La titular de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°30, Marcela Sánchez, solicitó la elevación a juicio de la investigación seguida contra nueve efectivos de la Gendarmería Nacional que se desempeñaban en el Operativo Cinturón Sur por las vejaciones que tuvieron como víctima a un adolescente de 15 años, al que detuvieron el 11 de septiembre de 2014.
Los imputados son los cabos Matías Antonio Villalba, Héctor Waldemar Ávila Panario, Ismael Ricardo Bravo, Miguel Alfredo Sosa Olmos, el alférez Ángel Adrián Toloza y los gendarmes Carla Fernanda del Valle Chocobar, Antonio Gilberto Colman, Alejandro Celestino Jaime y Silvio Dario Piriz.
Aquel día, cerca de las 20.30 hs., la víctima salió de un locutorio situado en la intersección de las calles Riestra y Laguna, cuando un móvil de la Gendarmería en el que viajaban Villalba, Ávila Panario y Del Valle Chocobar, intentó interceptarlo. Al darle la voz de alto y apuntarle con un arma, el joven se asustó y comenzó a correr, lo que motivó una persecución a la que se sumó Jaime, a pie.
Ante ello, el joven ingresó a la vivienda de una pareja conocida -ubicada en la Villa Fátima, sobre la Avenida Riestra- seguido por Villalba, quien lo redujo, le colocó las esposas y lo sacó hacia el exterior. En ese momento llegaron Bravo, Sosa Olmos, Piriz y Toloza, quien ordenó el traslado del joven hacia el destacamento “Espartano” de la fuerza –que no estaba habilitado para alojar detenidos- en la intersección de las calles Ana María Janer y Mariano Acosta.
Una vez en la base de patrullas, la víctima fue alojada en un cuarto sin techo, donde diversos oficiales le propinaron una golpiza con puños, pies y cachiporras. Asimismo, en todo momento lo obligaron a no mirarlos y le taparon la cara con una campera, a fin de que no los identificara. Finalmente, y luego de tres horas de estar en el destacamento, el joven fue conducido al Centro de Admisión y Derivación “Úrsula Llona de Inchausti”, imputado por el delito de resistencia a la autoridad.
Una vez en la base de patrullas, la víctima fue alojada en un cuarto sin techo, donde diversos oficiales le propinaron una golpiza con puños, pies y cachiporras. Asimismo, en todo momento lo obligaron a no mirarlos y le taparon la cara con una campera, a fin de que no los identificara.
La investigación se inició el 15 de septiembre de 2014, cuando el responsable del Juzgado Nacional de Menores N°7 –que entendía en la causa iniciada contra el menor por la supuesta resistencia a la autoridad- ordenó la extracción de testimonios en virtud de que el joven presentaba lesiones en su cuerpo.
En paralelo, la Directora del Centro de Admisión y Derivación “Úrsula Llona de Inchausti”, remitió a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional la denuncia efectuada por el menor, respecto a que las lesiones que presentaba habían sido causadas por agentes de la Gendarmería cuando lo detuvieron.
A partir de las pruebas y testimonios colectados durante la investigación, la fiscal Sánchez pudo identificar a los gendarmes involucrados. Así se determinó que “el cabo Villalba –quien se encontraba a cargo del móvil 336, en compañía del cabo Héctor Ávila Panario y la gendarme Carla Chocobar- fue el primer agente que inició la persecución del menor por Riestra en dirección a Lacarra y quien, en ese trayecto, advirtió que aquél ‘extrajo un elemento de color brillante de su cintura para luego arrojar el mismo hacia un lado”. Asimismo se estableció que fue Villalba quien ingresó a la vivienda de la Villa Fátima y se ocupó de su detención junto a Chocobar y Jaime, quien ese día cumplía funciones en la Unidad de Prevención Barrial “Fátima” y se aunó la persecución. También se determinó que Toloza se desplazaba en el móvil 136 junto a Colman, y que acudieron al lugar ante el pedido de ayuda de sus compañeros.
En su dictamen, la fiscal Sánchez señaló que “todos los acusados tenían autoridad y funciones para hacer cumplir la ley; y tenían obligaciones por haber asumido esas funciones. Eran portadores, así, en el ejercicio de la administración pública, de un especial deber estatal de comportarse correctamente, deber que no podían infringir”.
Por otra parte, la representante del Ministerio Público Fiscal destacó que era posible advertir “que se ha convertido en una práctica habitual que los miembros pertenecientes a la Unidad 36ª de GNA, con el pretexto de que los vecinos del lugar en donde se concreta la detención comienzan a arrojarles piedras y mostrar animosidad contra ellos, decidan trasladar el procedimiento hacia otro sitio o, directamente, a una base de patrulla no habilitada para la detención de personas; ello, en violación a la ley y a la normativa vigente para la actuación de las fuerzas de seguridad”.
Por todo ello, la fiscal consideró probado el accionar de los imputados y le requirió al juez subrogante del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°11, Pablo Ormaechea, que los someta a juicio oral como coautores del delito de vejaciones.