26 de abril de 2024
26 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
Menu
Intervino la Fiscalía General N°2 ante el TOF de San Martín
San Martín: condenaron a una pareja que explotaba sexualmente a mujeres
El dueño del lugar fue sentenciado a ocho años de prisión, mientras que su pareja recibió una pena de cuatro años. Las víctimas, oriundas de Santa Fe y Paraguay, eran sometidas a explotación sexual en un whiskería de la localidad bonaerense de José C. Paz. Pidieron investigar posible connivencia policial.

En concordancia con lo solicitado por el titular ante la Fiscalía General N°2 ante el TOF de San Martín, Alberto Gentili, el Tribunal Oral Federal de esa jurisdicción condenó Ricardo Atilio Monzón y a la pareja, Sandra Noemí Fregonese, a las penas de ocho y cuatro años de prisión, respectivamente, tras encontrarlos autor y partícipe necesaria del delito de trata de personas agravada en concurso ideal con explotación de la prostitución agravada por la situación de vulnerabilidad de las víctimas.

El caso se inició por una investigación preliminar preparatoria de la Unidad Fiscal de Investigaciones N°14 del Departamento Judicial de San Martín. A partir de datos relevados por la División Trata de Personas de la Policía Federal Argentina, el 11 de diciembre de 2013 se procedió a allanar el bar “La Cueva 2”, que funcionaba en el kilómetro 44,5 de la Ruta Nacional N°8, en la localidad bonaerense de José C. Paz.

Durante el procedimiento, fueron rescatadas dos víctimas, una oriunda de Paraguay y la otra de la provincia de Santa Fe. Además, se secuestraron teléfonos celulares, documentación y papeles varios, tres libretas sanitarias de mujeres que no se encontraban en el lugar, $10.800 y cuadernos con anotaciones, en los que se registraba la recaudación de las personas explotadas –que figuraban con sobrenombres- y referencias a los gastos de comida, telefonía, remises y supermercado.

En el debate oral, se imputó a Monzón y Fregonese el haber facilitado la prostitución de mujeres, para lo cual sostuvieron y administraron el prostíbulo que funcionaba en José C. Paz, desde fecha incierta hasta el 11 de diciembre de 2013, cuando se allanó el lugar. Los acusados aportaban los medios necesarios para la actividad, al tiempo que retenían el 50% de las tarifas por los servicios sexuales prestados, como así también de las propinas obtenidas por las mujeres que realizaban la actividad.

Asimismo, se les imputó el haber ofrecido, captado y acogido con fines de explotación sexual a una de las mujeres, desde fecha incierta hasta el día del procedimiento, mediante engaño y aprovechamiento de la situación de vulnerabilidad. El fiscal Gentili señaló que debía ampliarse el requerimiento del fiscal de instrucción y agravarse la conducta endilgada a los imputados, por cuanto se había consumado la explotación sexual de una de las víctimas. Ello fue admitido por los jueces del Tribunal Oral Federal N°2 de San Martín.

Si bien en la audiencia las víctimas -quienes contaron con la contención de las especialistas de la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas (DOVIC) del Ministerio Público Fiscal- dijeron que realizaban tareas de limpieza, se probó que en realidad trabajaban de coperas y eran prostituidas en el lugar.

Indicaron además que trabajaban todos los días entre las 2 de la tarde y las 2 de la mañana y que era Monzón quien fijaba las tarifas, las cuales eran $150, $200 ó $400 para 20, 30 ó 60 minutos de servicios sexuales, y $40 para las copas que despachaba Fregonese. Las víctimas entregaban a sus explotadores la mitad del precio y de las propinas recibidas, al tiempo que eran estos quienes les proveían los insumos para la actividad. Las mujeres también indicaron que tras los servicios –que podían ser entre cuatro y cinco por jornada- debían limpiar las habitaciones y quemar los profilácticos.

En su sentencia, los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 de San Martín, Daniel Cisneros, Daniel Petrone y Diego Leif Guardia, consideraron probados los hechos endilgados a Monzón y Fregonese y los condenaron a ocho años y cuatro años de prisión, accesorias legales y costas, respectivamente, tras encontrarlos autor y partícipe necesaria del delito de trata de personas agravada en concurso ideal con explotación de la prostitución agravada por la situación de vulnerabilidad de las víctimas.

También, y de acuerdo a lo requerido por la Fiscalía, los jueces ordenaron la extracción de testimonios y su remisión al Juzgado Federal de turno, a fin de que se investigue sí los acusados pagaban sumas de dinero a funcionarios policiales para apañar el funcionamiento del prostíbulo, ello en virtud de una diversas anotaciones obrantes en los cuadernos secuestrados tales como una que reza “jefe de calle pasó” y la fecha.