26 de abril de 2024
26 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Apuntaba contra 41 dirigentes de la organización vasca
Solicitaron desestimar una denuncia que buscaba que la justicia argentina investigue delitos cometidos por la ETA
El fiscal federal Juan Pedro Zoni señaló que las personas incluidas en la presentación ya habían sido juzgadas por el Estado español “con las debidas garantías” reconocidas a nivel nacional e internacional, por lo que nuevos procesos por esos actos implicarían una violación al principio constitucional que impide la doble persecución penal.

El fiscal federal Juan Pedro Zoni solicitó que se desestime una denuncia por la que se buscaba que la Argentina investigue la presunta responsabilidad de 41 integrantes de la organización vasca ETA en la comisión de crímenes de lesa humanidad entre 1994 y 2004, tras considerar que las personas identificadas en la presentación ya fueron juzgadas por el Estado español con las debidas garantías legales y procesales reconocidas a nivel nacional e internacional.

El titular de la Fiscalía Federal N°8 consideró probado que las conductas denunciadas fueron investigadas en numerosos procesos judiciales referidos a la ejecución de actos terroristas de la ETA o por actos de colaboración con la organización. En ese sentido, explicó que un nuevo proceso por esos actos implicaría una violación al principio constitucional que impide la doble persecución penal, conocido como “nom bis in ídem”. Esto quiere decir que una persona no puede ser juzgada dos veces por los mismos hechos que se consideran delictuosos.

Este precepto, reseñó Zoni, se encuentra expresamente establecido en el Código Procesal Penal de la Nación y posee jerarquía constitucional explícita en el artículo 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y en el 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, ambos incorporados en los términos del artículo 75, inciso 22, de la Constitución Nacional.

“Más allá de la calificación legal que el denunciante le asigna a las conductas cometidas por los integrantes de la señalada organización delictiva (delitos de lesa humanidad), esta representación del Ministerio Público Fiscal considera corroborado que las conductas denunciadas fueron juzgadas oportunamente por tribunales españoles, cuyos procedimientos fueron conducidos con las necesarias garantías legales o procesales reconocidas tanto a nivel local como internacional”, agregó el fiscal federal.

La denuncia fue presentada por Héctor Horacio Zarate, en nombre y representación de la asociación de víctimas “Dignidad y Justicia”, y apuntaba contra dirigentes de la ‘Mesa Nacional’ de la ETA (Euskadi Ta Askatasuna) que habrían aprobado la denominada “Ponencia Oldartzen” -socialización del sufrimiento- en calidad de inductores y partícipes. El motivo sostenido para la radicación de la denuncia en la Argentina fue que los crímenes contra la humanidad cometidos en España “únicamente serían perseguibles” a partir del 1 de octubre de 2004, por lo que la persecución penal de los delitos cometidos antes de esa fecha “serían del todo imposible por parte de los tribunales españoles”.

El representante del Ministerio Público Fiscal expresó que más allá de eso, “resulta de público conocimiento que en España y Francia se han sustanciado importantes procesos judiciales en los cuales fueron condenados integrantes de la organización ETA por la comisión de numerosos actos terroristas, que incluyen homicidios, lesiones graves, la pertenencia a una organización terrorista, destrozos a propiedad pública y privada, etc.”. Al respecto, enumeró y precisó los procesos judiciales en los que se investigó a las personas mencionadas en la denuncia, que en algunos casos recibieron condenas “significativamente superiores a las permitidas por el ordenamiento legal de la República Argentina”.

Por esos motivos, Zoni le solicitó al juez federal Rodolfo Canicoba Corral que desestime la denuncia por no poder proceder con la pesquisa.