Un suboficial de la Fuerza Aérea Argentina fue procesado en el marco de una investigación por la que se lo acusa de haber abusado sexualmente de una niña de ocho años mientras se encontraba bajo su cuidado, en un departamento del barrio porteño de Constitución.
El procesamiento fue decretado por el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 11, a cargo de Omar Aníbal Peralta, en una resolución firmada el 29 de noviembre. Fue a instancia de la Fiscalía de Instrucción N° 29, que el 19 de julio de este año presentó el requerimiento de instrucción de la causa junto a la solicitud de una serie de medidas probatorias, luego de que la mamá de la niña realizara la denuncia ante la Policía Metropolitana de la Comuna 4.
En su denuncia, la mujer contó que tuvo una relación sentimental con el imputado durante seis meses, y debido a la confianza que ya existía entre ambos, le presentó a su hija. En ocasiones, indicó, el hombre quedaba a su cuidado en el departamento en que viven madre e hija.
La situación comenzó a develarse cuando, el pasado 15 de julio, la nena y su mamá mantenían una conversación; la pequeña se mostraba evasiva y esquiva, hasta que en un momento comentó: “No quiero que venga, porque no me gusta, me hace cosquillitas”. Contó que el imputado, de 45 años, la habría besado en la boca, manoseado en sus partes íntimas -obligándola a sentarse en un sillón- y forcejeado para abrirle las piernas. Tras ello, le habría practicado sexo oral e introducido su dedo en la vagina y el ano, lo que le produjo dolores.
Ante la denuncia, la Fiscalía N° 29 sugirió una serie de medidas: que se examine a la víctima; que psicólogos especialistas en niños le reciban declaración testimonial con los recaudos propios de la Cámara Gesell; la obtención del legajo personal del militar; la realización de pericias psicológicas al imputado y que se le reciba declaración indagatoria.
Las pruebas
Los profesionales que entrevistaron a la niña encontraron que su relato “resulta compatible con la categoría de verosimilitud” y “de credibilidad”. Además, el juez Peralta consideró que el descargo del ahora procesado -en el que sugirió que la mamá influenció en su hija, que ésta última no aceptaba a sus parejas y que nunca permaneció en el domicilio en ausencia de la mamá- fue “una versión que no encuentra apoyatura en ningún otro elemento, por lo que presumo que no se trató más que de un intento por mejorar su situación procesal”.
El magistrado explicó al respecto que si bien éste tipo de delito se desarrolla en general en el ámbito privado o aislado, “no tengo duda en el presente caso quién fue su autor. La eficacia de aquellos vestigios o rastros se funda en su calidad y no en su cantidad”.
Por esas razones, el magistrado entendió que “se encuentra acreditada la materialidad del ilícito investigado y la responsabilidad penal que en él cupo al encartado” y decretó su procesamiento sin prisión preventiva.