28 de abril de 2024
28 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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A pedido de fiscal general Miguel Palazzani y de la auxiliar fiscal Luisina Tiscornia
Neuquén: ordenan el decomiso del local donde funcionó un prostíbulo tras la condena a su dueño y a la encargada por facilitación y explotación económica de la prostitución
El Tribunal Oral de esa ciudad adoptó la medida en una discusión posterior a condenas dictadas en el caso en abril pasado. También se decomisó una camioneta y dinero en efectivo, que se destinará a las víctimas.

El Tribunal Oral Federal de Neuquén, con la composición unipersonal del juez Alejandro Cabral, dispuso el decomiso del inmueble donde funcionó el prostíbulo "Melody", de una camioneta Toyota Hilux y de dinero secuestrado al momento del allanamiento del lugar en el que se probó la comisión de los delitos de facilitación del ejercicio de la prostitución, la explotación económica del ejercicio de la prostitución y la facilitación del comercio de estupefacientes.

La decisión judicial fue dictada en línea con el requerimiento formulado por el fiscal general Miguel Ángel Palazzani y la auxiliar fiscal Luisina Tiscornia. Los decomisos del inmueble, del vehículo y del dinero -que se empleará para la reparación a las víctimas- se discutieron en el caso con posterioridad a la sentencia del 19 de abril pasado en la que se dispuso la condena a cuatro años de prisión para el dueño del inmueble y de 4 años y 4 meses de prisión para la mujer encargada de regentearlo.

El local decomisado tiene una dimensión de 400m2 y se encuentra ubicado en la calle T.L. Planas al 4000, colectora a la Ruta Nacional 22.

La orden de decomiso se fundó en los compromisos internacionales asumidos por el Estado Argentino en las convenciones contra el narcotráfico, así como en el Protocolo de Palermo, donde se establece la necesidad de adoptar estas medidas respecto de los bienes inmuebles utilizados al perpetrar estos crímenes.

La causa que derivó en las condenas y en el decomiso del local se inició el 5 de octubre de 2017, a raíz de una declaración testimonial brindada en Cámara Gesell en el marco de otro legajo, mediante la cual se tomó conocimiento de hechos explotación sexual de la prostitución en aquél lugar.

Asimismo, en la línea telefónica gratuita 145 se recibió un llamado anónimo que denunció que en ese local, que en la comunicación se mencionó como “Melody” o “Melodías”, se ofrecía trabajo a mujeres para “hacer copas y levantar clientes”.

Con ese contexto, se dispusieron tareas de investigación e intervenciones telefónicas. El objeto investigado estuvo conformado por el presunto delito de trata con fines de explotación sexual por parte de personas no identificadas, en perjuicio de mujeres no identificadas, como también la presunta explotación sexual de las mujeres que se encontrarían en el lugar, la facilitación y/o promoción del ejercicio de la prostitución ajena y el sostenimiento, administración y/o regenteo del prostíbulo.

"El bien que se consume y se vende no es solo la bebida alcohólica, sino también el cuerpo de la mujer y la exhibición del mismo, instrumento utilizado también para atraer mayor afluencia de 'clientes/prostituyentes', quienes gastan mayor cantidad de dinero", indicaron las profesionales del Programa de Rescate en su informe.

Con el avance de la investigación se amplió el objeto procesal respecto de la actividad en infracción a la ley de estupefacientes, y se circunscribieron las conductas relacionadas a la explotación sexual bajo las figuras penales de facilitación del ejercicio de la prostitución, explotación económica del ejercicio de la prostitución de distintas mujeres, y regenteo y administración de un prostíbulo, que fueron atribuidas al dueño y responsable del inmueble y a otras personas.

A consecuencia de los elementos recabados en las tareas de inteligencia criminal, se ordenaron los allanamientos en varios domicilios -entre ellos el inmueble decomisado-, donde se pudo corroborar la hipótesis delictiva, se constató la presencia de once mujeres y se secuestraron dinero en efectivo y más de un kilo de cocaína, entre otros elementos que conformaron la prueba.

De las tareas de investigación que llevó a cabo la Prefectura Naval Argentina y de las declaraciones testimoniales -incluidas las licenciadas del Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento de Víctimas Damnificadas por el Delito de Trata de Personas-, se pudo constatar que funcionaba un local comercial nocturno en donde se vendían bebidas alcohólicas, fichas para jugar al pool y para pasar música en una rockola, y que distintas mujeres ofrecían “copas” y “servicios sexuales”.

Según los elementos probatorios, las mujeres ofrecían “copas” como un primer paso para concretar un encuentro sexual con la alternadora, lo cual –eventualmente- conducía a un servicio de prostitución, por el que las mujeres debían abonar a la persona encargada del lugar el 50 por ciento de lo percibido. Ese "pase" se concretaba en hoteles cercanos o en domicilios particulares.

“En cualquiera de las situaciones mencionadas está presente la cosificación sexual de las mujeres, reduciéndolas a ser un instrumento de placer sexual para los varones. En el caso de la 'copa compartida', el bien que se consume y se vende no es solo la bebida alcohólica, sino también el cuerpo de la mujer y la exhibición del mismo, instrumento utilizado también para atraer mayor afluencia de 'clientes/prostituyentes', quienes gastan mayor cantidad de dinero para entablar contacto con las mujeres y por ende les genera a los dueños y/o responsables un mayor beneficio económico”, indicó el informe presentado en el caso por las profesionales del Programa de Rescate.

Con estas particularidades del caso, para la imposición de las condenas dictadas en abril pasado el Tribunal Oral Federal de Neuquén tuvo en cuenta el precedente "Castillo Villablanca", de la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca, donde se consignó que “el ofrecimiento de 'copas' es un medio –no el único– de incitar al intercambio de relaciones sexuales por dinero”.