04 de marzo de 2026
04 de marzo de 2026 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Intervienen los fiscales federales Julio Zárate, Lucas Colla, Gastón Franco Pruzan y María Garmendia Orueta
Río Gallegos: comenzó el juicio a cuatro exjefes de la Armada por el hundimiento del submarino ARA San Juan
Son comandantes y oficiales a quienes se les atribuye responsabilidad en el naufragio ocurrido en noviembre de 2017 y que resultó en la muerte de sus 44 tripulantes. Están imputados por incumplimiento de los deberes de funcionario público, omisión de deberes y estrago culposo agravado por el resultado de muerte. La acusación del MPF se centra en el deficiente estado de mantenimiento de la nave y en las decisiones adoptadas en la última navegación.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Río Gallegos inició ayer el juicio oral a cuatro exoficiales superiores de la Armada Argentina acusados por su presunta responsabilidad en el hundimiento y posterior implosión del submarino ARA San Juan, ocurrido en noviembre de 2017 y que provocó la muerte de sus 44 tripulantes.

Los imputados son el contralmirante (RE) Luis Enrique López Mazzeo (66 años), el capitán de navío (destituido) Claudio Javier Villamide (62), el capitán de navío (RE) Héctor Aníbal Alonso (61) y el capitán de fragata (RE) Hugo Miguel Correa (57), quienes llegan a juicio como presuntos autores de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público, omisión de deberes del oficio y estrago culposo agravado por el resultado de muerte.

Según la imputación, los acusados, en sus roles dentro de la Armada Argentina, no garantizaron el correcto alistamiento y mantenimiento del submarino, lo que implicó que la nave operara en condiciones técnicas deficientes y con riesgos elevados.

El debate comenzó a las 9 con la lectura del requerimiento de elevación a juicio formulado por el MPF, en el que se reconstruyeron los hechos, se expuso la valoración probatoria reunida durante la instrucción y se detalló la calificación legal atribuida a los acusados.

El tribunal está integrado por los jueces Mario Reynaldi, Enrique Baronetto, Luis Alberto Giménez y Guillermo Adolfo Quadrini.

El MPF está representado por los fiscales Julio Zárate, Gastón Franco Pruzan y Lucas Colla y la fiscal de la PIA, María Andrea Garmendia Orueta. Foto: captura de Zoom

En representación del Ministerio Público Fiscal intervienen el titular de la Unidad Fiscal Río Gallegos, el fiscal Julio Zárate; el fiscal Gastón Franco Pruzan —ambos a cargo del Área de Transición de esa unidad fiscal— ; el fiscal a cargo de la Sede Fiscal Descentralizada Caleta Olivia, Lucas Colla; y la fiscal de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA), María Andrea Garmendia Orueta.

A su vez, la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas (DOVIC) del Ministerio Público Fiscal, a cargo de Malena Derdoy, colabora con la orientación y asistencia a los familiares de las víctimas.

Los hechos atribuidos

Según el requerimiento de elevación a juicio leído en la audiencia, “Luis Enrique López Mazzeo asumió la titularidad del Comando de Alistamiento y Adiestramiento de la Armada de la República Argentina en el mes de febrero de 2017. Con el objetivo de contribuir con el Plan de Adiestramiento Naval Integrado previsto para ese año, dictó con fecha 19 de octubre de 2017 la Orden de Operaciones COFLOMAR N° 14/17 ‘C’, en virtud de la cual el Comando de la Fuerza de Submarinos emitió la Orden de Operaciones COFS N° 04/17 ‘C’ en la que se encomendó al Submarino ARA San Juan la realización de operaciones de vigilancia y control sobre un área determinada de la plataforma continental de Argentina en el océano Atlántico. Para ese entonces, el Comandante de la Fuerza de Submarinos era Claudio Javier Villamide, quien había asumido en dicho cargo en febrero de 2017”.

En ese marco, el 25 de octubre de 2017 el submarino zarpó desde la Base Naval Mar del Plata con destino a la Base Naval Ushuaia “en condiciones técnico operativas deficientes para realizar las tareas encomendadas”. El requerimiento sostiene que, desde la finalización de su reparación de “media vida” en 2015, la unidad había presentado “numerosos desperfectos técnicos documentados por los distintos comandantes que se sucedieron en el cargo”. Si bien varios de esos inconvenientes fueron subsanados, los de mayor envergadura persistían al momento de emprender la última navegación.

El Tribunal Oral Federal de Río Gallegos está conformado por los jueces Mario Reynaldi, Enrique Baronetto y Luis Alberto Giménez. Foto: captura de Zoom

De acuerdo con la acusación, durante 2017 el comandante del submarino, Pedro Martín Fernández, informó a su superior jerárquico, el imputado Villamide, sobre esas novedades, “destacándose el pedido imperioso de ingreso a dique seco realizado a un mes de haber asumido su conducción como así también el informe de los desperfectos técnicos ocurridos en la navegación del mes julio de ese año de idénticas características a las informadas por personal del submarino momentos antes de su naufragio”.

Siempre según el requerimiento fiscal, al iniciar su última travesía “el submarino había excedido en 26 meses el intervalo reglamentario establecido entre puestas en seco para realizar las tareas de mantenimiento planificado que se encontraban previstas en el manual confeccionado por la empresa fabricante”.

“La falta de realización de las tareas de mantenimiento en dique seco —señala la acusación— se había traducido en la imposición de limitaciones operativas a la unidad que redundaban en un aumento del riesgo ínsito que conlleva la actividad submarina, en desmedro de la integridad física de sus tripulantes y del patrimonio de la Armada Argentina”. Además, la nave presentaba equipos y sistemas fuera de servicio o degradados que incidían en su seguridad para operar y navegar.

La fiscalía detalló que el 11 de noviembre de 2017, el ARA San Juan zarpó desde la Base Naval Ushuaia hacia el área de patrulla asignada y que el 14 de noviembre, entre las 22.35 y las 23.42, “se produjo un ingreso de agua de mar a través del sistema de ventilación hacia el tanque de baterías N°3, lo que ocasionó un cortocircuito y un principio de incendio en el balcón de barras de baterías”.

“Las consecuencias mediatas e inmediatas de este incidente —concluye la acusación— afectaron a la tripulación y a los sistemas del submarino de forma tal que el 15 de noviembre a las 10.51 horas se produjo la pérdida de plano y posterior implosión de la unidad al superar la profundidad de colapso”.

Las responsabilidades atribuidas

La imputación se sustenta en los cargos que los acusados ocupaban al momento de los hechos y en las funciones específicas que, según el requerimiento fiscal, incumplieron en relación con el alistamiento, mantenimiento y control operativo del Submarino ARA San Juan (SUSJ).

Los cuatro imputados son el contralmirante (RE) Luis Enrique López Mazzeo, los capitanes de navío Claudio Javier Villamide (destituido) y Héctor Aníbal Alonso (RE) y el capitán de fragata (RE) Hugo Miguel Correa. Foto: Zoom

Al capitán de navío (destituido) Claudio Javier Villamide, quien se desempeñó como titular del Comandando de la Fuerza de Submarinos (COFS) y Autoridad de Control Operativo de las Unidades Submarinas entre el 21 de febrero y noviembre de 2017, se le atribuye:

  • Haber omitido las diligencias necesarias y propias del cargo en lo relativo al alistamiento y mantenimiento de las unidades submarinas, en particular del ARA San Juan, en presunto incumplimiento del Reglamento Orgánico de la Armada (RG-1-007) y del Reglamento Orgánico del Comando de la Fuerza de Submarinos (R.A-9-202), al no lograr el adecuado y correcto alistamiento del SUSJ, pese a haber tomado conocimiento —por parte de su antecesor, el capitán de navío Carlos Humberto Acuña— del estado de mantenimiento de las unidades.
  • Haber permitido que la unidad y su tripulación participaran de la Orden de Operaciones COFS 04/17, contribuyente de la Orden de Operaciones del Comando de la Flota de Mar 14/17 “C”, entre octubre y noviembre de 2017, pese a: el conocimiento sobre el vencimiento del mantenimiento doctrinario previsto (18 meses); el pedido de ingreso a dique seco formulado por el capitán de fragata Pedro Fernández mediante Nota N° 02/17 “S” (27/03/2017); la falta de pruebas de mar de máxima profundidad y velocidad y de pruebas hidráulicas de válvulas de casco y tuberías, que limitaban la operación a 100 metros de profundidad, conforme el mensaje naval “R” 070910NOV2016; y las deficiencias registradas en la navegación del 1 al 19 de julio de 2017, informadas por Nota 60/17 “C” (17/08/2017).

Al contralmirante (RE) Luis Enrique López Mazzeo, titular del Comando de Adiestramiento y Alistamiento de la Armada (COAA) entre febrero y noviembre de 2017, se le imputa:

  • Haber omitido las diligencias propias del cargo que ostentaba en lo que respecta al alistamiento de los medios del Poder Naval asignado, al no fijar y supervisar adecuadamente el cumplimiento de las normas de alistamiento, y específicamente, al no entender en el adecuado y correcto mantenimiento del Submarino ARA San Juan.
  • Haber permitido la participación del submarino y su tripulación en la Orden de Operaciones COFS 04/17 contribuyente de la Orden de Operaciones del Comando de la Flota de Mar 14/17 “C” entre los meses de octubre y noviembre de 2017, pese a conocer: la falta de mantenimiento programado para las unidades submarina tipo TR-1700 (carenado); el deterioro y/o falta de equipamiento necesario; la ausencia de pruebas de mar fundamentales —máxima profundidad y máxima velocidad— que limitaban la operación a una profundidad máxima a 100 metros; y las anomalías registradas en navegaciones anteriores, en especial las informadas durante julio de 2017, que afectaban la seguridad de la navegación y que no escapaban al conocimiento del deponente por el cargo que ostentaba en la Armada Argentina.

Al capitán de navío (RE) Héctor Aníbal Alonso, jefe del Estado Mayor del Comando de la Fuerza de Submarinos y Oficial Evaluador del Alistamiento (OEA) entre el 15 de marzo y noviembre de 2017, se le atribuye:

  • Haber omitido las diligencias inherentes a sus cargos, incumpliendo así con el Reglamento Orgánico del Comando de la Fuerza de Submarinos, al no procurar el cumplimiento de las normas de alistamiento del submarino ARA San Juan.
  • Haber permitido la participación de la unidad y su tripulación en la Orden de Operaciones COFS 04/17 pese a conocer: la falta de mantenimiento programado, la carencia de equipamiento, la ausencia de pruebas de mar fundamentales y las anomalías informadas por su comandante durante la navegación de julio de 2017.
  • Haber participado de la confección de la Orden de Operaciones COFS 04/17, “en conocimiento de las dificultades que el SUSJ enfrentaría, respecto de las millas y los días a navegar, los objetivos a identificar y las condiciones hidrometeorológicas reinantes que debería soportar”, suscribiéndola en ausencia del Comandante de la Fuerza de Submarinos titular.

Al capitán de fragata (RE) Hugo Correa, quien se desempeñó entre marzo y noviembre de 2017 como Jefe del Departamento de Operaciones, Jefe de División Operaciones, Jefe de Cargo de Navegación, Jefe de Comunicaciones y Jefe de la Central de Comunicaciones de Submarinos (CENCOMSUB) del COFS, se le imputa:

  • Haber omitido las diligencias propias de sus funciones, incumpliendo así con los deberes y las misiones impuestas por el mencionado Reglamento, al no entender en la correcta integración del apoyo de las unidades submarinas, al no asegurar un servicio de comunicaciones rápido y seguro entre el SUSJ y el COFS durante la última navegación y al no actualizar los planes en vigor.
  • Haber permitido, durante su gestión como jefe de los cargos antes mencionados, que la unidad y su tripulación participaran de la Orden de Operaciones COFS 04/17 pese a conocer el estado defectuoso del mantenimiento, la falta de equipamiento, la ausencia de pruebas de mar esenciales y las anomalías informadas en julio de 2017, así como las exigencias operativas que debía afrontar el submarino, debido a las extensas distancias que debió recorrer, a las tareas específicas que debía desarrollar y a las condiciones hidrometeorológicas reinantes que debería soportar, “cuestiones que el deponente conocía la perfección al entender en la preparación de los planeamiento de las órdenes e instrucciones de operaciones, en la supervisión y planificación, en definitiva en la confección de la referida Orden de Operaciones, en la cual tuvo una participación activa”.

Para la fiscalía, con sus conductas u omisiones, cada uno de los cuatro imputados “posibilitó que se den las condiciones necesarias para elevar el riesgo permitido e indebidamente aumentar, de por sí el riesgo ínsito que conlleva la actividad militar y particularmente la especialidad de Submarinista, derivándose que el resultado acaecido (la muerte de 44 marinos y la pérdida de una unidad submarina) resultó consecuencia directa o al menos previsible de la violación del deber de cuidado” que pesaba sobre ellos.

Actualmente, el equipo de fiscales se encuentra trabajando para interponer recurso de queja por casación denegada, respecto a la decisión del tribunal de limitar la intervención de solo dos de los cuatro fiscales designados por el Procurador General de la Nación, mediante la Resolución MP 267/25.