18 de abril de 2024
18 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
Menu
La imputación se originó con un procedimiento policial irregular
Señalan que citar a indagatoria sin el acuerdo del MPF “vulnera la autonomía funcional”
Leonel Gómez Barbella había postulado el sobreseimiento por infracciones a las leyes de propiedad intelectual y de marcas de una mujer que vendía películas en la línea B del subte, pero los fundamentos no fueron tenidos en cuenta por el juez Claudio Bonadío y se programó una nueva fecha. Para el fiscal, la resolución implicaría que “otro poder del Estado” tenga “injerencia sobre la posición adoptada por el titular de la acción penal pública”.

El fiscal Leonel Gómez Barbella consideró en un escrito presentado ante el Juzgado Federal N°11, a cargo de Claudio Bonadío, que la convocatoria a prestar nuevamente declaración indagatoria de una mujer sobre la que había pedido el sobreseimiento vulnera la autonomía funcional del Ministerio Público Fiscal, “en tanto otro poder del Estado estaría teniendo injerencia sobre la posición adoptada por el titular de la acción pública”.

La causa se originó el 7 de agosto de 2013, cuando personal de la Policía Metropolitana detectó en un pasillo de la estación Carlos Gardel de la línea B del subterráneo de Buenos Aires que la mujer vendía copias ilegales de películas en CD y DVD. Del expediente, surge que el inventario de las piezas incautadas se realizó con posterioridad al procedimiento, sin la presencia de los testigos y no cuenta con la cantidad ni el detalle de los títulos. Para Gómez Barbella, eso evidenció “algo más que una mera ausencia de requisitos formales”: impidió verificar la identidad entre lo secuestrado y lo peritado, “con poder vulnerante sobre los intereses de la defensa”. Tras la negativa del magistrado a realizar las medidas postuladas para precisar las circunstancias del hecho que se le atribuirían a la mujer en la indagatoria, solicitó el sobreseimiento respecto a las imputaciones sobre las infracciones a las leyes de propiedad intelectual y de marcas.

Sin embargo, el juez Bonadío volvió a programar una indagatoria para el 9 de abril, sin analizar lo dictaminado ni argumentar los motivos para realizar tal acto. Ayer, el fiscal repuso los fundamentos para revocar esa resolución, y de no ser así, solicitó se conceda la apelación. En el documento señaló que la petición de desvincular a la mujer del proceso “importa poner fin a la persecución penal pública en el contexto en el que se desarrolló la actuación investigada, y en este sentido, la posición en cuestión supone un límite insoslayable para el juzgador”.

En esa línea, citó abundante jurisprudencia, incluida la de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que establece que “(…) si el acusador declina la prosecución del proceso el juzgador no puede suplantarlo en su rol sin romper el juego de equilibrio entre las partes, resignando la imparcialidad y afectando las garantías que la Constitución Nacional”. Señaló que en el legajo bajo análisis “la legalidad del proceso y la defensa de los intereses generales de la sociedad, se encuentran extremadamente comprometidos ante el avance de una imputación penal por un comportamiento detectado en el marco de un procedimiento policial por demás irregular y defectuoso”. Continuar el proceso sin la intervención del Ministerio Público Fiscal “supone vulnerar su autonomía funcional, en tanto otro poder del Estado estaría teniendo injerencia sobre la posición adoptada por el titular de la acción penal pública”, aseveró Gómez Barbella.

Por esos motivos, el fiscal solicitó que se revoque la citación a prestar declaración indagatoria, y en consecuencia, se disponga el sobreseimiento. De no ser así, pidió que se conceda el recurso para que se expida la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal.