La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó la recusación formulada por el fiscal Javier De Luca contra todos los miembros del máximo tribunal penal, en el marco de las actuaciones donde se imputa al camarista Juan Carlos Gemignani la presunta privación ilegal de la libertad de María Amelia Expucci, quien al momento de los hechos se desempeñaba como secretaria de dicha cámara. El fiscal había solicitado la recusación de los magistrados por falta de imparcialidad objetiva, en tanto debían juzgar a un colega del mismo tribunal colegiado.
En su voto, Gustavo Hornos sostuvo que el planteo de recusación debía ser rechazado porque la pretensión del Ministerio Público Fiscal se funda “en la invocación de una determinada relación laboral y las funciones que de ella se derivarían -que no se encuentra taxativamente contemplada en la norma- sin relacionarla en forma concreta con alguna actitud del suscripto de modo de fundar -objetivamente y en concreto-el temor de parcialidad aludido”. A esa posición adhirió el camarista Juan Mahiques. Por su parte, el juez Alejandro Slokar solicitó que se lo excuse de intervenir porque tomó conocimiento de los hechos al haber intervenido en la prevención sumaria del Tribunal de Superintendencia de esa Cámara Federal.
Gemignani se encuentra imputado por el delito de privación ilegal de la libertad. El hecho habría ocurrido en julio de 2016, cuando el juez le ordenó a María Amelia Expucci hacer un inventario sobre unas cajas que se encontraban en una de las salas de casación y que contenían plasmas y computadoras de un programa del Ministerio de Planificación Federal. La secretaria, en ese momento, advirtió que debía esperar la presencia de otro juez para hacer el inventario y allí fue que Gemignani ordenó su detención.
El legajo llegó a esta instancia en virtud del recurso de casación presentado por la defensa del imputado, contra la resolución de junio de 2017 -emitida por la Sala I de la Cámara Federal de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal-, que declaró mal concedida una apelación interpuesta ante el fallo del Juzgado Federal Nº6 que no había hecho lugar a la recusación de la fiscal de instrucción.
En su dictamen, el fiscal general ante la Cámara Federal de Casación Penal, Javier De Luca, destacó “la existencia de circunstancias objetivas que pueden generar dudas respecto de la imparcialidad que los magistrados que integran esa Cámara Federal de Casación Penal”. En esa línea, consideró que “la única solución compatible con la garantía de la imparcialidad del juzgador es suprimir la contaminación en su juicio de valor provocada por la necesidad de emitir decisiones respecto de otro miembro del mismo cuerpo colegiado y con consecuencias sobre su funcionamiento y relaciones entre pares.” En este sentido, agregó que consideraba afectada la garantía de imparcialidad que asiste a todas las partes del proceso.
Finalmente, y tras el fallo de casación, el representante del MPF hizo saber que mantiene la cuestión federal pero que no interpondrá recurso extraordinario, porque la resolución que rechaza in limine la recusación planteada no es equiparable a sentencia definitiva, por más que se encuentre involucrada una cuestión federal y considere que la decisión es arbitraria en los términos de la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.