29 de marzo de 2024
29 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Intervinieron las fiscalas Laura Mazzaferri e Indiana Garzón
Transportistas de Santiago del Estero donarán 165 mil pesos por la violación del ASPO
Se trata de dos acuerdos homologados ante el juez Santiago Inchausti, que apuntan a la reparación integral por los delitos de violación de normas para evitar la propagación de una epidemia, y el uso de documentación falsificada en uno de los casos. El dinero será destinado a los y las trabajadores/as de temporada, oriundos de esa provincia, que se intentaban trasladar desde Mar del Plata hasta sus residencias; y a las municipalidades de Termas de Río Hondo y General Pueyrredon para la prevención y lucha contra el coronavirus.

Cuando el aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO) cumplía sus primeros días, un micro fue interceptado en un control sobre la ruta 11 a la altura de Santa Clara del Mar. Había salido hacía unos minutos desde Mar del Plata con 37 trabajadores y trabajadoras a bordo, con destino a la ciudad de Termas de Río Hondo, provincia de Santiago del Estero. El documento “salvoconducto” que le permitiría circular sin restricciones no tenía número de expediente electrónico, ni código de respuesta rápida ni firma digital que permitiera verificar su autenticidad: la intervención de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) constató que se trataba de documentación apócrifa y se inició la causa penal en la que intervino la fiscala Laura Mazzaferri, que concluyó con un acuerdo de reparación integral por 100 mil pesos. Ese mismo día, se suscitó un caso similar con otro micro que también trasportaba 36 trabajadores de temporada hacia su provincia de origen, en el cual si bien no hubo falsificación de documentación, se violó también el artículo 205 del Código Penal por no haberse obtenido los permisos sanitarios pertinentes. En este supuesto, la auxiliar fiscala Diana Arias logró realizar un acuerdo de reparación por la suma de 65 mil pesos, para distribuir también entre trabajadores y la comuna de su lugar de origen.

En el primer caso, la imputación recayó sobre la responsable de la firma propietaria del micro, en particular por el delito contemplado en el artículo 205 del Código Penal que tiene a la salud pública como bien jurídico protegido, y sanciona aquellas acciones u omisiones de carácter dolosas que puedan producir la introducción o propagación de una epidemia, a través de la violación de aquellas normas impuestas por la autoridad competente. Y a esto se sumó el delito por el uso de un documento falso o adulterado.

Los pasajeros y pasajeras eran, en su mayoría, oriundos/as de Termas de Río Hondo, quienes tenían previsto el regreso a su provincia luego de concluir sus trabajos de temporada y en el marco excepcional de traslados autorizados durante el ASPO. La situación desatada y la intervención de la CNRT llevaron a los secuestros administrativos y judiciales de los colectivos, por lo que se dispuso el traslado de las personas de ambos transportes, a la estación de ómnibus local. Allí tomó intervención la autoridad sanitaria, se brindó asistencia por parte del Municipio de General Pueyrredon y se gestionaron nuevas unidades de transporte con las medidas de seguridad y permisos necesarios para emprender el viaje, que se articuló con la municipalidad santiagueña. El día de los procedimientos, a través de un trabajo de articulación entre la Fiscalía Federal N°1 de Mar del Plata e Indiana Garzón, fiscala general de Santiago del Estero, se logró garantizar la vuelta de los trabajadores a su lugar de origen con las medidas de seguridad y de prevención sanitaria pertinentes.

A través de un trabajo de articulación entre la Fiscalía Federal N°1 de Mar del Plata e Indiana Garzón, fiscala general de Santiago del Estero, se logró garantizar la vuelta de los trabajadores a su lugar de origen con las medidas de seguridad y de prevención sanitaria pertinentes.

La reparación integral consta, en el primer caso, de una donación de 100 mil pesos por parte de la empresa transportista, de los cuales 50 mil serán destinados a los pasajeros/as que puedan ser localizados a través del Municipio de Termas de Río Hondo –quienes con motivo de los hechos suscitados se vieron perjudicados-, en articulación con la fiscala general Indiana Garzón. El monto restante será dividido entre el municipio santiagueño, quien gestionó el envío de la nueva unidad para el traslado de los y las trabajadores/as, y el Municipio de General Pueyrredon –cuya autoridad sanitaria y de Desarrollo Social atendió y asistió a los y las pasajeras en Mar del Plata hasta su efectivo traslado en el nuevo micro-, y tendrá como destino exclusivo la dotación de recursos a las respectivas áreas de salud para la prevención y/o lucha contra el coronavirus.

El segundo caso tuvo una solución similar: el acuerdo se concretó en el marco de una audiencia oral, en función de gestiones previas que la Fiscalía N°1 había realizado con la defensa. Se acordó, en concreto, una reparación integral con un pago de 65 mil pesos, de los cuales 50 mil serán destinados a los trabajadores y las trabajadoras a través del Municipio de Termas de Río Hondo y la colaboración de la fiscala Garzón, y luego se destinarán 15 mil pesos para la Municipalidad de esa localidad.

La solución que se aplicó en ambos casos es la extinción de la acción penal por reparación integral, prevista en el artículo 59, inciso 6 del Código Penal, que será decretada una vez cumplidos los acuerdos

En los dos casos rubricados por el titular del Juzgado Federal N°1, Santiago Inchausti, las defensas de los acusados y el Ministerio Público Fiscal reconocieron la necesidad de solucionar el conflicto por vías que no impliquen necesariamente la prosecución de un proceso penal y la imposición de una pena privativa de la libertad, buscando el restablecimiento de la paz social. “En tal sentido, tienen presente el espíritu de la reforma del Código Penal y Código Procesal Penal Federal que implicó la mutación del sistema penal tradicional hacia una justicia restaurativa que busca dar preeminencia a la solución de conflictos a través de respuestas que alcancen a la totalidad de las víctimas y personas que de algún modo resultaron perjudicadas por los hechos y menguar las consecuencias que produce el accionar delictivo, todo ello en consonancia con los principios pro homine, ultima ratio y mínima intervención del derecho penal”, consta en el acuerdo escrito del primer caso que fue homologado en audiencia por el juez.

Concretamente, la solución que se aplicó en ambos casos es la extinción de la acción penal por reparación integral, prevista en el artículo 59, inciso 6 del Código Penal, que será decretada una vez cumplidos los acuerdos. En esa oportunidad se hará definitiva la devolución de los micros, que permanecieron secuestrados desde la fecha de los hechos y que, con los pactos en cuestión, fueron devueltos en carácter de depósito judicial a los imputados.