27 de julio de 2024
27 de julio de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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La Justicia hizo lugar al dictamen del fiscal Fabián Canda
Gendarmería deberá reincorporar a un cadete con discapacidad
El joven había aprobado los exámenes para la especialidad Policía Científica de la Escuela de Cadetes de la fuerza, pero luego fue dado de baja por las supuestas dificultades que le provocó una operación producto de la enfermedad de Perthes que padece. El representante del Ministerio Público subrayó los compromisos internacionales de la Argentina para incluir a las personas con discapacidad.

La titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal N°7, María Cristina Carrión de Lorenzo, hizo lugar a los argumentos del fiscal Fabián Canda, quien había dictaminado a favor de la reincorporación de un aspirante de la Escuela de Cadetes de la Gendarmería Nacional que había sido excluido por sufrir de la enfermedad de Perthes, que lo obligó a ser intervenido quirúrgicamente y le provocó un desgaste en la cabeza del fémur de la pierna derecha y un acortamiento de ese miembro. El representante del Ministerio Público consideró que las autoridades del centro de capacitación de la fuerza incurrieron en un conducta discriminatoria.

En octubre de 2013, Sergio Ariel Aguilera había decidido inscribirse en la especialidad Policía Científica de la Escuela de Cadetes de la Gendarmería Nacional Argentina. Luego de los examenes médicos, psicológicos, académicos, pruebas físicas y la entrevista personal, los médicos de la fuerza concluyeron que se encontraba apto para el ingreso. Incluso, el director del área Criminalística de la institución educativa, comandante Cafarena, le habría dicho que la discapacidad que padece "era condicionante", que veía en el joven "mucha voluntad y empeño para estar ahí dentro" y formarse como oficial, pero que "era complicado" por su limitación física. Sin embargo, advirtió que si demostraba sus aptitudes en el examen físico y era elegido y convocado para realizar el curso de oficiales, "la institución haría todo lo posible para que supera todos los obstáculos dentro de la Escuela".

El 5 de diciembre de ese mismo año, le informaron que era parte de la lista de postulantes aptos para realizar el examen físico y que aprobó con una puntuación de 7,25. Un mes después, el 10 de enero de 2014, Aguilera recibió una carta de notificación firmada por el director de la Escuela de Cadetes que le comunicaba que había obtenido un resultado general satisfactorio y que figuraba en la lista de aspirantes que debían cumplir con el curso de adaptación que comenzaba el 4 de febrero. Pero el 13 días después, el subdirector de la instituto de capacitación y uno de los traumatólogos de la Junta Médica que había evaluado el caso lo notificaron de que había sido separado de la agrupación de cadetes "por no reunir las condiciones físicas necesarias para continuar en los términos del artículo 3035, inciso a, apartado 3, del Reglamento de la Escuela de Gendarmería Nacional".

Entonces, Aguilera planteó ante la justicia una afectación a su derecho a la educación y a la formación profesional de las personas con discapacidad. Gendarmería defendió la legalidad de la separación del joven con el argumento de que la baja fue producto "de la pérdida permanente de las aptitudes físicas que debe tener un futuro cadete y cualquier integrante de la fuerza para afrontar las exigencias propias de la formación castrense y de continuar se agravaría su situación actual, pontenciando un riesgo mucho mayor en su estado de salud". Además, consideraron que no existió "arbitrariedad, ni discriminación manifiesta" y que no se lesionaron derechos o garantías.

Sin embargo, el representante del Ministerio Público destacó la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, con rango constitucional en la Argentina, que establece que "los estados partes reconocen el derecho de las personas con discapacidad a la educación. Con miras a hacer efectivo este derecho sin discriminación y sobre la base de la igualdad de oportunidades, los estados partes asegurarán un sistema de educación inclusivo a todos los niveles como la enseñanza a lo largo de la vida". El instrumento internacional establece además que los países deben hacer ajustes "razonables en función de las necesidades individuales", prestar "el apoyo necesario a las personas con discapacidad, en el marco del sistema general de educación para facilitar su formación efectiva" y que "se faciliten medidas de apoyo personalizadas y efectivas en entornos que fomenten al máximo el desarrollo académico y social, de conformidad con el objetivo de la plena inclusión".

Canda recordó además que en el fallo del caso Furlán contra la Argentina, la Corte Interamericana de Derechos Humanos resolvió que "toda persona que se encuentre en una situación de vulnerabilidad es titular de una protección especial" y que "no basta que los estados se abstengan de violar los derechos, sino que es imperativa la adopción de medidas positivas".

El fiscal concluyó que "al haber frustrado las expectativas del accionante de acceder a la Escuela de Cadetes de la Gendarmería Nacional, la administración ha incurrido en una conducta discriminatoria entorpecedora del ejercicio de sus derechos" y que la jueza debía hacer lugar al recurso de amparo presentado por Aguilera y "ordenar al organismo a la realización de aquellos ajustes razonables que permitan" al joven "reincorporarse en la Escuela de Cadetes".