26 de abril de 2024
26 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Se esperan los fundamentos para el 14 de febrero
Talleres clandestinos: condenaron a seis años de prisión a los principales responsables
El Tribunal Oral Federal Nº 6 condenó a seis años de prisión a Juan Carlos Nina Salazar y Remedios Flores Alarcón, por el delito de reducción a la servidumbre y facilitación de permanencia ilegal de extranjeros en territorio nacional. En la causa también había sido investigada la empresa Kosiuko.

En el veredicto dictado por los jueces María del Carmen Roqueta, José V. Martínez Sobrino y Julio Luis Panelo también se condenó a 3 años de prisión en suspenso a Han Kim Ja y Sang Ho Han, y a dos años de prisión, de ejecución condicional, a Amalia Cancari Nina y Julio Parisaca Cocarico por ser considerados “coautores de facilitación de la permanencia ilegal de extranjeros en el país con el objetivo de obtener un beneficio”.

Por último, Lucio Huaca Calisaya y Esteban Lucana Choque fueron condenados a un año de prisión en suspenso, mientras que la intermediaria en los talleres clandestinos y las casas centrales, Andrea Reparaz Fiori, y Martín Fernández Llanos fueron absueltos.

Respecto al decomiso de los inmuebles de Laguna 940 y Portela 1251 (donde funcionaban algunos de los talleres clandestinos), que solicitó el fiscal Azzolin, el tribunal rachazó el pedido, pero sí solicitó el de las maquinarias incautadas en los allanamientos realizados en el marco de la causa.

Los alegatos

El representante del Ministerio Público Fiscal, en su alegato, había solicitado la pena a 8 años de prisión para Juan Carlos Salazar Nina y Remedios Flores Alarcón, principales responsables de los talleres clandestinos.

Para Amalia Cancari Nina, Julio Parisaca Cocarico, Sung Ho Han, Han Ki Gone y Kim Ki Ja la pena de 3 años de prisión en suspenso. Para Esteban Mario Lucana Choque, Martín Fernández Llanos y Lucio Huaca Calisya,  dos años de prisión en suspenso. Y para Andrea Reparaz Fiori, la intermediaria entre los talleres clandestinos y las casas centrales, un 1 año y 10 meses de prisión en suspenso.

El fiscal, durante su exposición, había explicado la relación entre la empresa Kosiuko y el taller Miyagawa S.A., responsable de no de los talleres clandestinos de costura y donde Kowseff S.A. tercerizaba parte de su producción.

Azzolín manifestó durante el alegato que la explotación laboral de migrantes ilegales “es un fenómeno mundial y que ha concitado el interés de Naciones Unidas y de la Organización Internacional del Trabajo. Esto ha generado la sanción de instrumentos internacionales tales como el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional".

La historia de la causa

La investigación se inició por una denuncia de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, a partir de la presentación que hiciera antes ese organismo Gustavo Vera, dirigente del comedor comunitario “La Alameda”, quién advirtió sobre las irregularidades en los talleres textiles del sudoeste de la Ciudad de Buenos Aires.

En los requerimientos de elevación a juicio, los fiscales Federico Delgado y Jorge Di Lello hicieron una descripción de las condiciones en las cuales se encontraban las víctimas. En su mayoría, eran extranjeros, reclutados por los dueños de los talleres, quienes les habían prometido trabajo, vivienda, comida y sueldo. Pero cuando las víctimas llegaban al país, se encontraban con una situación que no era  la prometida.

Las jornadas de trabajo que debían cumplir comenzaban a las siete de la mañana y finalizaban cerca de la medianoche. Tenían permitido parar sólo para comer, y en algunas ocasiones dormían hacinados dentro de los mismos talleres.

La causa está caratulada como reducción a la servidumbre y delito migratorio. Al momento de los hechos, todavía no estaba sancionada la ley 26.842, de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas.