28 de marzo de 2024
28 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
Menu
El hecho ocurrió en agosto de 2007 en el marco de una disputa entre barras del club River Plate
El lunes expondrán alegatos en la causa por el asesinato de Gonzalo Acro
Por distintos motivos, los imputados Sergio Piñeiro y Matías Kraft habían quedado fuera del primer proceso realizado en 2011, en el fueron condenados a prisión perpetua otros cinco integrantes de una de las facciones de “Los Borrachos del Tablón”. Ambos están acusados por el delito de homicidio agravado por el concurso premeditado de dos o más personas.

El Tribunal Oral en lo Criminal Nº 15 permitió la habilitación de días y horas inhábiles, por lo que las exposiciones de la fiscalía, a cargo de Dafne Palópoli, y la querella, tendrán lugar el próximo lunes desde las 9 horas. Gonzalo Acro murió la mañana del 9 de agosto de 2007, luego de agonizar poco más de un día. El 7 de agosto había sido “emboscado” en Villa Urquiza por una facción de  la hinchada del club River Plate “Los Borrachos del Tablón”. El 8 de septiembre de 2011, los hermanos Alan y William Schlenker; Rubén Eduardo Pintos; Pablo Alfredo Girón y Ariel Alberto Luna fueron condenados a prisión perpetua por el crimen, mientras que Martín Maximiliano Lococo recibió la pena de diez años de cárcel.

Fuera de ese proceso quedaron Sergio “el Pelado” Piñeiro y Matías Kevin Kraft. El primero no estuvo en el primer juicio porque sufrió “un pico de stress” y los médicos consideraron que no podía afrontar el debate. En cuanto a Kraft, si bien estuvo prófugo un tiempo, la demora se originó en que los cruces telefónicos con relación a él aparecieron luego del debate, ya que se había trabajado sobre otro número telefónico. Ambos están acusados actualmente por el delito de “homicidio agravado por el concurso premeditado de dos o mas personas”.

A Piñeiro se le imputa haber formado parte de la “emboscada” donde fue asesinado Acro, ya que habría aportado su auto para facilitar la tarea delictiva. Kraft habría formado parte del grupo de los instigadores del asesinato junto a los hermanos Schlenker, debido a su pertenencia a una de las facciones dentro de “Los Borrachos del Tablón”: la Banda de Palermo”, que comandaba Alan. Esa facción en particular, según testimonios y los antecedentes que se recolectaron, se dedicaba a robos en motos y a salieras bancarias, una modalidad similar a la que habrían aplicado en este caso.

Una de las dificultades del juicio radicó en que los jueces Adrián Martín, Darío Medina y Beatriz Bistue de Soler rechazaron como prueba válida los testimonios que se produjeron en el primer juicio. Actualmente, la sentencia de 2011 se encuentra en la Sala I de la Cámara de Casación Penal, que deberá decidir si la ratifica o si realiza algún tipo de modificación, tal cómo pidieron los acusados en una audiencia el 6 de mayo pasado. No obstante, se produjo el suficiente material probatorio como para sostener la acusación, pese a que se vio afectado el principio de amplitud probatoria. La jornada del lunes comenzará a las 9, con el alegato del abogado que representa a Romina Acro, hermana de la víctima.

El primer juicio

Los jueces Héctor Grieben, Javier Anzoátegui y Hugo Fabián Decaria, en los fundamentos de su sentencia, establecieron que entre el 5 y el 7 de agosto de 2007, los hermanos Schlenker “convencieron” a Pintos, Girón y Luna para que mataran a Acro. Esto se dio en el marco de su liderazgo en la “barra brava” de River Plate.

Fue por ello que el 7 de agosto, aproximadamente a las 21:30, los tres últimos llegaron a las inmediaciones de un gimnasio ubicado en Pedro Ignacio Rivera 5158, donde la víctima entrenaba.  A las 23, cuando Acro salió del lugar, Girón le avisó a Pintos y éste, junto a Luna, fueron a buscarlo. Lo interceptaron en Bauness y Cullen, a la vuelta.

Acro estaba acompañado de Osvaldo Matera, a quién intentó proteger de la agresión. Luna le disparó tres veces: una en el muslo y dos en la cabeza. También le disparó a Matera, que de todas maneras pudo huir de la zona. Luego, huyeron del lugar, previa amenaza a un hombre que había visto parte de la escena. El nexo entre los autores materiales y los instigadores fue Lococo, según los jueces.

A todos se los condenó por los delitos de “homicidio agravado por su comisión con el concurso premeditado de dos o más personas, en perjuicio de Martín Gonzalo Acro, en concurso real con homicidio agravado por su comisión con el concurso premeditado de dos o más personas, en grado de tentativa, en perjuicio de Gastón Osvaldo Matera”. Luna, Girón y Pintos fueron considerados coautores; los hermanos Schlenker, instigadores penalmente responsables; y Lococo, partícipe secundario.