciones de la Plaza de Mayo, y que se obtengan las filmaciones de las horas en las que se sucedieron los incidentes, entre otras medidas.

El titular de la Fiscalía Criminal y Correccional Federal Nº 7, Ramiro González, solicitó al juez Marcelo Martínez De Giorgi, a cargo del Juzgado Criminal y Correccional Federal Nº5, una serie de  medidas con carácter urgente, en el marco de  la investigación por los hechos ocurridos el pasado viernes en las inmediaciones de la Plaza de Mayo, mientras se llevaba adelante el acto y la movilización por la aparición con vida de Santiago Maldonado.

En su escrito, el representante del MPF requirió que se le reciba declaración testimonial al personal policial que participó en las detenciones de las personas imputadas hasta el momento en la presente causa. Así también, que se realice un relevamiento de las cámaras privadas ubicadas en la zona donde se desarrollaron los hechos y se obtengan las filmaciones de las horas en las que se sucedieron los mismos.

Por otra parte, también solicitó a los diversos medios de comunicación que aporten todas las filmaciones y fotografías que hayan obtenido de los hechos entre las 20.30 y luego de las 00 horas del día siguiente. Para la fiscalía, la finalidad es ver si se puede identificar a los detenidos cometiendo algún hecho o asimismo individualizar a otros que hayan participado de los delitos investigados.

Finalmente, Ramiro González pidió que se arbitren los medios correspondientes con el fin de habilitar un canal de comunicación para que las personas que hayan presenciado los hechos aquí investigados puedan aportar material fílmico, testimonios, fotografías, etc., haciéndoles saber los derechos previstos en los artículos 79, 80 y 81 del Código Procesal Penal de la Nación.