La fiscal a cargo de la Fiscalía General N°6 ante los Tribunales Orales en lo Criminal, Diana Goral, solicitó el viernes pasado las penas de cuatro años y seis meses de prisión para el abogado Fernando Gabriel Torroella y el escribano Eduardo Steinman, acusados del delito de usurpación en concurso ideal con estafa procesal en grados de tentativa. Asimismo, la representante del MPF también solicitó para la tercer imputada, Luisa Miguelina Castro, la pena de cuatro años de prisión en la causa que se les sigue a los tres acusados, quienes habrían abusado de sus funciones para despojar de su vivienda a Laura Martinel.
El caso
La causa se originó en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil N°41 en el marco de la ejecución hipotecaria que Luisa Miguelina Castro inició contra Laura Martinel. Cuando se ordenó la constatación de ocupantes en inmueble que había sido ofrecido como garantía hipotecaria, se pudo corroborar que en la propiedad de la localidad bonaerense de Florida vivía la mujer, su madre y, por temporadas, los sobrinos menores de edad.
En ese contexto, el 21 de diciembre de 2010, Castro, Torroella y Steinman se presentaron en el domicilio para cumplir con lo ordenado por Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N°41. La orden judicial tenía por objeto verificar el estado físico y de ocupación del inmueble y en el supuesto de hallarse deshabitado, el escribano Steinman debía entregar la tenencia a la actora. Caso contrario, debía notificar a los ocupantes para que lo desalojen en el plazo de diez días.
Sin embargo, los imputados aguardaron a que la familia saliese de la casa y aprovecharon para presentarse y engañar a unos cerrajeros, mediante la exhibición del mandato judicial. De esta manera, lograron que cambiaran las cerraduras de las puertas para traspasar la tenencia y materializaron el despojo, pese a notar que el lugar tenía signos de estar habitado.
Al finalizar el procedimiento, arribó a la vivienda la madre de la damnificada junto a dos de sus sobrinos y ante la desesperación por encontrarse con ese procedimiento se comunicaron a través de su teléfono celular con su hija para contarle lo que había sucedido. El escribano Steinman junto con Torroella y Castro labraron la actuación notarial e insertaron datos falsos como que no había personas en el inmueble y que estaba deshabitado, cuando la realidad mostraba lo contrario.
Cuando el Tribunal le cedió la palabra a la representante del Ministerio Público Fiscal para que realice el alegato, Goral sostuvo: “atento a las declaraciones vertidas en juicio por los damnificados y las pruebas recolectadas, esta Fiscalía entiende que los imputados no se ajustaron a lo que la ley 24441 enuncia en su artículo 54, en cuanto a la verificación del estado físico y de ocupación de la vivienda, ya que tanto en el interior de la casa como en el exterior de la misma habían señales inequívocas de que la misma se encontraba habitada y en pleno funcionamiento. Ejemplo de lo antes dicho es que en el interior de la vivienda se encontraban animales los cuales en el hipotético caso de encontrarse deshabitada no podía encontrarse en el estado óptimo en el cual se hallaban. Por otro lado, se desprende del acta labrada por el escribano Steinman a fs. 22 que en el interior de la casa se encontraba: la presencia de tres perros y un gato, living- comedor, cocina- comedor, tres dormitorios y tres baños, todos en buen estado de conservación, que en todas las habitaciones se encontraban elementos de uso personal y en la cocina, heladera, lavavajillas, freezer y horno microondas, computadoras impresoras dentro de una habitación (…). Lo antes enunciado no nos hace pensar que la casa se encontrara en estado de abandono según de lo que del acta labrada por el escribano se desprende”.
Y agregó: “de este modo, la prueba recolectada durante las audiencias nos permite sostener que los imputados aguardaron al momento en que la finca no hubiese nadie en el interior y así lograr su finalidad de ingresar para obtener la tenencia de la misma forzando el concepto de “deshabitada”. Una vez en el interior de la vivienda, y aún cuando no pudieron ocultar el hecho de que estaba habitada (ya que el acta labrada por el escribano no lo oculta sino que atenúa, hasta dando a entender que vivía gente allí), avanzaron con el despojo y procedieron a cambiar las cerraduras, conducta con la que persistieron cuando se hizo presente la Sra. Acuña diciéndoles que vivía allí y que tenía sus medicamentos. De esta manera, la fiscalía entiende que se corrieron totalmente de lo que la letra del artículo 54 de la ley 24441 dice”.
“Por lo antes expuesto esta fiscalía entiende que existe un claro abuso de las funciones asignadas en la manda con los fines claros de despojar del inmueble a su propietaria y así asegurar la pronta y fácil subasta en el marco del juicio ejecutivo, al pretender creer al juez Civil que la morada se encontraba deshabitada para de esta manera legitimar el cambio de tenencia a favor de Castro.
Dato no menor es que en 2011 fue revisada la cuestión por el Juez Civil de turno en la feria de enero de 2011, quien resolvió restituir la tenencia del inmueble a Martinel, en virtud de que las propias actuaciones efectuadas por el notario en el momento de la diligencia daban clara cuenta de la presencia de objetos personales e incluso semovientes, lo cual permitía concluir que no se habrían encontrado configuradas las condiciones a las que se supeditó la entrega judicial de tenencia”, fundamentó Goral.
La representante del Ministerio Público Fiscal concluyó que “en definitiva, Fernando Gabriel Torroella, Luisa Miguelina Castro y Eduardo Steinman responderán como coautores por la comisión del delito de estafa procesal en tentativa en concurso real con falsificación de documento público en carácter de participes necesarios los dos primeros y en carácter de autor Steinman”.
El veredicto se dará a conocer el próximo 14 de abril.