24 de abril de 2024
24 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Interviene la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°17
Procesaron y embargaron a un electrotécnico por la muerte de una joven que cayó por el hueco de un ascensor
El hecho ocurrió en la mañana del pasado 4 de septiembre, en un edificio del barrio porteño de Retiro. El juez a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°41 dictó el procesamiento sin prisión preventiva del profesional y le trabó un embargo de 6 millones de pesos.

En el marco de la investigación en la que interviene la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°17, a cargo de Cinthia Oberlander, el responsable del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°41, Manuel De Campos, decretó el procesamiento, sin prisión preventiva, y dispuso el embargo de sus bienes hasta cubrir la suma de 6 millones de pesos del representante técnico de una empresa de ascensores como responsable del delito de homicidio culposo en perjuicio de Ana Karolina Lara Ferreira Fernández, quien cayó por el hueco de un ascensor que el imputado debía controlar, en un edificio del barrio porteño de Retiro.

De acuerdo con la investigación, el 31 de agosto pasado el imputado fue al edificio de la Avenidad del Libertador 654 para realizar la revisión técnica mensual de los ascensores. Como la puerta de rellano del ascensor principal del piso 14° tenía llave, manifestó que no pudo controlar fehacientemente el funcionamiento de las cerraduras electromecánicas que evitan que las puertas se abran cuando no está la cabina. Su control giró sólo en torno al resorte allí existente. A pesar de esa limitación, informó que el ascensor era apto para su uso.

En la madrugada del 4 de septiembre, Ana Karolina Lara Ferreira Fernández fue al edificio a reunirse con unos amigos, en el piso 14. Cerca de las 9 de la mañana, la joven abrió la puerta del pallier privado del departamento y cayó por el hueco al no encontrarse la cabina en ese nivel, lo que le produjo la muerte a causa de severos traumatismos.

Oportunamente, a pedido de la fiscalía, personal de la Oficina de Siniestros de la Policía de la Ciudad efectuó un peritaje sobre el sistema de apertura de la puerta del ascensor, que determinó la existencia de una falla en la cerradura electromecánica que permitía la fácil apertura de la puerta aun cuando no estuviese la cabina del ascensor.

El imputado "fue negligente en el cumplimiento de su actividad como representante técnico, encargado de la inspección de los ascensores del edificio en cuestión y garante de una fuente de peligro específica"

Procesamiento y embargo

En base a las pruebas colectadas en la investigación, el juez De Campos dispuso el procesamiento sin prisión preventiva del imputado, en orden al delito de homicidio culposo, al tiempo que dispuso el embargo de sus bienes hasta cubrir la suma de seis millones de pesos.

El magistrado consideró que el imputado “fue negligente en el cumplimiento de su actividad como representante técnico, encargado de la inspección de los ascensores del edificio en cuestión y garante de una fuente de peligro específica, toda vez que firmó el informe declarándolo apto para su uso, sin haber podido verificar en forma completa y acabada ‘que las cerraduras de las puertas exteriores, operando en el primer gancho de seguridad, no permitan la apertura de la misma, no hallándose la cabina en el piso y que no cierren el circuito eléctrico, que el segundo gancho de seguridad no permita la apertura de la puerta no hallándose la cabina en el piso y que no se abra el circuito eléctrico’”.

Agregó que el imputado “fue negligente en el cumplimiento de su actividad como representante técnico, al brindar su aprobación al ascensor en cuestión, a sabiendas de que había realizado un control incompleto e ineficiente respecto de sus trabas electromecánicas, lo que ocasionó el fallecimiento de la damnificada a raíz de las lesiones que sufriera por la caída por el hueco del mismo, debido a la falla que le permitió abrir la puerta de rellano del piso 14 aunque la cabina no se encontraba en dicho nivel".

En tal sentido, sostuvo que "el nombrado, en su calidad de garante de una fuente de peligro específica -control y mantenimiento de los ascensores-, tenía el deber, entre otras cuestiones, de verificar el correcto funcionamiento de las cerraduras electromecánicas de las puertas de rellano para evitar su apertura cuando la cabina no estuviera en el piso respectivo. Su actuar negligente permitió que la puerta de rellano del piso 14° del edificio de la Avenida Libertador 654 de esta ciudad efectivamente se abriera cuando la cabina no estaba en ese nivel y que Ana Karolina Lara Ferreira Fernández cayera al vacío desde esa altura y falleciera".