El fiscal federal Franco Picardi solicitó la elevación a juicio de una causa en la que dos personas de nacionalidad china están acusadas de facilitar la permanencia ilegal de extranjeros con el fin de obtener un beneficio económico, a quienes emplearon irregularmente en un taller textil del barrio porteño de Boedo aprovechando su situación de vulnerabilidad. El delito imputado está agravado por la contratación de una joven menor de edad que atravesaba una situación migratoria también irregular.
Los imputados, una mujer y un hombre de 54 y 52 años respectivamente y oriundos de la República Popular China, fueron identificados en octubre de 2013 en el marco de un allanamiento realizado en conjunto por la División Trata de Personas de la Policía Federal Argentina, la Dirección Nacional de Migraciones y la Oficina de Rescate y Acompañamiento a Personas Damnificadas por el Delitos de Trata de Personas -del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación-, a raíz de un llamado anónimo al 911 en agosto de aquél año. En el procedimiento realizado en el taller ubicado en la calle Metán al 3700, se encontró a 16 personas que se dedicaban a la producción de prendas de vestir, de las cuales tres estaban en una situación migratoria irregular -es decir, no registraban ingreso al país- y una cuarta tenía la visa de turista vencida.
“Se desprende que los imputados, a sabiendas de la precaria situación migratoria de los nombrados, facilitaron su permanencia en el territorio argentino, mediante el otorgamiento de condiciones básicas de vida, tales como trabajo, con el fin de obtener un beneficio económico”, señaló Picardi. El representante del MPF precisó que "los trabajadores ilegales disminuyen los costos del empleador al no realizar los respectivos aportes previsionales, como ser obra social, jubilación, etc, y evita una posible acción judicial laboral hacia éstos, atento al temor que en general tienen a presentarse ante la justicia por un eventual conflicto laboral”.
El titular de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°5 refirió que el bien jurídico protegido en la ley de migraciones es el orden migratorio, que por un lado tutela la regularidad del tránsito internacional de las personas y la condición de permanencia de extranjeros, como así también procura proteger la dignidad humana del inmigrante contra situaciones de injusticia o prácticas abusivas. En cuanto a este último punto, detalló que “las personas empleadas trabajaban en jornadas extendidas (12 horas o más), fuera del control administrativo y lejos de lograr ser alcanzados por los derechos de las leyes laborales vigentes”.
Tras enumerar y analizar las pruebas y testimonios incorporados al expediente, Picardi concluyó en el escrito presentado ante el juez Claudio Bonadio que quedó demostrado que los acusados realizaban la actividad como política de empresa, “al aprovecharse de las personas en situación ilegal, a quienes hacían trabajar en jornadas extendidas, con escasa remuneración y fuera de la ley laboral”. En la declaración indagatoria, los imputados habían sostenido que emplearon a las víctimas “por un tema de compasión y por comprender el sentimiento de estar en un país ajeno y sin trabajo”.