29 de marzo de 2024
29 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Recurso de la fiscal Ana Helena Díaz Cano
Pidieron a Casación que condene al policía que le disparó a Jonathan “Kiki” Lezcano y a Ezequiel Blanco
Daniel Veyga fue absuelto en julio de este año por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº16. La Fiscalía había pedido nueve años de prisión por considerar que los homicidios se dieron en el marco de un exceso en la legítima defensa.

La fiscal Ana Helena Díaz Cano presentó un recurso contra la sentencia que absolvió a Daniel Veyga, el policía que disparó y mató a Jonathan “Kiki” Lezcano y a Ezequiel Blanco en julio de 2009. La representante del Ministerio Público solicitó que la Cámara Nacional de Casación revoque la absolución y condene a Veyga a la pena que pidió en el juicio: nueve años de prisión, por considerar que los homicidios se dieron en el marco de un exceso en la legítima defensa. Subsidiariamente, requirió que la Cámara anule lo actuado y que se sortee la causa para que otro tribunal oral emita una resolución.

El 8 de julio de 2009, cerca de las 15, Veyga le disparó con su arma reglamentaria a los dos jóvenes dentro de su auto. El vehículo estaba estacionado frente a la casa del por entonces agente de la División Operaciones Urbanas de Contención y Actividades Deportivas, sobre el pasaje El Zonda, en Parque Chacabuco. A Lezcano le disparó en la cabeza, a la altura de la oreja. A Blanco, dos veces: uno entre las cejas y otro al costado.

Los cuerpos de los dos jóvenes ingresaron a la Morgue Judicial ese mismo día, cerca de las 19, como NN. Recién dos meses después las familias de ambos supieron en qué circunstancias murieron, a pesar de que habían radicado una denuncia en la comisaría 52 por la desaparición. Veyga fue sobreseído en dos oportunidades antes de que la causa llegue a juicio.

El recurso

La Fiscalía analizó los fundamentos de la absolución y sostuvo que los jueces Inés Cantisani, María Cristina Bertola y Gustavo González Ferrari realizaron en su fallo varias aseveraciones en torno a los testimonios y pruebas que no se ajustan a la realidad. Puso como ejemplo las diferencias que hubo entre lo que dijo Veyga sobre el momento en el que fue abordado por las dos víctimas y lo que declaró su vecino, quién observó la escena desde la ventana. Ambos dieron versiones distintas sobre quién apuntó primero al policía y de qué manera lo hicieron. Incluso, resaltó que el testigo no había mencionado en sus primeras declaraciones el uso de armas en el hecho.

Para Díaz Cano, “las contradicciones y discrepancias no son detalles, sino que hablan de dos historias diferentes a las que por la fuerza se las trata de hacer coincidir, creando una tercera que no surge de las probanzas colectadas y que no es más que una arbitraria interpretación de las mismas”.

“Veyga realizó tres disparos extraordinariamente precisos: dos en la frente de Blanco y uno fríamente, pistola apoyada mediante, en la cabeza de Lezcano”, indicó la fiscal. Y agregó: “Resulta más que claro el dolo homicida con el que actuó”.

En su descargo, Veyga había expresado que Lezcano le había gatillado el arma pero que no había salido el disparo y que por eso fue que le disparó. En el recurso, se explicó que los peritajes balísticos señalaron que el arma era apta para el disparo y que incluso era sensible ya que no funcionaba el seguro y que hasta un golpe podía dispararla.

“Si estos dos curtidos y violentos asesinos iban tan dispuestos a cometer un robo y matar a su víctima ¿no resulta cuanto más no sea extraño que hayan concurrido con armas con defectos y con un solo proyectil? ¿O que no hubiesen, al menos, colocado esa única munición en posición de disparo?”, se preguntó la fiscal. “Para ser dos personas dispuestas a matar, iban pobremente equipados para lograrlo”, sostuvo.

Cuestionó que los jueces dijeron que hubo un forcejo entre Veyga y Lezcano cuando estaban dentro del auto y mientras Blanco se ubicaba en el asiento de atrás, situación que surge únicamente de los dichos del imputado. Según contó el policía, en ese momento el joven de 25 años le indicó a Lezcano que el hombre era policía y que lo matara.

La fiscal además marcó que haberle apoyado el arma a Lezcano de la forma en que lo hizo en la cabeza exhibe que lo tenía reducido y que tenía otras opciones que no barajó. Cuestionó el disparo a Blanco, que podría haber sido dirigido a otro lugar para que no fuera letal. “Veyga realizó tres disparos extraordinariamente precisos: dos en la frente de Blanco y uno fríamente, pistola apoyada mediante, en la cabeza de Lezcano”, indicó. Y agregó: “Resulta más que claro el dolo homicida con el que actuó”.

Para la fiscal, Veyga tenía otros “cursos de acción menos lesivos que el de terminar con las vidas de un joven de 17 años y uno de 25 años”. Consideró que hizo abuso de su arma reglamentaria y de las aptitudes que su entrenamiento le proporcionaba. Si bien aclaró que nadie estaba exigiéndole un acto heroico, sí podía reclamársele “que se defienda de un modo adecuado, sin exagerarlo”.

Remarcó lo irregular que fue el procedimiento de la Policía Federal en el lugar, donde no se recolectaron rastros adecuadamente ni se preservó la prueba. “Seguramente, como ya la fuerza policial, contaba con la versión del hecho de un compañero, el policía Veyga, no se realizaron acciones básicas como determinar la existencia de huellas en las armas”, indicó la Fiscalía.

Mencionó, además, el video que aportó la querella, donde se ve a Lezcano aún agonizando en el asiento del conductor mientras alguien (el imputado o los policías) le decían: “a ver si arrancás ahora, putito”.