Con la intervención de María Garello, auxiliar fiscal de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°61 a cargo de Andrea Giudice, el pasado 19 de octubre se realizó una audiencia en el marco de un procedimiento de flagrancia, la que concluyó con el otorgamiento de la suspensión del juicio a prueba, por el término de dos años, en favor de un hombre de 22 años acusado de intentar robar un teléfono celular. Además, el acusado debió abonar $400 en concepto de reparación del daño, al tiempo que se le impuso la obligación de concluir sus estudios secundarios.
El hecho tuvo lugar cerca de las 6.55 hs. del pasado 18 de octubre, en el barrio porteño de Recoleta. Aquel día, la víctima salió de un local bailable y el imputado la siguió. En la intersección de la calle Quirno Costa y Lucio V. Mansilla, el acusado le propuso darle su número por lo que, al sacar la víctima su teléfono, éste se lo arrebató y huyó por la calle Quirno Costa, y luego dobló en Mansilla.
La víctima lo persiguió y, al ver a una oficial de la Policía de la Ciudad, le gritó que el imputado le había sustraído su celular. Así, mientras la mujer lo corría y le daba la voz de alto, observó cómo se descartaba el celular, hasta que finalmente lo detuvo en la calle Mansilla al 2600.
El 19 de octubre, la defensa del acusado y del titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°61, Walter Candela, se realizó la audiencia prevista por la Ley 27.272 de Flagrancia, en la que se imputó al hombre el robo simple en grado de tentativa del teléfono celular.
En dicho marco, el defensor solicitó la excarcelación de su asistido –la cual fue concedida bajo caución juratoria y con la obligación de comparecer ante el Tribunal cada quince días-, y no objetó el trámite de flagrancia. Asimismo, el letrado solicitó la suspensión del juicio a prueba –por el término de un año- del proceso en favor del hombre de 22 años, quien se ofreció a abonar la suma de $400 en concepto de reparación patrimonial para la víctima del hecho y realizar tareas comunitarias en favor de CARITAS por el tiempo que fijase el Tribunal.
Sin embargo, la auxiliar fiscal Garello no se opuso a la concesión del beneficio, aunque sostuvo que debía concederse por el término de dos años y que correspondía reemplazar las tareas comunitarias por la obligación de terminar el secundario.
En virtud de ello, el juez Candela resolvió otorgar al imputado el beneficio de suspensión de juicio a prueba, de acuerdo al término requerido por la Fiscalía, depositar el dinero de la reparación dentro de las 48 horas, terminar el secundario –para lo cual debía presentar las constancias de inscripción en un instituto de educación superior, dentro de los cinco días-, fijar residencia y someterse al cuidado del Patronato de Liberados.